Como sabemos la tecnología ha modificado nuestra vida diaria, y sigue haciéndolo. Dado los altos costos de estructura que requieren introducir mejoras tecnológicas en los organismos del gobierno en su relación con los ciudadanos, las modificaciones tardan en llegar, pero más tarde o más temprano se implementan. El Ministerio de Economía y Hacienda está trabajando en un real decreto sobre modificaciones tributarias formales para introducir cambios relevantes en el Reglamento de Aplicación de los Tributos, vigente desde el año 2007. Estos cambios permitirán a la administración central poder asignar a los contribuyentes una «dirección electrónica para la práctica de notificaciones».
Como siempre todo cambio de este tipo comienza a implementarse en las empresas, que comúnmente tienen mayor acceso a internet. Las ventajas para la Agencia Tributaria de disponer de una dirección fija y en la red de cada contribuyente empresarial son múltiples:
– Reducción de costes, evitando el buzoneo por correo ordinario.
– Asegurarse de que las notificaciones llegan a su destinatario, en un tiempo récord y sin posibilidad de que alguien las devuelva o no las recoja.
– Se multiplican las posibilidades de control tributario, por quienes están interesados en eludir sus obligaciones.
El sistema de comunicación para notificaciones tributarias vigente puede resultar largo y complicado cuando la administración tributaria se encuentran con casos de cambios de domicilio sucesivos (algo que ocurre en muchas pequeñas empresas) o cuando una sociedad está interesada en no ser detectada por el fisco.
Aunque el camino puede ser engorroso, como la última alternativa es la publicación de la notificación en el Boletín Oficial, la misma siempre puede cumplirse, pero hasta ese momento se llega con un fuerte retraso en los plazos.
La pretensión de la Agencia Tributaria es tener todo listo a comienzos de 2010.
En todo caso, los obligados a recibir las notificaciones telemáticas podrán comunicar que también se considera como dirección electrónica la que previamente tuvieran contra otra administración central que no sea la tributaria.
Actualmente ya se trabaja con las comunidades autónomas en el cobro de deudas impositivas regionales, por lo que podría extenderse la colaboración para conseguir una dirección electrónica única para un mismo contribuyente en donde confluyeran todas las administraciones.
Este nuevo sistema implica un ahorro para la administración, no solo de tiempo sino económicos. La Agencia Tributaria gasta todos los años 50 millones de euros en envíos postales para notificaciones tributarias, a pesar de contar con un centro de ensobrado. El coste de cada correo oscila entre 1 y 10 euros, en función de la exigencia de certificación.
Además las nuevas disposiciones de Hacienda incluyen facilidades para quienes empleen normalmente documentos en la red. Con el fin de reducir las cargas administrativas, se exonerará a los empresarios individuales de la obligación de presentar la declaración censal de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores cuando utilicen el llamado documento único electrónico.
De igual forma, para evitar la duplicidad en el suministro de información sobre los planes de previsión social empresarial se eximirá de informar a las empresas que instrumenten compromisos por pensiones a través de dichos planes.