Convertirse en autónomo es un paso importante. Los trámites para hacerse autónomo no son ni tan complicados ni tan tediosos como los de crear una sociedad limitada. De hecho, en teoría pueden completarse en una misma mañana dependiendo de la actividad a realizar por el trabajador por cuenta propio. Os explicamos el proceso.
La entrada en el mundo del emprendedor pasa por hacerse autónomo. El aterrizaje ya os deja algunas pistas de los males endémicos del trabajador por cuenta ajena: el papeleo, especialmente con Hacienda. Para darnos de alta como trabajadores autónomos será necesario llevar a cabo diferentes gestiones con distintas administraciones públicas. Los plazos de espera pueden variar en función de la actividad que se desarrolle, pero de lo que nadie nos librará es de una visita a las oficinas de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social.
Vamos a ver cómo es el proceso de hacerse autónomo y qué necesitaremos en cada momento.
Alta en el IAE
Este es el primer paso. El IAE oImpuesto de Actividades Económicas es un tributo que grava el ejercicio de actividades empresariales. Se trata de un impuesto obligatorio tanto para empresas como para autónomos y cualquier tipo de profesional, aunque está exento de pagarse en muchos casos. La declaración de alta censal en el IAE se realiza en las oficinas de la Agencia Tributaria, aunque existe la posibilidad de llevarla a cabo de forma telemática en internet a través de este enlace de la Sede Electrónica de la AEAT.
Si la tasa de paro les preocupa a todos los españoles ni que decir en cada Comunidad Autónoma que debe luchar localmente contra el desempleo y esperar que el Gobierno español acierte con las medidas, lastimosamente Baleares es la que lidera la lista en pérdida de trabajadores autónomos del mes de Noviembre de 2011 es decir el paro autónomo de Noviembre, con 3.654 trabajadores activos menos.
Con este número y otros es que Baleares sobresale entre las Comunidades Autónomas con la mayor caída de los trabajadores autónomos registrado durante Noviembre y entrando en comparación con el mes de Octubre, la dejar atrás un total de 3.654 activos.
Entre las demás Comunidades Autónomas, Canarias pudo ser la excepción esta vez, ya que ha logrado aumentar su afiliación con 434 activos. Por el lado de la Comunidad de Madrid, creció hasta los 520; País Vasco, registró un total de 215, y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, 15 activos nuevos registraron ambas.
En los sectores, se dio por segundo mes consecutivo, resaltando el de la hostelería como el sector que logró más afiliados autónomos que se dieran de baja en total fueron 3.942; el sector de la construcción perdió en total 3.258 ocupados; por el lado del comercio perdió un total de 1.571 cotizantes, y el transporte 229 afiliados menos.
Los números son del informe salido de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos, UPTA. Los datos que marcan el total del paro autónomo en España refleja que, el empleo autónomo ha caído en Noviembre pero algo menor que lo que registró Baleares, registrando una caída en 8.469 afiliaciones en el RETA. Desde la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), remarcan que lo que viene para el colectivo de trabajadores autónomos es mucho peor de tomarse las medidas que hagan aunque sea ralentizar y frenar el paro entre los autónomos.
Además de que el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)siguió en pérdidas de cotizantes durante Noviembre, se registraron un total de 8.469 bajas y 32.377 en los últimos 12 meses, mientras que en el dato acumulado de 2011, se registraron en total 25.880 trabajadores que decidieron darse de baja al RETA.
Entre los indicadores que hacen que las previsiones sean de mal en peor es que los problemas por los que pasan no se reducirán en 2012 y puede que empeoren se trata de la falta de crédito y como va la situación tardará en volver a fluir, a la par la morosidad seguirá alta y las deudas de los Ayuntamientos para con los autónomos seguirá de pie y aumentando mes a mes si la crisis no para los autónomos no les queda muchas salidas ante situaciones que se les van de las manos ya que muchas de las modificaciones deben partir de órganos del Gobierno español.
Galicia no ha perdido el ritmo de de las demás Comunidades Autónomas ya que al igual que las demás se vio afectada por la crisis económica nadie se salva y más cuando la tasa de paro ya superó los 5 millones de desempleados, los datos indican que Galicia ha perdido Durante el mes de Noviembre un total de 582 trabajadores autónomos,registrando una caída del 0,3% respecto a Octubre de 2011.
Esta situación que se da enGaliciano se frenará fácilmente y solo si el desempleo empieza a bajar en toda España, las previsiones dicen que Galicia podría registrar en la pérdida neta de empleo autónomo más de 3.000 puestos cuando finaliceDiciembre de 2011.
Galicia en dicho periodo perdió hasta 582 trabajadores autónomos en Noviembre, lo que hizo que la cifra pasara de 218.600 a los 218.018, significando una caída del 0,3% respecto a Octubre.
Todos estos datos pertenecen al informe de la Asociación de Trabajadores Autónomos de Galicia-ATA Galicia y muestran que para el conjunto del Estado se registró una caída intermensual del 0,3% de autónomos afiliados (-8.469) trabajadores autónomos menos.
Yendo más allá de estos datos, se dio en cuatro provincias de Galicia una caída durante el mes de Noviembre cada una en su conjunto de trabajadores autónomos, aunque fue Pontevedra la de mayor caída (0,4%), con 279 autónomos menos. Detrás vienen Lugo y Ourense, que tuvieron una caída del 0,3% habiendo perdido 104 en Lugo y 67 autónomos en Ourense, y A Coruña, registró un descenso del 0,2%, y en términos absolutos, unas 132 cotizantes menos dentro del régimen de autónomos.
El total de todos los sectores, se han visto afectados, las actividades artísticas y recreativas registraron un (-1%), las actividades administrativas (-1%), hostelería (-0,6%), construcción (-0,5%), agricultura (-0,4%) e industria (-0,2%) han sido los más afectados en términos relativos.
Los sectores que lograron evitar las caídas, fueron los sectores de educación (1,3%), las actividades sanitarias (0,5%) y las actividades profesionales (0,2%) lograron registrar un aumento de trabajadores autónomos afiliados durante Noviembre pasado, los sectores de educación obtuvieron 47, las actividades sanitarias fueron 23 y las actividades profesionales fueron de 26 trabajadores más.
Las previsiones no son fáciles de aceptar en el último mes del año y que seguirá perdiéndose cantidades de colectivo autónomos, la peor previsión de cara a final de 2011 finalizaría una pérdida neta de empleo autónomo de más de 3.000 menos. Así como se busca evitar que siga creciendo el paro juvenil debería evitarse que también crezca el desempleo entre el colectivo de trabajadores autónomos.
La prestación por desempleo para trabajadores autónomos es una realidad de la que ya disfuta la mayor parte de este colectivo, que puede acceder al paro para autónomos. En total se cubre un periodo máximo de 12 meses en el que se cobrará un 70% de la base reguladora dentro de unos límites, tal y como ocurre con el paro de los trabajadores por cuenta ajena. Para poder acceder a la prestación por desempleo como autónomos es necesario cumplir una serie de requisitos que os detallamos a continuación.
El paro de los autónomos es una realidad gracias a la Ley 32/2010, de 5 de agosto de 2010 que permite a los autónomos cobrar la prestación por cese de actividad. El sistema de protección para los trabajadores autónomos difiere del paro ’nomal’ en varios aspectos, empezando porque no es obligatorio cotizar por él. Y es que no todos los trabajadores autónomos deben cotizar por esta contingencia, que según la Instrucción del 28 de octubre de 2010 Tesorería General de la Seguridad Social será “obligatoria para todos los trabajadores autónomos que tengan cubierta la protección por contingencias profesionales”. El resto de podían elegir hasta febrero de 2011 si cotizaban o no por la contingencia de prestación por cese de actividad. De todas formas, es una opción que deben plantearnos en la Seguridad Social al hacerse autónomo en caso de que no fuese obligatorio pr nuestro epígrafe.
Cuánto cuesta
Acceder al paro como autónomos conlleva una serie de costes. En concreto, será necesario aumentar las cotizaciones a la Seguridad Social un 2,2% sobre la base de cotización del RETA, lo que a efectos prácticos y para la base mínima supone 18,7 euros más al mes, a lo que habría que añadir la mencionada cobertura por contingencia profesional en caso de no estar obligado a cotizar por ella.
Suele darse en la situación de despido y se cae en el paro, cuando se extingue el contrato laboral, existe el documento denominado finiquito, que según los expertos tiene característica de liberatorio hacia mabos lados, es decir el empleados y el empleado y en el que figura la extinción del mismo.
Cuando se da el despido y más allá de la indemnización que les corresponderá al nuevo desempleado, se da la obligación de liquidar las cuentas pendientes del contrato por lo que se utiliza el finiquito. Por lo que es de valor importante saber cómo calcularlo.
Para evitar errores voluntarios o involuntarios, lo que finalmente producirá que se asignen mal las cantidades por sobre lo que debemos cobrar o sumas inferiores a las que nos deben.
Al finalizar el contrato laboral, sea por el motivo que sea, tenemos derecho a percibir el finiquito, existe tras este hecho una compensación de forma económica, la que consiste en la suma de tres conceptos:
La parte de salario que corresponde por los días trabajados en el mes en que se produce el despido.
La compensación por la parte proporcional del periodo de vacaciones no disfrutadas.
La parte proporcional de pagas extras.
Es así que el finiquito debe incluir todas las remuneraciones devengadas por el empleado y que aún no se han percibido. Estos son los pasos a seguir:
Calcular el Salario Pendiente del mes en Curso:
En principio se debe calcular el dinero que nos debe la empresa por los días del mes que trabajamos y en el que se produce el despido. De esta manera, si el salario percibido es de 930€ mensuales, y trabajamos hasta el 4 de Septiembre.
Con Estos Datos se Deberán Calcular Así:
Primero dividir los 930€ por 30 días, el resultado será el salario que cobramos por día, siendo en este ejemplo 31€.
Segundo, multiplicar dicha cantidad por los 4 días que trabajamos, dando por resultado 124€ que deberemos cobrar.
Para realizar este tipo de cálculo respecto al salario diario, se dividirá siempre por 30 días, más allá de meses que tengan 31 días.
A todo esto, el empleado que sea despedido debe percibir una cantidad por la parte de las vacaciones que aún no ha disfrutado.
La Forma de Calcularlo es:
Primero se debe contar cuantos días del año hemos trabajado hasta el día del propio despido. Siguiendo este ejemplo si se ha trabajado hasta el día del despido o sea el 4 de Septiembre, entonces los días que hemos trabajado han sido 244 días.
Tras esto deberemos averiguar cuantos días de vacaciones nos pertenece por derecho según los días del año que hemos trabajado. La forma de calcularlo es, si por 360 días (1 año) se tiene derecho a 30 días de vacaciones, por los 244 días trabajados nos corresponderían 20,33 días (se redondea hasta los 21 días), a estos 21 días hay que descontarles los días de vacaciones que ya hemos disfrutado. Si se han disfrutado de 3 días, nos quedarían otros 18 días.
Para calcular la compensación económica que deberá figurar en el finiquito, hay que multiplicar estos 18 días no disfrutados por el salario diario de 31€, el resultado será de 558€, esta cantidad será lo nos deberá abonar la empresa por vacaciones no disfrutadas.
De esto, nos corresponde por derecho las pagas extraordinarias que corresponderían en el año. Para calcularlas se deberá:
Tomar como primera referencia el tiempo que trabajamos hasta el propio día del despido. Siguiendo el ejemplo anterior con los términos, tenemos 2 pagas extras de 900€ cada una: Una es la paga de Navidad, la que se devenga el 1 de Enero del año en curso, y la paga de verano, esta se devenga el día 1 Julio del mismo año.
Primero se deberá dividir cada una de las pagas entre los 360 días del año, de esta manera tendríamos 2,50€ al día.
Para calcular el total de dicha cuantía, los 2,50€ se deben multiplicar por los días que han transcurrido desde que se devengaron las pagas hasta el día del despido. Con respecto a la paga de Navidad, desde el 1 de Enero hasta el 4 de Septiembre han pasado 244 días, multiplicados por los 2,50€ da como resultado 610€.
Para la paga del mes de Julio, se debe hacer similar cálculo, sólo que para este caso se debe empezar a contar desde el 1 de Julio hasta el día 4 de Septiembre hay 64 días, multiplicándolos por los 2,50€ diarios, da como resultado 160€.
Tras haber calculado las cantidades de las distintas partes en las que se compone el finiquito, lo último que se deberá hacer será la suma con todas las partes. Este sería el hipotético resultado: 124€ -el salario inacabado del último mes-, más 558€ (vacaciones sin disfrutar), más 610€ (paga de Navidad) y más los 160€ (paga de Julio) siendo el total a cobrar de: 1.452€.
Al formalizar el finiquito, la antigua empresa deberá entregarnos un documento en el que se acredite que está de acuerdo con las cantidades percibidas y con la extinción del contrato. En este caso se suele por parte de nosotros el firmarlo, no siendo obligatorio para ninguna de las dos partes. Si no estamos conformes, no hay obligación de firmarlo, pero al no hacerlo no percibiremos las cantidades acordadas.
Queda la opción de firmarlo, pero escribiendo el añadido de “Recibido, pero no conforme”. Al hacerlo de esta manera, más adelante se podrán hacer las reclamaciones necesarias siempre en un periodo de tiempo no superior a 1 año.
El siguiente es un video práctico de cómo calcular en un Excel el finiquito uno mismo:
En verdad existe una cifra exacta, verdadera y indiscutible de cuantos son los trabajadores autónomos que se benefician de la actual prestación de cese por actividad, a simple vista desde el Gobierno nos pueden decir que funciona a pleno, de parte de las asociaciones y sindicatos que no es tan así como el gobierno lo intenta mostrar, la realidad es una sola pero los interlocutores de ella son muchos a veces existen verdades a medias sobre el el cobro del paro.
El Gobierno calcula que se lograrán beneficiar unos 650.000 autónomos gracias a la prestación por cese de actividad, a ojos del ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, esa es una cifra positiva. Además de que por si misma está prestación tiene carácter de innovadora comparando con los demás estados de la UE, no habría que olvidarse a que se debe la creación de esta prestación.
Con el inicio del mes de Noviembre ha entrado en vigencia la posibilidad de solicitarse las peticiones de reconocimiento por este tipo de protección a los desempleados, tras haberse cumplido el mínimo plazo de cotización que es de 12 meses contando desde la aprobación de la norma. Actualmente la cantidad de cotizantes al sistema de protección por cese de actividad alcanza los 502.263.
Desde Enero de 2012 podrán incorporarse al sistema los trabajadores autónomos agrarios, lo que representa una ventaja, pueden comprobar los 150.000 trabajadores autónomos agrarios que ya han cubierto sus contingencias profesionales.
Característica de la Prestación:
Es a toda vista un sistema contributivo que le permite al autónomo poder cotizar el 2,2% de su base de cotización.
Mientras que aquellos autónomos que coticen por dicha contingencia podrán ver reducida su cotización gracias a la cobertura de incapacidad temporal hasta en el 0,5%, por lo que la prestación alcanzará el 70% en la media de las bases de cotización del autónomo de los 12 últimos meses.
También se dio a conocer en su momento que la entidad que se encargue de la gestión de la prestación correrá con los costes que genere la cotización por contingencias mientras dure la la prestación percibida. Una de las ventajas es que se incluye al colectivo que desarrolla sus actividades en el sector agrícola y ganadero.
Se estipula el cese temporal de actividad para las situaciones como:
-Cambio de cultivo o actividad ganadera por fuerza mayor, pudiendo durar el tiempo que lleve desarrollar el nuevo cultivo o ganadería
-Daño en explotaciones agrarias o ganaderas por fuerza mayor, permitiendo que dure el tiempo que deba recuperarse
-Periodo de erradicación de enfermedades en explotaciones ganaderas
-Violencia de género que genere un cese temporal de la actividad de la trabajadora
-Pueden adherir se comuneros y socios de sociedades de cualquier naturaleza agrícola o ganadera, que lleguen a cesar en dicha condición
-Todo ellos podrán acceder a la prestación por cese de actividad, incluyendo la situación por pérdidas económicas.
Ley de la Prestación por Cese de Actividad:
A través del real decreto que fue aprobado permite cumplir con los mandatos establecidos.
En el mismo se establece que deberán presentar una serie de documentos:
El trabajador autónomo deberá presentar para solicitar al órgano gestor que se le de el derecho a la prestación en 1 mes a partir de que se produce el cese actividad del mismo. Mientras que esta prestación junto a la cotización realizada por parte del respectivo órgano gestor se dará desde el mes que le siga a su reconocimiento para ser percibida.
Eliminar las cuotas a la Seguridad Social de jóvenes autónomos en paro, esta sería una de las posibilidades que intenta impulsar la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) para los que han estado hasta 1 año desempleados.
Lo que sería de gran ayuda si se elimina la cuota de la Seguridad Social por 2 años ayudando a los autónomos con menos de 30 años cumpliendo el requisito de haber estado inscritos en oficinas de empleo por un mínimo de 12 meses en los 18 anteriores meses al alta.
UPTA también pretende que se les otorgue una bonificación de la cuota del 30% durante los 3 próximos años. Además debería aplicarse cuanto antesa dada la actual situación por la que pasa este colectivo y a que el autoempleo juvenil se ha vuelto una de las posibilidades de salida alboral al emprender sus negocios y ofrecerse cada vez más cursos para ello.
Otra fórmula es la de desarrollar un sistema único de microcréditos público-privado, creando una línea propia del Instituto de Crédito Oficial (ICO). Ya que no existe un sistema integral de microfinanciación para jóvenes emprendedores.
Para lograr cubrir la cobertura de prestación por cese de actividad esa es la cantidad que han optado por cotizar, y por accidente de trabajo y enfermedad profesional han optado unos 75.000 más respecto a lo sucedido a fines de 2010; 100 mil más que al momento de entrar a regir la Ley, y unos 4.744 más que en Abril.
Lo que no hace más que, reflejar que cada vez son más los autónomos que optan por la nueva prestación y que la campaña lanzada por UPTA y la Seguridad Social, es exitosa faltando solo 4 días para que expire el tiempo ya que termina a fines de Junio.
Entre las Comunidades Autónomas que captan más contribuyentes se ubica Andalucía, con 127.753, el 27,18% del total de autónomos de Andalucía y superando a la media nacional, que llega aser de 20,73%.
Por género, puede decirse que las mujeres también están escogiendo cotizar por dichas prestaciones, son unas 212.231, mientras que, los hombres alcanza la cifra de 431.786. Mientras que, los autónomos extranjeros alcanzan los 42.149 cotizantes.
El Acuerdo Social y Económicoestipula que las empresas que han que han despedido no accederán a ayudas para la contratación parcial. Esta es una de las medidas que el Consejo de Ministros ha aprobado y que forman parte del Plan de Choque con el objetivo de crear.
Entre las novedades pueden notarse que no se bonificarán los contratos a tiempo parcial de empresas que decidieran reducir su plantilla 6 meses antes.
Además el Ministerio de Trabajoestima que la ayuda para jóvenes desempleados que han agotado la prestación de la ayuda de 400 eurossignificará y afectando 80.000 jóvenes por mes y 400 millones de euros a las arcas públicas.
Mientras que ante la ayuda de 426 euros venia afectando de forma mensual a 198.000 beneficiarios registrados, la que finalizará el próximo 16 de febrero.
El Plan de Choque, estipula la bonificación a la contratación a tiempo parcial para jóvenes y parados de larga duración por empresas y pymes. Se maneja la posibilidad que las empresas que han reducido sus plantillas 6 meses antes puedan solicitarla.
Por lo general se habla de la situación del colectivo de trabajadores autónomos en España, pero se puede ir más allá de los datos del paro de autónomos español o del cálculo de la pensión de los autónomos y ver como se encuentra este colectivo a nivel general los autónomos en la UE.
Se sabe que el número de autónomos en España llego a marcan un descenso del 1,2% en los 9 primeros meses de 2010, a la vez que la cifra a nivel UE se elevó en un 2,4%, debido al crecimiento de países entre los que se encuentra: Rumania, Francia, Reino Unido o Italia, así lo refleja la Eurostat y basado 30 países de Europa en un informe de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).
Vistos los números a valores absolutos, España registró una caída en dicho periodo de unos 38.732 autónomos, y la Europa en cambio los elevó en 911.068 autónomos.
Mientras que los datos muestran como les ha ido ya que crecieron por sobre la media:
-Islandia (17,7%)
-Rumania (+16,4%)
-Eslovenia (+16,3%)
-Malta (+10%)
-Letonia (+6,2%)
-Luxemburgo (+6,1%)
-Austria (+6%)
-Francia (+5,8%)
-Holanda (+4,4%)
-Reino Unido (+3).
Los que han demostrado un menor crecimiento han sido: Alemania (+1,5%) o Italia (+1,2%), por debajo de la media, y los que se mostraron en números rojos han sido: Portugal (-6%) y Grecia (-21,4%).
Otro dato interesante en cuanto al total de población ocupada a septiembre de 2010, el 16,3% han correspondido a trabajadores autónomos, por sobre dicha media se ubican:
-Grecia (30,1%)
-Turquía (24,7%)
-Italia (23,5%)
-Rumania (22,8%)
-Portugal (21,8%)
-Polonia (18,7%)
-República Checa (17,2%)
-España (16,8%)
-Chipre (16,6%)
-Irlanda (16,4%)
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