Impuesto de sociedades europeo en las empresas

Hace unas semanas se viene hablando en el sector de las empresas sobre el Impuesto de Sociedades europeo, algo que ha puesto contentas a varias de ellas. En los departamentos fiscales en las empresas son los que han visto con buena acogida que Bruselas que ha aprobado que se cree una base armonizada en el impuesto sobre sociedades europeo para las empresas, algo que cuando se aplique le representará ciertas ventajas.

Dicha aprobación se ha dado en la Comisión Europea, les representará un ahorro fiscal a las empresas y también se verá reducido el alto nivel de burocracia que se llega a dar y retrasa a las empresas en este aspecto. Dicho nuevo impuesto era pretendido desde hace unos 10 años.

Tras la efectiva aprobación de la Comisión Europea, se iniciarán los procesos para crear un impuesto sobre sociedades armonizado, y que permite una sustancial armonización fiscal de la UE y de las ventajas que traerá para las empresas y el sistema.

Según la Comisión Europea de consolidarse la base imponible les beneficiará a las empresas en un ahorro por 1.300 millones de euros, y los menores costes administrativos se podrían reducir en  700 millones de euros.

Entre lo que se destaca es la posibilidad de simplificar las cargas administrativas, ya que aquellas con empresas con filiales distribuidas en diferentes Estados miembros tendrán que hacer presentaciones de sus declaraciones pero dentro de cada una de las Administraciones tributarias en las que opere.

Por lo que con el nuevo impuesto sobre sociedades europeo, las empresas pasarán a calcular la base imponible a partir de una sola normativa debiendo abonar el tributo a la autoridad fiscal del Estado en dónde se encuentre radicada la matriz.

Mientras que el Estado que se encargará de recaudar el impuesto el que distribuirá dicho fondo entre los demás países dependiendo de en cual la empresa posea su plantilla, así como sus activos y ventas.

De todo ello, a España le reportará beneficios, esto dado el tamaño de su mercado, permitiendo la ampliación de la base imponible agregada. Si bien, la armonización no afectará a los tipos impositivos. En España, se cuenta con un gravamen del 30%, y se ubica como el quinto país de la UE que registra el tipo más alto, peor a diferencia de otros Estados, la actual legislación española permite diversas deducciones y beneficios fiscales lo que hace que el tipo efectivo se ubique en el 18%.

Además de que las empresas podrán llegar a compensar sus pérdidas de las filiales extranjeras, lo que será ventajoso a la hora de los balances y resultados al final del ejercicio.

Todavía resta saber cual será la fórmula en común, debido a que cada Estado no desea modificar los aspectos internos en materia fiscal. Por lo que se espera una dura negociación respecto a la propuesta de la base tributaria consolidada en común del impuesto de sociedades.

También para poder establecer cual será la fórmula que posibilite calcular la base imponible así como las bases para la distribución de criterios de reparto ingresos entre los Estados miembros. Es por ello que la Comisión Europea pretende que para que se llegue a buen puerto en esta materia y no dejar pasar el tiempo entre negociaciones, desea que el impuesto sobre sociedades europeo tenga carácter de opcional.

De esta forma my de aprobarse, las empresas tendrán la posibilidad de optar por seguir como hasta ahora o volcarse a al nuevo impuesto.

Recién se pondría en marcha para 2013 el impuesto armonizado, ya que no saldrá rápido la aprobación definitiva como suele pasar en este tipo de negociaciones que abarca a muchos intereses y países.

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