Préstamos participativos, una opción ‘a medida’

¿Qué ventajas aportan los préstamos participativos frente a otro tipo de financiación? ¿Qué organismos y entidades suelen conceder este tipo de préstamos? ¿Cómo están estructurados y cuáles suelen ser sus condiciones? Respondemos a estas y otras preguntas para dejar bien claro qué son los préstamos participativos.

La financiación es clave para cualquier empresa y todavía más para la pyme por sus limitados recursos. Existen varias alternativas a la hora de buscar dinero a la hora acometer un proyecto, comprar material o cubrir cualquier otra necesidad de la compañía. Los préstamos participativos son una de estas fórmulas. Destacan por su versatilidad frente a los cerrados préstamos clásicos, pero también tienen sus riesgos. 

Préstamos participativos

¿Qué es un préstamo participativo?

Regulados por el artículo 20 del Real Decreto-Ley 7/1996 del 7 de julio y por la Ley 10/1996 del 18 de diciembre, los préstamos participativos son una interesante opción de financiación, especialmente para las pyme. Básicamente se trata de préstamos, pero mucho más versátiles que los clásicos, ya que se amoldan mejor a las vicisitudes económicas de la empresa. Otra de sus principales características es su larga duración, generalmente entre cinco y diez años con amplios periodos de carencia, y que no exige más garantías adicionales que las que ofrece el propio proyecto empresarial.

Pero ¿qué puede considerarse un préstamo participativo?. Evidentemente existen una serie de parámetros que sirven para definirlos.Son los siguientes:

  • La entidad prestamista establece un tipo de interés variable en función de la evolución del negocio de la compañía beneficiaria del préstamo,
  • El préstamo puede incluir, aunque no es obligatorio, un interés fijo.
  • La compañía sólo podrá amortizar anticipadamente el préstamo si lo compensa con una ampliación de igual cuantía de sus fondos propios, es decir, que debe contar con recursos propios por el mismo importe del préstamo. A esto se puede añadir una penalización adicional por amotización anticipada
  • Se trata de préstamos subordinados, lo que los sitúa después de los acreedores comunes en el orden de prelación. Esto permite que la compañía aumente su capacidad de endeudamiento.
  • Se consideran patrimonio contable para una posterior reducción de capital o una posible liquidación de sociedades.
  • Los intereses pueden deducirse sobre la base imponible en el Impuesto de Sociedades.

Pero este préstamo no está disponible para todas las empresas. Solo las pyme pueden acceder a este tipo de financiación e incluso para éstas existen restricciones. La más significativa es que no puede pertenecer al sector financiero ni al inmobiliario.

La entidad que conceda el préstamo pedirá también que las cuentas estén auditadas y que la situación económica y financiera esté saneada.


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Ventajas de los préstamos participativos

En la propia definición de los préstamos participativos ya hemos podido ver varias de estos créditos, aunque podrían resumirse en que el coste para le empresa es menor, son abiertos pero sobre todo que evita la participación y cesión de la propiedad de la empresa a terceros, además de ‘vetar’ la posible entrada de socios hostiles. Pero sin embargo, la parte más importante es que adecua el pago de los intereses a la marcha económica de la empresa al tiempo que permite un plazo de amortización (entre 5 y 10 años) más elevado que los préstamos y créditos tradicionales, a lo que hay que sumar la carencia.

Este último punto permite que el circulante de la empresa y sus cuentas no sufran con la devolución del préstamo si el negocio está tardando más de la cuenta en despegar, por ejemplo. Además, los periodos de carencia, especialmente la inicial, supone un colchón para el equipo gestor, sobre todo si se trata de un proyecto incipiente.

El prestamista también sale ganado

Las empresas y sociedades prestamistas también cuentan con sus ventajas, empezando por el rendimiento del crédito previsible y más a corto plazo. Además, resulta más sencillo desinvertir y, sobre todo, elimina la dificultad de valoración de la empresa en la concesión del préstamo.

El mayor, por no decir el único problema que presenta esta herramienta financiera es su desconocimiento. Y es que los datos reflejan que los préstamos participativos apenas sí se utilizan entre las pyme. En la actualidad las entidades bancarias están tratando de fomentar el uso  de estos préstamos en colaboración con organismos públicos o de capital público.

Uno de los más conocidos en este sentido es la Empresa Nacional de Innovación (ENISA), adscrita al Ministerio de Industria y Comercio a través de la Dirección General de Política de la Pyme, y cuya principal misión es utilizar préstamos participativos para ayudar a las pyme en sus proyectos y tratar así de fomentar la inversión privada.

Y no es la única, la iniciativa Luzaro EFC del Gobierno Vasco, Kutxabank, Banco Sabadell, Caja Laboral, Bankia y la propia Enisa, o Cofides también trabajan esta herramienta de financiación. Los préstamos participativos también son habituales entre los Business Angels.

La cuantía de los préstamos dependerá de cada entidad, pero pueden alcanzar hasta el millón de euros en algunos casos.

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¿Mejor que el Capital Riesgo?

Entre la alternativas de financiación se encuentra también el capital riesgo, que es mucho más cercana para la pyme y también más habitual. Un trabajo de Enisa que podéis encontrar entre los enlaces del final del artículo aborda la cuestión y determina para empezar que ambas fórmulas son mucho más parecidas de lo que pudiera pensarse.

En ambos casos «monitorizan estrechamente a la pyme para intentar proteger la rentabilidad de la inversión, puesta en los dos casos al servicio de la evolución de la empresa. Hasta tal punto se parecen cualitativamente, que en el sector del préstamo participativo se concibe este instrumento como un capital riesgo con pacto de devolución», resaltan. Por eso mismo, las empresas que acuden en busca de ambos instrumentos son muy similares.

En cuanto al impacto en la empresa, el estudio determina que tras dos años «el préstamo participativo anticipa el incremento del empleo y del margen» mientras que «es el capital riesgo el que consigue mayores incrementos del activo permanente o, alternativamente, una mejor gestión del circulante. De todos modos, la conclusión general que se extrae del trienio posterior a la inyección de financiación es que, salvando las mencionadas excepciones, no existen diferencias sustanciales en las variables».

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Imagen – Mr-Vector7 y Olivier Le Moal en Shutterstock

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