Ata, la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos, ha dado ha conocer las “Medidas para ayudar a las familias hipotecadas con dificultades y favorecer la creación de empleo”, al objeto de paliar la presente crisis mediante un Real Decreto, y los autónomos son también beneficiarios de estas medidas.
Bneficios de los autónomos:
1. Moratoria Temporal Parcial en el pago de la Hipoteca … (2 años al 50%).
2. Rebaja de las Retenciones, cuando se pague Hipoteca ….. ( 2% menos).
3. Ampliación del plazo de la “Cuenta Ahorro-Vivienda” …….(2 años más).
4. Bonificación en Contratos para trabajadores desempleados y con cargas familiares ……1.500 euros anuales).
5. Mejora de la Capitalización del Pago Unico para constituirse como Autónomo ……(pasa del 40% al 60% para cobrar de una vez).
En el primer punto se resalta que pueden solicitar esta moratoria los titulares de una hipoteca sobre su vivienda habitual suscrita antes del 1 de septiembre de 2008, siempre que el importe inicial de esa hipoteca fuera inferior a los 170.000 euros, se esté al corriente de pago y cumpla alguna de estas condiciones:
• Ser Trabajador Autónomo que haya cesado su actividad, o bien, acredite que sus ingresos anuales son inferiores a 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Públicos, en el 2008 es 6.202,80 euros), es decir, tener unos ingresos inferiores a 18.608,40 euros anuales.
• Estar desempleado, o bien, pasara a estarlo antes del 1 de enero de 2010 y cobrar prestación por desempleo contributiva o no contributiva.
• Ser Pensionista de viudedad.
En la segunda de las medidas, las rebajas de las retenciones, cuando se pague Hipoteca va dirigida a los autónomos con ingresos anuales inferiores a los 33.000 euros, se podrán reducir el 2 por 100 de sus rendimientos en los pagos fraccionados, siempre que la renta se apliquen la deducción por adquisición de vivienda con financiación ajena.
Por lo que respecta a la ampliación del plazo de la “Cuenta Ahorro-Vivienda”, se podrá ampliar el plazo para materializar el saldo de la cuenta ahorro-vivienda, para aquellos cuyo plazo cumpla entre el 01/01/2008 y el 31/12/2010, tendrán hasta el mismo 31/12/2010 para llevar a cabo la compra de la vivienda. Durante el periodo adicional, no se considerará desgravación fiscal esas aportaciones.
El punto 4 es para las empresas que contraten indefinidamente a tiempo completo, a desempleados con uno o más hijos a su cargo, serán de 1.500 euros anuales.
Finalmente, aquellos desempleados que decidan constituirse como autónomos podrán solicitar la Capitalización del Pago Único, pudiendo cobrar de una sola vez el 60% (actualmente es el 40%) de su prestación por desempleo para realizar las inversiones necesarias para iniciar la actividad.