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Saber cuánto dinero tendremos a la hora de jubilarnos es una de las cuestiones que más preocupan a trabajadores autónomos y asalariados. Sin embargo, para estos últimos calcular la pensión de forma anticipada es incluso más importante porque esta dependerá en buena medida sus cotizaciones a la Seguridad Social, algo que, a diferencia de los empleados por cuenta ajena, sí depende única y exclusivamente ellos. Os explicamos cómo realizar el cálculo.
La reforma de las pensiones de 2011 ha supuesto importantes cambios en la forma en la se hace el cálculo de la jubilación y ninguno de ellos positivo para los trabajadores, pero especialmente para los autónomos. El primer gran cambio que introduce la reforma es aumentar la edad de jubilación de forma paulatina hasta los 67 años. El proceso comienza en 2013 y se extenderá hasta 2027 de la forma en la que muestra la siguiente tabla:
Pero si bien este cambio es significativo en el cálculo de la pensión, todavía lo es más el que afecta al periodo que se tiene en cuenta para establecer la cuantía de la pensión. En el caso de los trabajadores está viene dada por el salario percibido, o lo que es lo mismo, la base reguladora sobre la que se calculará la pensión. Es la media aritmética de las bases de cotización de los últimos quince años cotizados pero sin pagas extras y actualizando las cifras en función del IPC. En el caso de los autónomos lo que se tiene en cuenta son las bases por las que han cotizado a la seguridad que, a diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, pueden establecer ellos mismos dentro de unos límites.
La propia Seguridad Social es la encargada de establecer cada año estos límites en las bases de cotización de forma que ahora mismo el mínimo está fijado en 850,20 euros y el máximo en 3.230,10 euros. Sin embargo, existen algunas restricciones directamente relacionadas con el cálculo de jubilación. En este sentido, los trabajadores menores de 48 años pueden escoger cualquier base de cotización entre el máximo y el mínimo, al igual que los autónomos que a 1 de julio de 2011 contasen con una base de cotización igual o superior a los 1.665,90 euros. Sin embargo, con la entrada en vigor de la reforma de las pensiones, los autónomos entre 48 y 49 años con bases de cotización inferiores a 1.665,90 euros mensuales ya no pueden aumentarla por encima de los 1.682,70 euros, lo que afecta directamente a su futura pensión.
Lo que ocurre es que con el aumento de los años que tiene en cuenta la base reguladora, muchos autónomos se verán atrapados con cotizaciones inferiores a las previstas. Y es que la práctica habitual era la de cotizar por la base mínima hasta los 47 años y a partir de ahí subirla dentro de los límites que marca la Seguridad Social y que por ejemplo impiden a los mayores de 50 años con bases de cotización bajas aumentar de golpe su cotización.
La base reguladora irá aumentando progresivamente desde 2013 hasta alcanzar el 2022 los 25 años. Es decir, el objetivo es que a largo plazo se tenga en cuenta un periodo de 25 años para calcular la base reguladora.
Sobre la base reguladora resultante habrá que aplicar una serie de coeficientes reductores para quienes se jubilan antes de los 65 y para quienes lo hacen sin haber cotizado los años necesarios. Y es que 15 son los años mínimos para cobrar la pensión contributiva, pero quienes deseen cobrar el 100% deberán cotizar 35 años. En este sentido, un trabajador autónomo puede llegar a percibir la pensión máxima que permite el sistema, unos 2.466,20€, para ello deberá haber cotizado 35 años en los niveles máximos.
Esta medida se da sobre los autónomos con una edad comprendida entre 48 y 49 años, debido a que desde el viernes, 1 de Julio, empezará el llamado periodo de cotización estableciendo la cuantía que recibirán tras jubilarse. Por lo que la base de cotización que lleguen a escoger antes del 1 de Julio estará ligada a lo que recibirán en sus pensiones.
Actualmente las recomendaciones que parten de UPTA, ATA y OPA, que representan a los autónomos, les recomiendan elevar su base de cotización.
Upta, señala que actualmente hay 473.233 profesionales autónomos con una edad entre 45 y 49 años. Un 8% de los autónomos cotiza por la base mínima, (850€). Mientras que, el Ministerio de Trabajo e Inmigración, informa que desde los 50 años sólo el 30% de ellos optan por elevar su cotización.
Por lo que el 70% que está bajo dicho límite se jubilaría con una pensión de los 950€ mensuales-datos aportados por simulación del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Galicia-.
Lo que no suelen tener en cuenta los autónomos que escogen mantenr su base de cotización en 850€, es que en caso que en 2012 sus ingresos aumentan lo que podría llevarlos a querer elevar su cotización para obtener una pensión más alta lamnetablemente no podrán.
Ahora si aprovechan el último día para elevar su cotización por sobre los 1.682,70€, sí podrán cambiarlo y rebajar dicha cuantía si durante 2 años su actual situación no sufre ningún cambio. Ya que dicha cantidad es el límite estipulado en la normativa, que establece que el 1 de Julio, auqellos que se encuentren cotizando por una base por debajo de los 1.665,70€, no podrán elevarla para superar los 1.672,60€.
Un estimativo, para un trabajador autónomo de 48 años que opte por cotizar por la base de 1.682,70€ el 1 de Julio, podrá percibir en su pensión de jubilación al cumplir 65 años (1.870€/mensuales).
Para lograr cubrir la cobertura de prestación por cese de actividad esa es la cantidad que han optado por cotizar, y por accidente de trabajo y enfermedad profesional han optado unos 75.000 más respecto a lo sucedido a fines de 2010; 100 mil más que al momento de entrar a regir la Ley, y unos 4.744 más que en Abril.
Lo que no hace más que, reflejar que cada vez son más los autónomos que optan por la nueva prestación y que la campaña lanzada por UPTA y la Seguridad Social, es exitosa faltando solo 4 días para que expire el tiempo ya que termina a fines de Junio.
Entre las Comunidades Autónomas que captan más contribuyentes se ubica Andalucía, con 127.753, el 27,18% del total de autónomos de Andalucía y superando a la media nacional, que llega aser de 20,73%.
Por género, puede decirse que las mujeres también están escogiendo cotizar por dichas prestaciones, son unas 212.231, mientras que, los hombres alcanza la cifra de 431.786. Mientras que, los autónomos extranjeros alcanzan los 42.149 cotizantes.
En estos momentos existen dicha cantidad 19.679 de autónomos murcianos que han decidido afiliarse al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, estos datos son a 31 de Mayo, y que fueorn dados de alta en la cotización que le permiten obtener la prestación por cese de actividad cuando sufren un accidente laboral o enfermedad profesional.
La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) en un estudio marca que dicha cifra, significa el 21,44% llegando a ser la más alta tomando los datos cuando entró a regir la Ley en Noviembre de 2010.
La nueva Ley, que aporta protección social a emprendedores por alguna contingencia profesional, a través de la que se puede cobrar el paro por parte de los trabajadores autónomos por cese de actividad.
En cuanto a las mujeres en Murcia estas llegana ser 6.288 las asociadas a las prestaciones, y los hombres unos 13.391, si bien en cifras globales más de la mitad de los trabajadores autónomos en Murcia son hombres.
Por el lado de los trabajadores extranjeros autónomos, en este segmento la cotización por contingencia cubierta solo capta a 961 de 4.893 afiliados.
La campaña pretende impulsar a que los trabajadores autónomos se vuelquen a elevar su base de cotización mínima hasta el 30 de Junio de este año.
El Gobierno de España es el que lanzó dicha campaña informativa dirigida a los trabajadores autónomos a que puedan subir hasta el máximo su base de cotización lo que conlleva mejorar las prestaciones percibidas por la Seguridad Social y lograr asimilarse con los trabajadores por cuenta ajena. De la campaña participan la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) y ATA.
En el Principado de Asturias actualmente existen unos 5.000 autónomos de entre 48 y 49 años que tienen la oportunidad de elevar sus bases mínimas hasta el 30 de Junio además de dos tercios que no poseen tal protección por desempleo o accidente.
Si bien son varios los autónomos que señalan que tienen la intención de elevar su base de cotización pero que debido a la crisis económica les frena las posibilidades de poder subirse la cotización, por otro lado algunos expertos señalan que aunque exista esta oportunidad muchos igualmente optar por cotizar por la mínima.
Por lo que desde UPTA se trata de fomentar entre los autónomos a que coticen según sus ingresos reales y que no lo tomen a la hora de pagar como un impuesto, ya que es una inversión a futuro y en pensiones. Actualmente la diferencia que se refleja entre los trabajadores por cuenta propia y ajena llega a los 400€ reales.
Actualmente unos 600.000 trabajadores autónomos llegan a cotizar por la prestación de paro, esta cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, les posibilita a los autónomos acceder al “paro de los autónomos” ante la situación de cese involuntario de la actividad, que se elevó a más de 60.000 personas en diciembre y enero, lo que significa más de 600.000 emprendedores se encuentren cubiertos.
Estos datos parten de Seguridad Social, que se encuentra dentro de la campaña “Hazlo por ti”, que tiene por objetivo desde el Gobierno y ATAy UPTAfomentar sobre los emprendedores para que estos decidan cotizar por sobre las bases mínimas actuales.
Si se nota los números de trabajadores autónomos que cotizan por esta prestación por cese de actividad llega a significar que el 20% de este tipo de trabajadores se encuentre cubierto frente al cierre de sus negocios.
Vale recordar que desde noviembre de 2010 se encuentra vigente la ley que se encarga de regular dicha prestación, cuando significaban el 10% de los autónomos que cotizaban habiendo aumentado hasta el actual 20%. Se prevé de acá a unos años que se llegue al 50% de autónomos que coticen.
Los tipos de interés legales y de demora vigentes para cada ejercicio.
Las Cotizaciones de Seguridad Social referidas al año en curso es el tema de este post, y los parametros que utilizan las empresas a diarios y tienen siempre presente son dichos valores, debido a que el salario evoluciona asi como tambien los limites de las bases de cotizacion y esto impacta directamente sobre los gastos del personal.
A continuacion vamos a detallar las bases de cotización mínimas y máximas para el 2011 de los principales regímenes, es decir:
Base mínima de cotización: 850,20 euros mensuales.
Base máxima de cotización: 3.230,10 euros mensuales.
Si el trabajador autonomo tiene menos de 48 años, puede escoger cualquier base de cotización comprendida dentro de este intervalo. De igual forma para aquellos trabajadores autónomos que en esa fecha tengan 48 ó 49 años de edad y su base de cotización sea igual o superior a 1.665,90 euros.
Para los autónomos entre 48 y 49 años con bases de cotización inferiores a 1.665,90 euros mensuales, no podrán elegir una base de cuantía superior a 1.682,70, salvo que lo hagan antes del 30 de junio de 2011, lo que producirá efectos a partir de 1 de julio del mismo año.
Si la situacion es la de tener que llevar a cabo por cuenta propia actividades que hayan sido regentadas por conyuge y este haya fallecido, en este caso el límite de 1.682,70 euros no se aplicará para los autónomos que esten en dicha situacion, existiendo la libertad de elección de base.
Dentro del Regimen general:
Con excepcion de las bases de cotización de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, estarán comprendidas para cada grupo de categoría profesional en el año 2011 entre:
Base mínima: 748,51 euros/mes para trabajadores encuadrados desde el grupo 4 al 11, 754,28 euros/mes para grupo 3, 867,02 euros/mes para el grupo 2 y 1.045,01 euros/mes para el grupo 1. En los casos de cotización por días, la base mínima se fija en 24,95 euros/día.
Base máxima: 3.230,10 euros mensuales o 107,67 euros / día en grupos profesionales que se cotice por días. Esta base máxima si se ha actualizado en un 1% respecto el 2010, que se ha situado en 3.198 euros.
¿Cuánto me conviene cotizar a la Seguridad Social? Las cotizaciones son uno de los mayores quebraderos de cabeza para los trabajadores autónomos, ya que a diferencia de los asalariados pueden jugar con ellas para disfrutar de más o menos beneficios sociales y, lo que es más importante, de una pensión mayor. Calcular las cotizaciones es imprescindible para los autónomos.
Todos los autónomos, al igual que los trabajadores asalariados, están obligados a pagar una cuota de cotización a la Seguridad Social. La Ley de Presupuestos Generales del Estado establece las bases y tipos de cotización para todos los trabajadores, que pueden consultarse en este enlace. En cualquier caso, los vigentes para el presente ejercicio son los siguientes:
Base mínima de cotización: 850,20 euros mensuales.
Base máxima de cotización: 3.230,10€ mensuales.
La siguiente tabla es algo más completa y recoge tanto la base de cotización como el tipo de cotización para los trabajadores autónomos.
Con los datos en la mano lo primero que debemos saber es que las cuotas se calculan aplicando el tipo de cotización a la base de cotización. Después bastará con cruzar estos datos con los de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas o CNAE en la que estemos encuadrados y ya sabremos las cuotas a pagar.
Como figura en el cuadro superior, existen una serie de límites según la edad, una de las novedades desde 2011. De esta forma, si el trabajador tiene menos de 48 años, podrá optar por cualquier base de cotización con los límites antes marcado, al igual que los trabajadores autónomos que en esa fecha cuenten con 48 ó 49 años de edad y cuya base de cotización sea igual o superior a los 1.665,90 euros. Por el contrario, los autónomos con edad comprendida entre los 48 y 49 años y que posean bases de cotización por debajo de los 1.665,90 euros mensuales, no podrán optar por una base de más de 1.682,70€, solamente en el caso que lo hagan previamente al 30 de junio de 2011.
El colectivo de trabajadores autónomos cuentan con el tiempo hasta los 50 años para poder elevar su base de cotización pudiendo llegar a cotizar por más tiempo en los últimos 15 años antes de jubilarse.
Los trabajadores autónomos tienen como techo máximo de base de cotización los 50 años ,teniendo como limite en el tramo superior los 1.665,90 euros de base de cotización, con la exigencia a cumplir que no acrediten bases de cotización por sobre el límite fijado en los anteriores años.
Pero la prestación por desempleo de los autónomos no es ninguna panacea y para poder acceder a ella es necesario cumplir una serie re requisitos en cuanto a la cotización previa y las causas del cese de actividad. Las condiciones para poder cobrar el paro de autónomosson las siguientes:
Estar al día en los pagos a la Seguridad Social
Haber cotizado un mínimo de 12 meses continuados e inmediatos a la solicitud de la prestación
Tener cubiertas las contingencias profesionales en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomo. Quienes no cotizan actualmente por contingencias profesionales,tienen que proceder a solicitar su inclusión en la cotización por desempleo y por contingencias profesionales a la Seguridad Social, ya que en su caso su cotización al paro para autónomos es voluntaria.
Suscribir el compromiso de actividad que básicamente dice que se está dispuesto a reincorporase al mercado labora y que para ello se atenderá a las acciones de formación que pueda proponer el Servicio Público de Empleo Estatal.
Encontrarse en situación legal de cese de actividad. Este es el punto más estricto y el que determina a fin de cuentas quienes podrán cobrar el paro como autónomos
Las altas al RETA, hasta Septiembre de 2010, han sido en total unos 362.664 trabajadores autónomos, este dato sobre las altas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en los 9 primeros meses de este año, han significado un 6,4% más comparado mismo periodo del año pasado, así lo refleja ATA en su informe.
Si se mira las altas puede ser un muy buen dato teniendo en cuenta la tasa de paro, y que con las dificultades que pasa este colectivo haya emprendedores que se den de alta más allá que en similar periodo, se dieron 401.396 bajas al RETA, una caída del 13,2% frente al periodo Enero-Septiembre de 2009.
Más allá del descenso en el número de bajas, el resultado final, la diferencia entre las altas y bajas, llega a ser negativo, durante los 9 primeros meses del año se dieron 38.732 afiliados menos al RETA.
A todo esto, las únicas regiones dónde se dieron más altas en trabajadores autónomos que las bajas, han sido Baleares y Melilla, con 4.583 cotizantes y 21 autónomas más. En Navarra la cantidad de altas durante dicho periodo de este año no ha superado al número registrado en el mismo periodo del año pasado, habiéndose dado 9 altas menos en cotizantes, una caída del -0,2%.
En las regiones dónde menos diferencia en el número de altas se dieron ha respecto al año pasado, han sido Ceuta, un aumento del 0,7%, Aragón (+1%) y País Vasco (+1,5%).
Mientras que, en Cataluña, para similar periodo en cambio se dio un aumento del 10,5% respecto a 2009, también registraron números positivo Castilla la Mancha (+9,8%), Extremadura (+9,7%) y Canarias (+9,5%).
En total se dieron 61.003 bajas menos que durante el año pasado, por lo que, el número de autónomos que durante los primeros 9 meses del año se dieron de baja en el RETA han sido unos 401.396, una caída del -13,2% en referencia a similar periodo de 2009, cuando se dieron unas 462.399 bajas.
La explicación a las bajas en el RETA, se debería a una serie de factores entre los que se encuentran el cese de actividad, la jubilación, la incapacidad o a que muchos han cambiado de actividad. Entre todas las comunidades, las que más han tenido un descenso en las bajas al RETA han sido:
-Castilla la Mancha (-19,4%)
-Comunidad Valenciana (-18,5%)
-Comunidad de Madrid (-17,1%)
-La Rioja (-15,2%)
-Aragón (-15%)
-Navarra (-14,9%).
-Baleares (-13,1%)
-Cataluña (-12,6%)
-Murcia (-12,3%)
-Castilla y León (-12,2%)
-Cantabria (-11,8%)
-Canarias (-11,1%)
-Andalucía (-10,9%)
-País Vasco (-9,4%)
-Extremadura (-3,6%)
-Galicia (-5,3%)
-Asturias (-6,5%)
Los datos por provincias, todas las provincias finalizaron hasta Septiembre en caídas en el número de bajas, se dieron caídas por sobre el 20% en Guadalajara (-27,5%), Castellón (-24,1%) y Toledo (23,5%).
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