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INEM: ¿Cómo solicitar el paro?


Existen diferentes supuestos legales que permiten cobrar el paro o solicitar la prestación por desempleo. La más común es aquella que parte de un nivel contributivo previo del trabajador, es decir, cuando este pierde su empleo de manera involuntaria, por razones ajenas a él.

Cuando esto sucede el trabajador debe inscribirse como demandante de empleo y solicitante de la prestación en una oficina del Servicio Público de Empleo o INEM, en los 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo. Deberá presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud de la prestación en modelo normalizado, que facilita la oficina del Servicio Público de Empleo. El impreso de solicitud incorpora la declaración de los hijos a cargo y sus rentas, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la Agencia Tributaria.

  • Identificación del solicitante y de los hijos que conviven o están a su cargo y que figuren en la solicitud. (Bastará con la exhibición de los documentos).

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o tarjeta de identidad de extranjero.

  • Libro de Familia, o documento equivalente en el caso de extranjeros.

  • Certificado o certificados de empresa en las que hubiera trabajado en los últimos seis meses.

  • Sólo en aquellas situaciones en el que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo es necesario aportar el otro documento acreditativo que corresponda.

  • Sólo en el supuesto de que la empresa no estuviera integrada en el Sistema de Remisión Electrónica de Documentos (RED) de la Tesorería General de la Seguridad Social, se precisa una copia de los documentos oficiales de cotización correspondientes a los últimos 180 días cotizados.

Existen otros supuestos legales a partir de los cuales un ciudadano puede pedir la prestación por desempleo, pero son menos habituales. Entre ellas se encuentran, por ejemplo, el retorno del emigrante o a la excarcelación. El resto de las figuras que componen el nivel asistencial del subsidio por desempleo son:

Trabajadores eventuales del Régimen Especial Agrario.

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