El autónomo colaborador: contratar a familiares en la empresa

La figura del familiar que colabora en las tareas profesionales de un empresario o de un empleado por cuenta propia no resulta extraña. Al contrario, a lo largo del tiempo este concepto de ayuda familiar se extendía profusamente, por ejemplo, en el comercio. Pero, además, se trata de una figura existente, reglada y a la que se le puede poner nombre: el autónomo colaborador.

Comercios, tiendas de barrio, bares, pequeños negocios… En cualquiera de ellos, y en muchos otros, resulta de lo más frecuente ver a un familiar trabajando junto a otro. Quizá antes fuese una figura más habitual, dado que proliferaban más los pequeños negocios, en especial, los comercios, pero todavía hoy sigue de plena vigencia. Ello a pesar de la dura competencia que suponen las grandes compañías para las pequeñas y medianas empresas. 
Autónomo colaboradorNo obstante, además de una estampa cotidiana, la presencia de un familiar en el negocio está contemplada en la ley. En concreto, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) como familiar colaborador del titular de la explotación. En las próximas líneas vamos a hablarte del autónomo colaborador, de cómo contratar a familiares en la empresa bajo esta fórmula.

¿Puedo contratar a un familiar como autónomo?

La primer duda que puede surgir entre los pequeños o medianos empresarios es si efectivamente pueden contratar a un familiar como profesional autónomo. Ciertamente, así es. De hecho, los familiares de empresarios, trabajadores y profesionales por cuenta propia tienen la obligación de cotizar como autónomos colaboradores. Así que, por un lado, queda el autónomo titular y, por otro, el autónomo colaborador.

El autónomo titular

El empresario o autónomo puede contratar a un familiar cuando así lo considere, teniendo por supuesto obligaciones, derechos y requisitos que cumplir. En ese caso se trata del autónomo titular, contemplado en la ley como el titular de la explotación. Cabe puntualizar, eso sí, que los autónomos societarios que trabajen como tales carecen de la posibilidad legal de contratar.

El autónomo colaborador

En el otro lado de la ecuación se sitúa el pariente contratado, que debe ser un familiar directo del empleado autónomo titular que trabaja para éste y que debe encajar en determinados parámetros y condiciones. La primera condición para usar esta fórmula es precisamente que el autónomo colaborador sea un familiar directo del autónomo titular en el grado que veremos más adelante. A partir de ahí existen algunas cuestiones que tener en cuenta para poder utilizar de manera correcta esta figura laboral, que en cierto sentido puede recordar al trabajador autónomo económicamente dependiente.

Requisitos para ser autónomo colaborador

Esas características específicas del autónomo colaborador se agrupan en dos bloques que son imprescindibles y que figuran a continuación.

  1. La actividad profesional debe ser habitual, sin que sean válidas las colaboraciones puntuales o los trabajos esporádicos. Además de trabajar de manera sostenida en el negocio del autónomo titular, el familiar no debe encontrarse dado de alta como trabajador por cuenta ajena en otra empresa.
  2. La exigencia a la hora de la contratación para encajar dentro de esta figura es la de ser pariente directo del autónomo titular hasta el segundo grado de consanguinidad. Ese grado de relación familiar alcanza a cónyuges, descendientes, ascendientes y demás parientes del titular de la explotación por consanguinidad o afinidad hasta ese segundo grado. En otras palabras, cónyuge, padres, hijos, hermanos, abuelos, suegros, nietos, yernos y nueras. A ellos también se añaden las personas adoptadas, pero no las parejas de hecho, que sí tuvieron la posibilidad de ser autónomos colaboradores entre 2012 y 2015.

El alta del autónomo colaborador

Esta fórmula laboral no requiere grandes trámites, pero el autónomo titular deberá gestionar el alta dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a través de la presentación del modelo TA0521/2. Se trata de la solicitud de alta dentro del RETA que se puede obtener a través de Internet en descarga gratuita o en las propias oficinas la Seguridad Social.

A la hora de señalar la particularidad del autónomo colaborador, como documentos añadidos será necesario presentar lógicamente la identificación de ambos (DNI), así como el libro de familia que acredita el parentesco, además de la posible documentación que puntualmente pueda llegar a exigirse.
Autónomos colaboradoresAl contrario de lo que ocurre en un empleado por cuenta propia al uso, como familiar colaborador no es necesario darse de alta en Hacienda. Con todo, darse de alta de como autónomo colaborador, de hecho, resulta más sencillo que hacerlo como uno de estos profesionales corrientes y más aún que darse de alta como autónomo extranjero.

No obstante, hay que tener en cuenta que, en el caso de los hijos menores de 30 años o que rebasen esa edad pero tengan una discapacidad o dificultades de inserción laboral, el autónomo titular puede optar por contratarlos como asalariados, pero no tendrán la cobertura de desempleo si se quedan sin trabajo.

Bonificaciones en los autónomos colaboradores

Una de las ventajas de esta figura es la posibilidad de aplicar una reducción del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante doce meses en caso de contratación indefinida. No obstante, será necesario que no haya habido ningún despido improcedente en el año anterior y mantener el vínculo laboral durante seis meses después del periodo bonificado.
Autónomo colaboradorAdemás, otra de las ventajas de esta figura es la posibilidad de aplicar una reducción de hasta el 50% en la cuota de autónomos de estos profesionales. Esta bonificación no es permanente, se mantiene durante un periodo de 18 meses y pasa al 25% desde el mes 19 al 24. Sobre el papel, lo que permite realizar es una contratación a mitad de coste de cuota para el autónomo titular.

Impuestos del autónomo colaborador

La contratación del autónomo colaborador, a efectos tributarios, no va a suponer ni grandes obligaciones añadidas ni tampoco excesivos beneficios. En su calidad de autónomos colaboradores se ven exentos de algunas acciones, como la presentación del modelo 103 para el pago fraccionado del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) o la declaración trimestral del impuesto sobre el valor añadido (IVA) con el modelo 303.

Obligaciones del autónomo titular

Obviamente ello no exime al autónomo titular de seguir presentando los modelos correspondientes a su actividad y la declaración anual del IRPF, en la que el autónomo colaborador puede estar incluido o no aunque, eso sí, sobre el papel, el autónomo titular no sólo debe hacerse cargo de los costos de las cuotas reducidas a la Seguridad Social sino también de las nóminas asignadas.
Contratar o no familiares en la empresa

Ventajas de contratar a familiares

Si estás pensando en contratar a tu hermana que se ha quedado en paro, incorporar a uno de tus hijos al negocio familiar o dejar que tu sobrino te ayude en la empresa, éstas son las ventajas frente a contar con un empleado al uso.

La importancia de la confianza

“La confianza cuesta años construirla pero basta un segundo para romperla”, dice una frase popular. En este caso nos quedaremos con la parte más positiva, los años que se necesitan para construir una relación y que con cualquier familiar será terreno ganado. La confianza no será un problema si contratas a un familiar, porque podrás estar seguro de sus buenas intenciones y de que hará todo lo posible para que el negocio vaya bien.

Una visión común del negocio

No siempre tiene por qué ser así, pero el haber crecido en entornos similares (o el mismo en caso de hermanos e hijos) hace que sea más fácil compartir la misma visión sobre cuestiones críticas. Ésto hará que la relación sea mucho más fácil.

El ritmo de trabajo

Uno de los grandes problemas con socios y trabajadores es la dedicación al negocio. Es muy complicado encontrar dos personas que dediquen el mismo número de horas, esfuerzo y preocupación por el negocio y ésto puede terminar siendo un problema. La ventaja de la familia es que generalmente ya sabrás de antemano el tipo de persona que estás contratando. Lo que no puedes esperar es que sólo por el hecho de que estéis trabajando juntos vaya a cambiar su forma de ser y su esfuerzo laboral.
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Desventajas de contratar a familiares

Como es lógico, no todo es de color de rosa. Contratar a un familiar también tiene sus riesgos e inconvenientes, más allá de que si algo sale mal, sufrirá tu entorno más cercano, tu familia.

Demasiados sentimientos involucrados

En términos generales, cuanto más cercana sea la familia, más sentimientos habrá. Contratar, por ejemplo, a tu hermano puede ser la mejor idea del mundo, pero antes de lanzarte a la aventura debes saber que todas vuestras vivencias y los roles familiares que hayáis asumido terminarán plasmándose de una u otra forma en el negocio.

Asimismo, piensa lo difícil que puede ser tener una charla con tu sobrino sobre su rendimiento profesional. Si como trabajador a veces es difícil separar la parte profesional de la personal, imagínate cuando además sois familia.

Las expectativas no son las mismas

Es fácil asumir que tu primo tendrá claro que no va a recibir ningún trato de favor, pero a la hora de la verdad, es complicado que no espere que hagas alguna excepción. Si necesita salir antes del trabajo, elegir los días de vacaciones, etc. No es algo que la otra persona haga de forma intencionada, pero sí ocurre de forma habitual. A fin de cuentas, se trata de tu primo y no de un empleado más.

Expones tu empresa a toda la familia

Puede sonar excesivo, pero lo cierto es que al incluir a familiares en la empresa, tu compañía pasa a ser de dominio familiar. Sólo piensa en que es lógico que tu primo hable de su trabajo a su mujer, sus padres y otros familiares. Ésto no tiene por qué ser malo en sí mismo, pero sí puede alterar las relaciones familiares.

Problemas con el resto de trabajadores

Bien llevada, la incorporación de familiares a la empresa puede ser positiva, incluso para el resto de la plantilla. Sin embargo, también es cierto que puede existir cierta percepción de trato de favor o nepotismo, incluso si tu primo es un gran trabajador. Al final, el resto de empleados puede demandar que haga más que un trabajador al uso para justificar su contratación.

En cualquier caso, el propio hecho de contratar familiares tiene su parte positiva y negativa, pero lo más importante no es el hecho de que tengáis vínculos de sangre, sino que la persona que se incorpore encaje en el perfil que buscas y sea el empleado que necesitas. Si es así, cualquier problema será fácilmente superable.

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