Los acuerdos de permanencia en la empresa

A cambio de financiar una cierta formación, el empresario puede pactar un periodo durante el cual el trabajador debe quedarse en el negocio.

La formación del trabajador en la empresa, también en la pyme, es una práctica común. Esa adquisición o renovación de conocimientos tiene una doble perspectiva: la del negocio o del empresario y la del empleado. En ocasiones, el segundo se ve beneficiado de la financiación de la empresa para recibir formación, lo cual suele implicar que ésta tenga ciertos derechos sobre el trabajador para compensar su inversión. Una de las posibilidades es acudir a los acuerdos de permanencia en la empresa.
Acuerdos permanencia en la empresa
Esta herramienta se enmarca en la gestión de Recursos Humanos (RRHH), más concretamente en el ámbito formativo, y puede ser práctico tanto para la empresa como para el trabajador. 

La formación del empleado en la empresa

Ganar en competitividad es una aspiración habitual en el mundo de la empresa. En ese sentido, la formación de los empleados puede resultar efectiva. Si el personal está mejor cualificado, en principio, los resultados empresariales serán más positivos. Además, al propio trabajador le quedará la formación recibida.

Formación ordinaria vs formación extraordinaria

No obstante, en lo que se refiere a los acuerdos de permanencia en la empresa, es preciso distinguir entre formación ordinaria y que se recibe de manera extraordinaria. Esa diferenciación resulta clave, dado que no hay opción a firmar un pacto de esas características si se trata de un aprendizaje diario, derivado de la actividad habitual. En el Estatuto de los Trabajadores queda fijado que la«especialización profesional con cargo al empresario» irá destinada a «poner en marcha proyectos determinados o realizar un trabajo específico».

Los acuerdos de permanencia en la empresa

En el mismo texto, en concreto en su artículo 21.4, se tratan los acuerdos de permanencia en la empresa. Así, cuando el trabajador haya recibido una especialización profesional con cargo al empresario para poner en marcha proyectos determinados o realizar un trabajo específico podrá pactarse entre ambos de forma voluntaria la permanencia en dicha empresa durante cierto tiempo. Es decir, que el empleado se compromete a quedarse en la empresa durante un periodo previamente pactado como compensación a la formación pagada por el empresario.
Acuerdos permanencia empresa
Ese compromiso del trabajador implica no sólo una limitación de su derecho a dimitir, sino también a pedir una excedencia voluntaria mientras dure el acuerdo.

Cuándo puede aplicarse un acuerdo de permanencia en la empresa

Para evitar ciertos abusos por parte del empresario que obliguen al empleado a quedarse un tiempo excesivo en su puesto de trabajo debe haber una proporcionalidad entre los gastos de formación y el tiempo de permanencia en la empresa. En general, debe darse un equilibrio de intereses entre las dos partes.
Los acuerdos de permanencia en la empresa
Sin embargo, hay que tener presente que la formación recibida por el empleado no computará nunca en términos de un posible acuerdo de permanencia en la empresa si está subvencionada por organismos públicos o por entidades privadas ajenas al negocio. De darse esa financiación el empresario no realizaría desembolso alguno, con lo que un acuerdo de permanencia carecería de sentido.

Duración de un acuerdo de permanencia en la empresa

El Estatuto de los Trabajadores es muy claro también en la duración de los acuerdos de permanencia en la empresa, ya que ésta nunca podrá ser superior a los años.

Cómo se aplica un acuerdo de permanencia en la empresa

Existen varios requisitos para que este tipo de pactos puedan darse legalmente:

  1. Los acuerdos de permanencia en la empresa deben formalizarse siempre por escrito.
  2. Los acuerdos de permanencia en la empresa son voluntarios, es decir, que la empresa o el empresario no pueden obligar al empleado a suscribirlo.
  3. Los acuerdos de permanencia en la empresa no pueden establecerse por convenio colectivo.
  4. Los acuerdos de permanencia en la empresa no son aplicables a la formación que se da a los recién incorporados a la empresa para el desarrollo básico de su actividad.
  5. Los acuerdos de permanencia en la empresa no tienen cabida en los cursos de idiomas o de informática.
  6. Los acuerdos de permanencia pueden darse cuando la empresa pague parcial o totalmente una determinada formación para el empleado.

Ventajas y desventajas de los acuerdos de permanencia para el trabajador

El empleado que acepta un acuerdo de permanencia recibe cierta formación sin adelantar o desembolsar dinero. La financiación corre a cargo del empresario, aunque el trabajador mejora su perfil profesional. El empleado compensará después al empresario con su propia fuerza de trabajo. La pega de los acuerdos de permanencia en la empresa es que pueden resultar un cierto lastre por tener que quedarse en los mismos puesto y negocio, aunque dependerá de cada caso.

Ventajas y desventajas de los acuerdos de permanencia para la empresa

Desde el punto de vista de la empresa, las ventajas de los acuerdos de permanencia son contar con un asalariado mejor formado, más preparado, y con la certeza de que estará en el negocio durante un tiempo determinado. Además de lograr una cierta fidelización del empleado. La parte negativa puede ser el gasto en el que incurre al pagar la formación del trabajador. Obviamente, habrá que analizar cada situación y ver si sale rentable o no.

Incumplimiento de un acuerdo de permanencia en la empresa

Finalmente, si eres un trabajador que se ha comprometido a un acuerdo de permanencia en la empresa y abandonas tu puesto antes del plazo pactado, el empresario tendrá derecho a una indemnización de daños y perjuicios, según consta en el Estatuto de los Trabajadores.

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