Aprobada la prorroga para las prestaciones de autónomos

En el mismo paquete de medidas aprobadas por el gobierno para la prórroga de los ERTE, el gobierno también ha aprobado prorrogar las ayudas y prestaciones para autónomos iniciadas en la primavera de 2020.

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Vamos a conocer un poco más sobre esta prórroga, lo que conlleva y a qué prestaciones afecta.

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Ampliación de plazo de las ayudas y subsidios para autónomos

En primer lugar, se amplía hasta el 28 de febrero de 2002 las prestaciones que se iniciaron en marzo de 2020.  Los trabajadores acogidos en el régimen especial de trabajadores autónomos que se encontraron bajo la protección de estas herramientas, verán de este modo ampliado el plazo de exoneración. Este plazo correspondería 90% en el mes de octubre, el 75% en noviembre, el 50% en diciembre, y el 25% en enero.

El conjunto de las prestaciones y subsidios, se mantendrán hasta la fecha indicada con las siguientes características:

  1. Prestación por las suspensiones de actividades: con una cuantía de 70% de la base mínima de cotización y con excepción de pago de la cuota de autónomos.
  2. Prestación compatible con actividad: es posible utilizarla por aquellos trabajadores que han tenido una reducción en la facturación. Concretamente, una disminución de al menos el 50% durante el tercer y cuarto trimestre de 2021 comparado con 2019, y no haber obtenido un rendimiento de al menos 8070 € netos en dicho periodo de tiempo.
  3. Prestación para quien no cumple con ninguna de las dos características anteriores: en este caso la prestación será del 50% de la base mínima de cotización. Para acceder a esta prestación hay que demostrar una caída de ingresos superior al 75% en el cuarto trimestre de 2021 respecto al mismo periodo de tiempo de 2019. Por otro lado, los rendimientos netos entre julio y diciembre de 2021 no puede ser superiores al 75% del SMI.

Además de las anteriores, que vendría a ser las más comunes, también se ha aprobado la prórroga de las dos siguientes:

  1. Prestación para trabajadores autónomos temporales: en este caso, será una prestación que puede aportar hasta el 70% de la base mínima. Para tener acceso a ella es necesario tener unos ingresos durante el tercer y cuarto trimestre de 2021 inferiores a 6725 €
  2. Prestación para trabajadores por cuenta ajena que se hayan visto afectados en la erupción del volcán de la isla de La Palma. Estos trabajadores, si han tenido que suspender su actividad, podrán recibir prestaciones sin contar los primeros cinco meses

Este conjunto de medidas ha venido acompañado, como decíamos por una ampliación de los ERTE a la cual prestaremos más atención en detalle en un próximo artículo y que, se extenderá de momento hasta el próximo 28 de febrero. Pudiendo tratarse de la última prórroga salvo casos excepcionales.

 

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