Plan de Empleo Sumergido

Puede decirse con toda seguridad que el Plan de Empleo Sumergido o plan contra la economía sumergida en la empresa ya se encuentra en plena funciones hasta el 31 de Julio, los empresarios que lo requieran tendrán la facultad de dar de alta a la Seguridad Social a los empleados que no han sido legalmente declarados sin la multa o sanción administrativa.

Por lo que a través del Real Decreto-Ley, que fuera aprobado por el Gobierno español, fija para los empresarios que estos de manera voluntaria puedan regularizar sus trabajadores que estén bajo condición irregular lo que les posibilitará acogerse a cualquier sea la modalidad de contratación, aunque tiene la salvedad que el contrato no deberá nunca ser menor a los 6 meses.

Además estipula que una vez que ha caducado dicho periodo de gracia, finaliza el 31 de Julio, a partir de entonces se endurecerán las multas o sanciones administrativas a tales empresas y trabajadores, un ejemplo de ello es la multiplicación de las multas por 5 para ciertas situaciones de irregularidad.

De esta manera la empresa que llegara a incumplir la obligación de darle de alta a sus trabajadores en la Seguridad Social desde el mes de Agosto recibirán una multa mínima por 3.126€, lo que es 5 veces más que la que existe que es de 626€, pudiendo recibir de máxima una multa por 10.000€, dejando atrás la multa máxima de 6.250€.

También existe sanciones para los trabajadores que a la vez cobren la prestación por cese de desempleo y posean un trabajo en negro, si sucede esto, a la empresa se le elevará la sanción mínima de 6.251€ a 10.000€ o una máxima de 187.515€.

Otra de las medidas estipuladas por el Real Decreto se trata sobre las empresas que han registraran infracciones catalogadas como muy graves, que estas perderán de manera automática las ayudas, bonificaciones y, los beneficios que pudieran obtener de la aplicación de los programas de empleo, a partir de la fecha en que se dio la infracción, y tras lo que quedarán fuera de las ayudas por un máximo de 2 años, y si la infracción fuera de las catalogadas como graves será de solo 1 año.

El Ministerio de Trabajo señala que una vez finalizado el periodo de 6 meses desde que fue puesto en marcha el plan, realizará evaluación y seguimiento de los resultados de las medidas además de prestarle especial atención a la Comisión Consultiva Tripartita de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

A la par de ello habrá numerosas actuaciones de vigilancia y control del trabajo no declarado llevado adelante por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

También existirá amplias campañas de sensibilización pública de la economía y el empleo sumergido y lo que ello implica para la economía española.

Imagen: .intereconomia

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