El tipo único del 20% para multar las demoras en los abonos a la Seguridad Social por parte de los trabajadores por cuenta propia quedará eliminado para dar paso a un sistema progresivo que penalizará en función del tiempo de dilación.
¿Qué ocurre si un trabajador autónomo se retrasa al pagar las cuotas a la Seguridad Social? Pues, a día de hoy, le tocará pagar un recargo del 20% sobre el montante pendiente. Sea cual sea el tiempo de demora, bien un día, bien cuatro meses, por poner dos ejemplos diversos. Tampoco cuenta el dinero adeudado. No hay medias tintas ni alternativa.
Para equilibrar esta situación, que desde todos los ámbitos se considera injusta -no es lo mismo retrasarse una semana que seis meses-, Ciudadanos presentó una proposición de ley el pasado 18 de noviembre. En concreto, bajo la denominación Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo.
Los cuatro grandes partidos, a favor del cambio
Que el recargo actual se tiene como carente de equidad en la práctica totalidad de esferas, como se afirma en el párrafo anterior, se refuerza con el hecho de que no sólo el PP respalda la iniciativa del partido que lidera Albert Rivera, sino que en el PSOE se muestran dispuestos a dar su voto a favor, opción que no se descarta tampoco en Unidos Podemos. En este sentido, es preciso recordar que los cuatro partidos políticos votaron a favor de la toma en consideración de la proposición de ley.
A pesar de que la propuesta de la formación naranja se encuentra todavía pendiente de aprobación definitiva, dadas las actuales posturas de cada uno de los grandes partidos, existe una elevada probabilidad de que salga adelante en un periodo corto de tiempo.
Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo
Aunque la futura Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo contiene, en la citada proposición de ley, diversos aspectos, uno de las claves versa precisamente sobre los extras que deben pagar los trabajadores por cuenta propia en caso de demorarse al abonar las cuotas a la Seguridad Social.
El recargo del 20%, «excesivo»
“La penalización por no abonar en plazo dichas cuotas es excesiva y de carácter confiscatorio al elevarse hasta un 20% el recargo por ingreso de las cuotas de la Seguridad Social fuera de plazo, lo cual parece un tratamiento no siempre justificado por parte de la Administración a los autónomos”, se indica en el mencionado documento legal.
El pago extra puede llegar hasta el 35%
Pero la multa para el autónomo que se retrase en los pagos a la cuota a la Seguridad Social, el citado 20%, puede alzarse hasta el 35% si aquél no presenta los documentos de cotización en plazo.
El artículo uno del primer título de la citada proposición de ley -que incluye el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, RETA, y el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar- establece una modulación de los recargos por ingreso fuera de plazo para los trabajadores por cuenta propia. Son los siguientes:
- Recargo del 3% de la deuda si se abonasen las cuotas debidas dentro del primer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
- Recargo del 5% de la deuda si se abonasen las cuotas debidas dentro del segundo mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
- Recargo del 10% de la deuda si se abonasen las cuotas debidas dentro del tercer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
- Recargo del 20% de la deuda si se abonasen las cuotas debidas a partir del tercer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
Principio de proporcionalidad
El interés de demora está ahora en el 3,25%
No obstante, el interés de demora seguirá devengándose desde el primer día en que el trabajador por cuenta propia haya rebasado el plazo de ingreso fijado para las cuotas a la Seguridad Social. Como es lógico, el porcentaje podría cambiar una vez aprobada la Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo, pero el que estuvo vigente en 2016, que puede servir por ahora de referencia, es del 3,25%.
Los autónomos, un colectivo clave en España
Cabe recordar que los trabajadores por cuenta propia conforman en España un colectivo de más de tres millones de personas (3.206.336) y que supone el 18,3% del total de las personas dadas de alta en la Seguridad Social. Del total de autónomos, 1.984.268 son personas físicas, de los cuales el 21,9 por ciento (434.397) tienen trabajadores contratados (878.619).
Sólo en el primer semestre de 2016, los autónomos generaron 107.248 empleos netos: 40.524 nuevos trabajadores por cuenta propia y 66.724 asalariados contratados por los propios autónomos. Así, cada día del pasado ejercicio los autónomos generaron 596 nuevos empleos, de los que 225 son por cuenta propia y 341 por cuenta ajena. Esto supone que el 27,6% del empleo generado durante el periodo corresponde al trabajo autónomo y que, en la actualidad, uno de cada cuatro empleos en España es atribuible a esta modalidad laboral.