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Foro de Empresas Sobresalientes

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BBVA e IE Business School promueven el Foro de ‘Empresas Sobresalientes’ en Madrid, la tercera edición de ‘Empresas Sobresalientes BBVA’ se celebró en el día de ayer en Madrid con la asistencia de más de 200 empresas de la región.

La reunión contó con la moderación del director regional de Banca de Empresas de BBVA, Armando Barturen, quien además aprovechó la oportunidad para recordar a los asistentes el compromiso de BBVA con el sector empresarial madrileño.

Durante el Foro, se pudo compartir la experiencia vivida por dos empresas clientes de BBVA, cuya gestión ha sido sobresaliente durante la crisis.

Este acontecimiento impulsado por BBVA, a través de su unidad de Banca de Empresas y Corporaciones (BEC), integrada en España y Portugal, e IE Business School , es un proyecto dirigido a las empresas de todo el país como lugar de encuentro en el que se les ofrece información y análisis de alto valor para ayudarles a optimizar su gestión.

Este es un Foro abierto, del que pueden participar clientes y no clientes de BBVA, pueden conocer y compartir la experiencia de otras empresas que se han distinguido por una gestión sobresaliente en el difícil entorno económico actual.

Este programa permite acceder en exclusiva a análisis financieros y de coyuntura económica, así como lecciones magistrales a cargo de profesores y catedráticos de IE Business School.

En la jornada de ayer, Miguel Cardoso, economista jefe de España del Servicio de Estudios de BBVA, realizó una presentación sobre las Perspectivas económicas en España con referencias a la economía regional madrileña, y Néstor Miranda, profesor de Dirección Estratégica de IE Business School, disertó sobre las claves estratégicas a seguir en momentos de incertidumbre en las empresas.

Por el lado de las experiencias exitosas, Visionlab y Grupo ZED, dos empresas clientes de BBVA, explicaron al resto de empresarios presentes en la jornada su experiencia como empresas ganadoras en el actual entorno económico.

Visionlab es uno de los líderes en las cadenas ópticas en España que ha sabido innovar a lo largo de su historia y también en los momentos actuales.

Por su parte, el Grupo ZED es líder y pionero a nivel mundial de servicios de comunidad y entretenimiento digital multiplataforma, conocido es su logro más reciente Planet 51, la película más cara de la historia del cine español con la que han conquistado los cines americanos.

Con esta iniciativa de Empresas Sobresalientes, BBVA quiere reconocer la labor y la gestión de sus clientes empresas en un contexto económico adverso y quiere, además, acercar su experiencia y especialización a cientos de empresas que podrán acceder a la primera fase del programa, que finalizará en mayo de 2010.

El programa Empresas Sobresalientes tiene una web http://www.eventosempresasbbva.com/ en la que las empresas interesadas en participar pueden inscribirse, y en la que se informará de las próximas actividades del proyecto.

Elegir el nombre de la empresa

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Así como la apariencia de alguien es importante para dejar una buena impresión en los demás, el nombre de una empresa, la marca, es fundamental para llegar a los consumidores.

Es abundante la cantidad de libros y citas que podemos encontrar sobre el estudio de las marcas, cómo las mismas se gravan en las mentes de los consumidores y como lograr que la misma sea exitosa.

El nombre del negocio es uno de los aspectos más importantes del mismo, ya que será lo primero que la mayoría de sus clientes perciban e influirá considerablemente en la primera impresión de cualquier cliente potencial.

El nombre combinado con su logotipo y slogan van a ser su carta de presentación (imagen corporativa) y juntos serán un elemento clave en su empresa al comunicar un mensaje implícito: qué hace usted, quién es y que ofrece.

El marketing se ha ocupado largamente del estudio de las marcas y la imagen de las empresas, y no por ser una pyme, debe dejar de lado este aspecto. No solo los grandes empresarios piensan estratégicamente en el nombre de sus empresas y/o productos, las pymes también deben poner atención a ello, un buen nombre puede convertir de por sí a una empresa nueva, en una empresa conocida.

Existen algunos consejos esenciales, los cuales se deben seguir al momento de esta elección. Pero por otro lado, existen consultoras que se dedican a esta tarea, claro esto es para quienes cuenten con un presupuesto importante.

Características de un nombre:

- No más de 7 letras: entre más corto será más fácil de que los clientes recuerden su nombre.

- Pocas palabras y fácil de pronunciar y recordar: utilice palabras que puedan ser fácilmente repetidas por otras personas, olvídese de nombres largos y de términos que sólo usted entiende.

- Descripción implícita de los beneficios de su negocio: es importante tratar de incluir qué es lo que usted es mejor.

- Distinto a los demás: su nombre debe resaltar entre todos los demás, debe ser único y auténtico.

- Congruencia con el giro de su negocio: El nombre debe de estar relacionado con la actividad fundamental de su empresa.

- Connotación positiva: no utilice palabras que impliquen que usted es malo, lento, ineficiente, etcétera.

- No olvide su slogan: un slogan puede reforzar considerablemente el mensaje que quiere comunicar al atraer la atención del consumidor.

Sin dudas es un sueño para todo empresa que el nombre de la misma se identifique con el producto directamente, por ejemplo: cuando a las bebidas gaseosas se las denomina Coca Cola en forma genérica.

Un buen nombre es un buen comienzo. No utilice nombres comunes, como colocarle el nombre de una persona a un negocio, o el de la calle donde está el local.

Seguramente no cuente con dinero suficiente para una campaña de marketing, por eso pensar en las anteriores recomendaciones podrán ayudarlo a identificarse de mejor manera en el mercado.

El Salón Miempresa en Marzo 2010

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Falta poco para que se inicie el Salón Miempresa 2010, más precisamente el próximo 9 y 10 de Marzo en el Palacio de Congresos de Madrid. Cuenta con la organización de Creaventure y es patrocinado por BBVA, ICO, Regus y Vodafone, su principal objetivo es el de fomentar desde el espíritu emprendedor, pasando por el desarrollo de las pymes hasta impulsar la competitividad y continuidad de las mismas.

Entre los objetivos con que cuenta el Salón Miempresa 2010, es el de estimular la internacionalización y la inversión en las empresas españolas.

Como actualmente se piensa en diversos sectores, la apertura a nuevos mercados se convierte en imprescindible para la mejora en la competitividad de las pymes españolas, que desean internacionalizarse.

No sólo desde España hacia fuera es el interés, ya que existen muchas las empresas extranjeras que se interesan por el mercado español, siendo como un puente con América latina y Portugal. Siempre es importante la internacionalización, pero en la actual coyuntura se vuelve imprescindible lograr identificar oportunidades de negocio.

Es por ello que, dentro de este Salón Miempresa, habrá diversas actividades respecto a la internacionalización, siendo de acceso gratuito, para los interesados.

Todos aquellos que asistan, tendrán la oportunidad de concertar encuentros de forma individual hispano-franceses. Con la finalidad de que las empresas francesas obtengan información sobre sus procesos de implantación y fomentar contactos entre las pymes españolas y francesas, identificación de proveedores, distribuidores, socios comerciales.

Además de una mesa redonda denominada “Emprender en España. La experiencia francesa: proceso de implantación y consolidación de negocio”, dentro de la cual, expondrán su experiencia y conocimientos, entidades como Arkopharma, La Chambre, Ubifrance, Vente Privée y Promomadrid.

Otra de las novedades, será una sesión de networking que estará dirigida a la internacionalización para directivos de pymes extranjeras, intermediarios expertos en implantación y para empresarios españoles que deseen abrir nuevos mercados y les posibilita compartir experiencias y poder hacer negocios.

Módulos versus estimación directa

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En días en que se debate sobre la utilidad que tiene la vigencia de la tributación por módulos, y su cada vez menos aceptación entre los expertos y los contribuyentes, nos pareció importante recordar algunas diferencias entre los dos sistemas de tributación hoy vigentes: Estimación Directa y Estimación Objetiva (Módulos).

Podríamos empezar definiendo de manera resumida estos dos sistemas de tributación:
Estimación Directa: para establecer el importe a pagar por impuesto, se deberá restar a los ingresos todos los gastos necesarios para obtener esa renta (sueldos y salarios de los asalariados; compras de material; amortizaciones; el alquiler de los inmuebles; los intereses por créditos y comisiones bancarias; ordenadores; impuestos no estatales; cuotas a colegios profesionales, cámaras y asociaciones empresariales y patronales; trabajos que se encarguen a terceros; primas de seguros satisfechas para asegurar los bienes; derechos y productos que afecten a su actividad, etcétera).

Tal como se plantea, es un sistema en base a datos reales, a ingreso y gastos que ya se han producido. Pero quienes deben tributar por este sistema, deberán cumplir con mayores obligaciones formales, tales como: llevar al día los libros de contabilidad, balances, facturas.

Estimación Objetiva o Módulos: Este sistema sólo aplicable a actividades empresariales (divididas en 97 sectores). Y la diferencia con la Estimación Directa, es que aquí no se contemplan los ingresos y gastos reales, sino que cada Módulo estima un rendimiento estándar dependiente de variables como personal asalariado, no asalariado, potencia eléctrica instalada, superficie del local, etc. Así, quienes tengan más de dos trabajadores o un gran local, deberán pagar más.

Por lo tanto, no importa cómo vaya el negocio, bien o mal, cada trimestre se deberá pagar una cantidad fija según los elementos de la actividad laboral a la que corresponda.

Consideraciones para aplicación del Régimen de Estimación Por Módulos:
Como el Régimen de Estimación Objetiva es un régimen simplificado de tributación, se entiende que es aplicable a pequeños empresarios y/o profesionales, a los que se les intenta simplificar la administración de su actividad. Así por lo tanto, sólo estarán dentro de este régimen, cuando:

- El volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior, no supere cualquiera de los siguientes importes: 450.000 euros para el conjunto de actividades económicas o 300.000 euros para el conjunto de actividades agrícolas y ganaderas.
- El volumen de compras en bienes y servicios en el ejercicio anterior, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, no supere la cantidad de 300.000 euros anuales. Si se inició la actividad el volumen de compras se elevará al año. En el supuesto de obras y servicios subcontratados, el importe de los mismos se tendrá en cuenta para el cálculo de este límite.
- Las actividades económicas no sean desarrolladas, total o parcialmente, fuera del ámbito de aplicación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. A estos efectos se entenderá que las actividades de transporte urbano colectivo y de viajeros por carretera, de transporte por autotaxis, de transporte de mercancías por carretera y de servicios de mudanzas se desarrollan, en cualquier caso, dentro del ámbito de aplicación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- No hayan renunciado expresa o tácitamente a la aplicación de este régimen.
- No hayan renunciado o estén excluidos del régimen simplificado del IVA, y del régimen especial simplificado del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). Que no hayan renunciado al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA ni al régimen especial de la agricultura y ganadería del Impuesto General Indirecto Canario.
- Que ninguna actividad ejercida por el contribuyente se encuentre en estimación directa, en cualquiera de sus modalidades.

Además existe una lista de actividades que pueden ingresar a Estimación Objetiva, la que puedes consultar en la Agencia Tributaria.

Lo más criticado es la estimación por módulos, es la posibilidad de fraude que existe. Ya que si el negocio marcha muy bien, mayor a lo estimado, los contribuyentes continúan pagando por lo informado en el primer momento, sin actualizar la información a Hacienda, dado la falta de control que existe sobre los mismos.

Telefónica reduce facturas a pymes y autónomos

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Los trabajadores autónomos y las pymes que creen empleos, tendrán de la mano de Telefónica, la posibilidad acceder a que Telefónica les ayude a rebajar los gastos de comunicaciones.

En esta nueva iniciativa, Telefónica les brinda la oportunidad a sus clientes de obtener descuentos del 33% en la factura del teléfono fijo y móvil para las nuevas líneas que contraten para las incorporaciones laborales durante este 2010. Es así que esta promoción vale para todas aquellas pymes que acrediten debidamente la contratación de nuevos empleados, o incluso a aquellos autónomos que generen autoempleo y que contraten nuevas líneas de telefonía, fija o móvil.

Lo que busca Telefónica, más allá de la fidelización que pueda surgir de esta promoción, es el de incentivar el desarrollo empresarial de negocios en España mediante este beneficio directo sobre la factura de clientes que lleguen a generar empleo.

Otros de los que podrán beneficiar serán los nuevos negocios que acrediten debidamente el inicio de su actividad profesional este 2010, se beneficiarán con un 33% de descuento en las comunicaciones tanto fijas como móviles, de solicitar el alta en este plan, que tiene un techo de 50.000 líneas de clientes, pymes y autónomos.

Desde Telefónica, comunican que el límite de descuentos dentro de esta campaña será de 50€ por línea, además de que la promoción es acumulable con otras iniciativas o promociones que se encuentren vigentes al momento de la inscripción.

La forma de contratación, se basa en que aquellos empresarios que quieran acogerse deben descargar la documentación de la página Web de Telefónica y posteriormente cumplimentar la tramitación.

Telefónica lanza centro de gestión para pymes

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De ahora en más las pymes de Almería cuentan con un nuevo centro de gestión al que recurrir, ya que se ha puesto en marcha el primer centro de gestión personalizada para pequeñas y medianas empresas por parte de Telefónica, en este nuevo centro, las pymes podrán recibir asesoramiento personalizadamente.

En el centro de gestión personalizada para clientes de pequeñas empresas de Telefónica, pone a disposición para el trato personalizado 55 empleados. Este nuevo centro cuenta con un coste de 10 millones de euros para los próximos 4 años, uno de los participes es la entidad Inelcom, este no será el único, prontamente habrá otro en Zaragoza de similar característica.

Estos centros brindan la resolución de incidencias y la puesta en marcha de las nuevas instalaciones a más de 200.000 pymes. Actualmente Andalucía tiene unas 1.500 empresas ligadas con las TIC, siendo la tercera región de España, detrás de Madrid y Cataluña.

Desde Telefónica han señalado que, sus 55 empleados tiene una alta cualificación y perfil técnico, preparados para poder atender la demanda de clientes, el nuevo centro busca dinamizar el sector de las TIC en la comunidad y que cada vez logren más competitividad.

Fuente: Teleprensa.es

Confianza empresarial de Enero

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Lentamente la confianza de los empresarios vuelve a subir en medida de sus expectativas y de los números de la economía, esta confianza mejoró durante Enero llegando a subir en 5 puntos, más allá de que se mantiene tasas negativas, este dato del aumento de la confianza empresarial refleja una mejor perspectivas y mejorando su nivel desde Octubre de 2008.

Este dato parte del Indicador de Confianza Empresarial (ICE) que elabora el Consejo Superior de Cámaras de Comercio, registrando la confianza de los empresarios españoles en -16,8 puntos en Enero de 2010, respecto a los -21,5 del pasado Octubre.

De esta manera, se puede señalar que las expectativas que tienen los empresarios para el primer trimestre del 2010 son más favorables y dicho indicador se recupera en 2,8 puntos, llegando a -12,9 puntos.

Desde las Cámaras de Comercio señalan que, esta mejoría es más alta respecto a los datos sobre la situación actual de las empresas, su índice subió 6,7 puntos en el último trimestre de 2009 frente al trimestre anterior.

Según lo refleja la encuesta del ICE de Enero, que ha sido elaborada basada en la opinión de más de 6.400 empresas, señala que la aportación respecto a las variables de empleo e inversión todavía se encuentran estables, pero aún manteniendo tasas negativas, mientras que la recuperación de la cifra de negocio ha mejorado, puede adjudicarse esto a que ha caído la importancia que le otorgan los empresarios al debilitamiento de la demanda.

Si se miden por sectores, el de la construcción es el único en el que la confianza demostrada en la encuesta se vio reducida en Enero, respecto a los otros sectores que obtuvieron cifras menos negativas.

Mientras que, un 65% de los empresarios han opinado que la debilidad de la demanda aún se mantiene como el primer factor que limita su actividad, le siguen los problemas de financiación, el aumento de la competencia y la escasez de personal cualificado.

Es de esperar que todos esos índices vayan aumentando o cayendo según marche la economía en estos primeros meses que afronta en 2010.

Seguridad social deudas

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Durante 2009, la Seguridad Social tuvo que efectuar 2,68 millones de embargos debido a las deudas, esto es un 12,7% más que un año antes. Estos embargos han estado ligados con bienes inmuebles y cuentas corrientes, a fin de cobrar deudas pendientes de empresas, autónomos y particulares.

La seguridad Social cerró 2009 con una recaudación de 1.452,8 millones de euros en concepto de regularización de deuda, siendo un 19,3% más que en 2008.

Han señalado que es la mayor recaudación de la Tesorería desde 1988, seguramente generado por la crisis que provocó que 93.034 empresas hayan tenido un seguimiento por descubiertos e impagos.

Respecto a esto, la tasa de morosidad de la Seguridad Social se llegó a ubicar en el doble que un año antes, llegando al 1,99%, este dato es calificado como aceptable, ya que es inferior a la de las demás entidades que tiene funciones recaudatorias.

En 2009 la Seguridad Social autorizó 91.683 aplazamientos a empresarios y ciudadanos en el pago de sus obligaciones, esto ha sido casi el triple que en el anterior, ejercicio con el objetivo de darle una mano a empresas y autónomos que cuentan con proyectos empresariales viables, aunque sí tienen dificultades de liquidez.

Por otro lado, el número de empresas que han sido objeto de análisis se elevó al 28,74% respecto a 2008, en tanto que los sectores de la construcción y de la industria manufacturera significaron casi la mitad del seguimiento de la liquidación de cuotas que hizo la Tesorería. Aunque el 80% de las empresas que generaron un primer descubierto tras esto llegaron a normalizar su situación.

Entre los embargos que efectúo la Seguridad Social, sobresalen el aumento de los de bienes inmuebles, que subieron el 29,31%, hasta los 93.094 embargos frente a 2008; de las cuentas corrientes, que crecieron el 11,7% y significaron una recaudación de 231,8 millones de euros, y de las devoluciones tributarias, estas se han elevado el 39% llegando a 91,4 millones de euros de ingresos.

El informe señala que con respecto a los bienes embargados, los embargos de vehículos y embarcaciones han aumentado cerca del 20%, y las medidas cautelares realizadas crecieron al 61,3%.

Además existieron 609 actuaciones, las que efectuó la Sección de Investigación de la Seguridad Social en la lucha contra el fraude, lo que significó la investigación de un volumen de fraude de 88,01 millones de euros.

Impuesto a las Actividades Económicas (IAE)

El IAE es un tributo directo de carácter real y obligatorio.

El hecho imponible del IAE está constituido por el mero ejercicio en territorio nacional de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado y se hallen o no especificadas en las tarifas del impuesto. Así, es irrelevante la habitualidad o no en el ejercicio de la actividad y la existencia o no de ánimo de lucro o incluso de beneficio.

En este impuesto es importante definir qué se entiende por actividad empresarial, es así que una actividad se ejerce con carácter empresarial, profesional o artístico cuando suponga la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos, o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. A los fines de este tributo también se consideran actividades empresariales, las ganaderas cuando tengan carácter independiente, las mineras, industriales, comerciales y de servicios. Por consiguiente, no tienen tal consideración las actividades agrícolas, ganaderas dependientes, forestales y pesqueras. También las de carácter profesional cuando se ejerciten por personas jurídicas o entidades del artículo 35.4 de la LGT.

Sujetos Pasivos:

Por lo tanto podemos definir que los sujetos pasivos de este impuesto son las personas físicas y jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la LGT (herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad separada o un patrimonio susceptible de imposición), siempre que realicen en territorio nacional cualquiera de las actividades que originan el hecho imponible.

En definitiva, son sujetos pasivos del impuesto, los titulares de las actividades empresariales, profesionales y artísticas, teniendo especial trascendencia el concepto de “titularidad de la actividad” a la hora de delimitar el sujeto pasivo del impuesto.

Resaltemos que solo estarán alcanzados por este impuesto los sujetos pasivos cuando el importe neto de la cifra de negocios supere 1.000.000 de euros, quienes tengan una cifra de negocios inferior a ese importe están exentos.

En la actualidad están exentos del pago de este impuesto, entre otros, los siguientes:

- Las personas físicas.
- Las sociedades civiles y sociedades mercantiles, que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.
- Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad en territorio español, durante los dos primeros períodos impositivos de este impuesto en que se desarrolle la misma. A estos efectos, no se considerará que se ha producido el inicio del ejercicio de una actividad cuando la misma se haya desarrollado anteriormente bajo otra titularidad, circunstancia que se entenderá que concurre, entre otros supuestos, en los casos de fusión, escisión o aportación de ramas de actividad.
- Las asociaciones y fundaciones de disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales, sin ánimo de lucro, bajo determinadas condiciones.
- Los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, siempre que operen en España mediante establecimiento permanente, y tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.

Como este es un tributo local, el alta debe realizarse en el ayuntamiento donde se lleva a cabo la actividad económica (donde tenga el local o el domicilio si carece de él o donde realiza la prestación de servicios si es itinerante). Es necesario hacer el alta en el momento del inicio de la actividad, aunque la misma puede presentarse con una antelación de diez días. Cualquier variación de actividad o de cualquier elemento tributario así como la baja se debe presentar como muy tarde en los treinta días siguientes a tener lugar los mismos.

Cuota tributaria:

Este impuesto establece su importe a través de una cuota tributaria, que se obtiene directamente de la aplicación de las tarifas del impuesto, recogidas en el Real Decreto Legislativo 1175/1990 junto con la Instrucción para su aplicación.

La cuota tributaria será la resultante de aplicar los distintos elementos que intervienen en su determinación, es decir: la cuota de tarifa, el coeficiente de ponderación, el coeficiente municipal de situación, si procede, y el recargo provincial en los supuestos en que así se haya establecido legalmente.

Por lo tanto, las tarifas del impuesto tienen una parte fija según tipo de actividad y tamaño del municipio y otra en función de los metros cuadrados del local. Estas cantidades pueden verse incrementadas por los ayuntamientos a través de sus respectivas ordenanzas fiscales con recargo en ningún caso superior al 40%.

La cuota será proporcional al número de trimestres naturales del año en los que se esté de alta. La cantidad resultante se cobra una vez al año o fraccionada en dos semestres.

Contrato periodo de prueba

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En algunos post anteriores hemos hablado de contratos indefinidos, en este desarrollaremos el tema del período de prueba. Muchos le atribuyen este tipo de práctica a que los empresarios no quieren tomar el compromiso de incorporar a un empleado fijo, debido a la actual crisis y al incierto futuro de la economía y de la empresa o pyme en particular.

Aunque desde el empresariado señalan que esto se debe en parte a la falta de un mejor ordenamiento jurídico a nivel español para posibilitar justamente en medio de una crisis, la reducción de empleo. Es por ello que muchos no desean el tener una plantilla donde sobren empleados y no poder reducirla de una mejor manera evitándoles despidos que les cuesta caro y es por ello que actualmente eligen recurrir a un contrato temporal.

Lo usual es que al comenzar una relación laboral esta sea a través de un contrato temporal pasando a uno indefinido. Para ello dentro de la normativa española se encuentra la figura que evita este tipo de medidas como es la contratación temporal. Esta figura es la del periodo de prueba.

Esta figura permite a las dos partes que figuran en el contrato, poder rescindirlo de forma unilateral, sin tener que cumplir ningún requisito especial ni explicar la causa por la que se ha determinado, sólo en el caso de que el motivo fuera de carácter discriminatorio, en dicho caso sería nula. Es así que, se tendrá que concertar por escrito al inicio del contrato, respecto a los límites de duración que se establezcan de manera legal o convencionalmente. Teniendo como finalidad el posibilitar que ambas partes tengan un mutuo conocimiento y que el empresario tenga conocimiento de las aptitudes laborales del futuro empleado.

Si bien uno de los problemas que registra el periodo de prueba suele darse respecto a su concurrencia con la incapacidad temporal, la posibilidad de resolver el contrato cuando, en dicho periodo, el trabajador pasa a situación de incapacidad temporal (IT). Suele pasar de manera frecuente, ya que varios de los empresarios se adelantan a resolver el contrato ante el hecho de que el empleado puede sufrir de manera seguida bajas.

Se puede decir que como punto más saliente se da respecto a la manera de computar la duración del periodo de prueba. Según la Ley lo establece, “salvo acuerdo en contrario, la Incapacidad Temporal no suspende el periodo de prueba”. En cambio de haber un acuerdo de por medio, entonces el periodo se reanuda cuando finaliza dicha situación. Es así que, no existen obstáculos a la extinción del contrato por una Incapacidad Temporal mientras dure el periodo de prueba.

Este tipo de contrato es generado por diversos factores internos, externos; internos como el propio pensamiento de los empresarios más allá de cualquier situación y externos como la situación de crisis económica que en muchos casos da lugar a este tipo de situación.

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