Publicado por Daniel Ratto - 20/01/12 a las 10:01:18 am

Las cotizaciones a la Seguridad Social son obligatorias para todos los trabajadores, tanto por cuenta ajena. Desde el último cambio normativo los autónomos pueden elegir una base de cotización que puede alcanzar hasta el 220% de la base mínima para cada ejercicio. Os explicamos cómo funcionan las bases de cotización para autónomos y cuáles están vigentes en 2012.
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Fecha de publicacion: January 20, 2012
Categorias: ATA, Autónomos, Bases de cotización, UPTA, sindicatos
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Publicado por Jose Trecet - 20/01/12 a las 10:01:17 am

¿Cuánto pagamos de Seguridad Social? ¿Quienes están obligados a cotizar a la Seguridad Social? ¿Por qué debemos cotizar? ¿Qué parte de las cotizaciones corresponde al empresario y qué parte al trabajador? Estas son sólo algunas de las dudas que pueden surgir a la hora de abordar el temas de las cotizaciones y que trataremos de resolver en los siguientes párrafos.
Las cotizaciones a la Seguridad son una obligación de todos los trabajadores desde el momento en el que se incorporan al mercado laboral, tal y como se explica desde la propia Seguridad Social. Todos los trabajadores, independientemente del sector en el que desarrollen su actividad, tipo de contrato o condición como autónomo o asalariado y sólo se extingue está obligación con el cese del trabajo.
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Publicado por Daniel Ratto - 15/02/11 a las 03:02:17 am

Una de las noticias dentro de las reformas que se están dando y que recae sobre el colectivo de trabajadores autónomos, ya que el Gobierno ha decidido la subida de las cotizaciones sociales a los trabajadores autónomos. Si bien los mismos trabajadores tendrán sobre sus espaldas el esfuerzo sobre el sistema de pensiones.
Es así que el borrador del Anteproyecto de Ley de Seguridad Social establece que el Gobierno suba las bases de cotización de los autónomos anualmente y por sobre las revalorizaciones que se dieron en estos últimos años, las que fueron del 2%.
Queda establecido que desde la misma aprobación de la subida de la base mínima de los autónomos además de las otras bases, se llevará a cabo a partir de la subida de las cotizaciones del Régimen General, a medida que se eleven los salarios. De forma que a los trabajadores autónomos se les sumará un punto más.
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Fecha de publicacion: February 15, 2011
Categorias: Autónomos, Bases de cotización
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Publicado por Daniel Ratto - 09/02/11 a las 10:02:50 pm

Actualmente unos 600.000 trabajadores autónomos llegan a cotizar por la prestación de paro, esta cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, les posibilita a los autónomos acceder al “paro de los autónomos” ante la situación de cese involuntario de la actividad, que se elevó a más de 60.000 personas en diciembre y enero, lo que significa más de 600.000 emprendedores se encuentren cubiertos.
Estos datos parten de Seguridad Social, que se encuentra dentro de la campaña “Hazlo por ti”, que tiene por objetivo desde el Gobierno y ATA y UPTA fomentar sobre los emprendedores para que estos decidan cotizar por sobre las bases mínimas actuales.
Si se nota los números de trabajadores autónomos que cotizan por esta prestación por cese de actividad llega a significar que el 20% de este tipo de trabajadores se encuentre cubierto frente al cierre de sus negocios.
Vale recordar que desde noviembre de 2010 se encuentra vigente la ley que se encarga de regular dicha prestación, cuando significaban el 10% de los autónomos que cotizaban habiendo aumentado hasta el actual 20%. Se prevé de acá a unos años que se llegue al 50% de autónomos que coticen.
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Fecha de publicacion: February 9, 2011
Categorias: ATA, Autónomos, Bases de cotización, Emprendedores, UPTA, cotización autónomos, de paro, desempleo, estar de paro, prestación por desempleo
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Publicado por admin - 11/08/09 a las 11:08:55 am
Todas las empresas y trabajadores están obligados a cotizar a a la Seguridad Social ciertas cantidades de su salario, que además después se reflejan en la nómina. Estas aportaciones a la Seguridad Social se determinan en función de unas bases de cotización.
Las bases de cotización están regidas por una serie de porcentajes legalmente establecidos y que varían todos los años. Existen diferentes regímenes dentro de la Seguridad y cada uno cuenta con sus bases de cotización.
La tabla de bases de cotización 2009 según aparece en la página web de la Seguridad Social es la siguiente:

También se pueden consultar a través de este enlace.
En el caso de los trabajadores adscritos al Régimen General de la Seguridad Social (el más común, como su propio nombre indica), se tendrán en cuenta para determinar la base de cotización la remuneración total que reciba el trabajador excluyendo, eso sí algunos elementos que no se computarán en la base de cotización como son dietas y asignaciones para gastos de viaje, gastos de locomoción, plus de distancia y plus de transporte urbano, las indemnizaciones por fallecimiento, y las indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones, despidos y ceses; y la cantidades que se abonen en concepto de quebranto de moneda, por desgaste de útiles y herramientas de trabajo y las previstas para la adquisición de prendas de trabajo.
Los elementos que sirven como base de cotización se pueden dividir en:
Contingencias comunes, que suma la remuneración mensual una vez excluídos los conceptos no cotizables y añadido la parte correspondiente al prorrateo de la paga extraordinaria (si se diera el caso).
Contingencias profesional, cubre los riesgos en caso de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y se calcula como las contingencias comunes pero sumando las horas extraordinarias.
Base por desempleo, formación profesional y Fogasa, se calcula según las reglas de las contingencias profesionales.