El pasado viernes el Gobierno aprobó de forma oficial la norma técnica para que asalariados y pensionistas puedan beneficiarse de la deducción de 400 euros en el IRPF prometida durante las elecciones. Si bien todavía debe publicarse el de desarrollo reglamentario, las pequeñas y medianas empresas tendrán que empezar a aplicarlo a partir del próximo mes y puede suponer un esfuerzo extra para hacer las nóminas de los empleados. Y es que todavía no existe información clara respecto a cómo debe reflejarse esta deducción y los programas de nóminas todavía no están actualizados.Hoy en día son muchas las empresas que han apostado por externalizar el área de recursos humanos y gestoría. Estas pyme notarán en menor medida el ajetreo que supondrá desde un punto de vista administrativo la deducción de los 400 euros. Para el resto el esfuerzo puede ser considerable, sobre todo teniendo en cuenta que buena parte del software de nóminas no refleja el cambio y que las compañías desarrolladoras todavía están trabajando para implementarlo.
Para quienes se encuentren en esta situación, es funcionamiento básico de la deducción de los 400 euros del IPRF es el siguiente: se llevará a cabo una primera deducción en la nómina de junio de un máximo de 200 euros y los 200 euros restantes se prorratearán en las nóminas de los meses siguientes hasta diciembre.
De esta forma, la empresa tendrá que restar 200 euros en la retención del empleado en su nómina de junio. Así, por ejemplo, a un trabajador que perciba 1.500 euros brutos y tenga una retención de 300 euros, sólo se le retendrán 100 euros ese mes. En caso de que sus retenciones no alcancen los 200 euros, se le retendrá el 0%. Es decir, un empleado al que se le retienen 100 euros mensuales sólo podrá obtener esa cantidad de la deducción. Aquí conviene aclarar que en caso de no alcanzar el total habría que sumarle la retención que se le realice en la paga extra de junio, en caso de haberla.
Además, en los meses siguientes habrá que restar otros 200 euros, aunque estos de forma prorrateada cada mes hasta diciembre. Así, será necesario recalcular las retenciones de todos los empleados.
En el caso de los autónomos la aplicación cambia notablemente. Quienes realicen el pago fraccionado del IRPF podrán deducir los primeros 200 euros en julio y el resto en los pagos de octubre a diciembre.