La campaña de la renta 2016 incorpora a los contribuyentes por actividades profesionales, que podrán acceder a una propuesta de declaración.
Los trabajadores autónomos se encuentran aún en muchos campos por debajo de los asalariados, en especial en lo que se refiere a derechos y facilidades en distintos ámbitos. No obstante, paso a paso, el panorama va mejorando para la actividad por cuenta propia.
Una de las últimas ‘fronteras’ superadas por los autónomos está relacionada con la declaración de la renta. Así, la Agencia Tributaria ha incluido en el sistema, entre las novedades más notorias de la campaña de la renta 2016, que comienza el próximo 5 de abril, a todo tipo de contribuyentes, también aquellos que cotizan por actividades económicas.
Adiós al programa Padre; hola a Renta web
De esta manera, los trabajadores por cuenta propia podrán utilizar el sistema Renta web, cuya generalización como único servicio de confección y presentación de la declaración de la renta es el otro gran cambio respecto al ejercicio anterior. Como consecuencia, la campaña de la renta 2016 será la primera sin el programa Padre.
Obtención del borrador para los autónomos
Gracias a esta modificación legal, reflejada en la Orden HFP/255/2017, por la que se aprobaron los modelos de declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y del impuesto sobre el patrimonio y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 21 de marzo, los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a una propuesta de declaración -popularmente conocida como el borrador de la renta-, con la posibilidad de modificar el documento para su posterior presentación.
Pérdida de privacidad con Renta web
A pesar de que, en principio, la inclusión de los profesionales en el sistema Renta web es positiva, se producirá una pérdida de privacidad respecto al programa Padre, ya que esta herramienta permitía hacer todas las simulaciones que se quisiera sin que quedara constancia de las mismas.
Así, llegado el momento de presentar la declaración sólo se enviaba a Hacienda el documento definitivo. Por el contrario, con Renta web sí quedan reflejados todos los borradores que efectúe el contribuyente.
Cabe recordar que Renta web podrá utilizarse con cualquier tipo de dispositivo y desde cualquier lugar con conexión a Internet, lo que permite iniciar la declaración en un dispositivo y finalizarla en otro diferente, ya que la información se almacena en el servidor de la Agencia Tributaria.
Para acceder al programa Renta web sólo hay que dirigirse al apartado de Campaña de la renta 2016 en la página de la Agencia Tributaria.
Calendario de la declaración de la renta
La campaña de la renta 2016 tiene jornada de inicio y día tope para presentar la declaración, pero también hay otras fechas clave que el contribuyente debe tener en cuenta. Son las siguientes:
- 5 de abril. Se abre el plazo para presentar la declaración de la renta exclusivamente por Internet a través de Renta web.
- 4 de mayo. Se abre el plazo para solicitar cita con Hacienda para ayudar al contribuyente a hacer la declaración de la renta.
- 11 de mayo. Se abre el plazo para presentar la declaración por otros medios más allá de Internet y comienza la cita previa con Hacienda para confeccionar la declaración de IRPF. También puede optarse por entregar la declaración en el banco, teniendo que ser sellado el documento.
- 25 de junio. Fecha límite para la presentación del IRPF en caso de domiciliación bancaria.
- 29 de junio. Último día en el que se puede solicitar la cita previa para la atención en las oficinas.
- 30 de junio. Fin de la campaña de la renta 2016, que es la que se lleva a cabo en 2017. No obstante, finalizado el plazo hábil para presentar la declaración de la renta, ésta podrá seguir entregándose fuera de plazo y pagar la correspondiente sanción a Hacienda.
Además, si el contribuyente tiene pensado fraccionar el pago del IRPF correspondiente a 2016, aquél no debe olvidar que el 7 de noviembre Hacienda le cargará el segundo recibo en su cuenta.
Plazo para la devolución de la renta
Por último, si se es de los afortunados a los que Hacienda ingresará dinero, conviene tener paciencia. La devolución de la renta comienza en un plazo de 48 horas desde que se abre la campaña. Lo normal es que en menos de una semana el dinero llegue a la cuenta del contribuyente.
Si no es así, es preciso recordar que Hacienda dispone de todo el año (seis meses desde que termina la campaña de IRPF) para hacer el ingreso. La Agencia Tributaria podría incluso abonar el pago fuera de ese plazo, aunque en ese caso al dinero de la devolución habría que sumarle los intereses de demora.
En cualquier caso, si la Agencia Tributaria se retrasa, no debe dudarse en consultar el estado de la declaración para ver si hay algún problema.