Avales para pymes: cómo son y a qué pymes favorecen más

Recientemente, se han aprobado nuevos avales con los que las pequeñas y medianas empresas más afectadas por la crisis económica y la repercusión que ha provocado la pandemia de Covid-19, podrán salir adelante.

Cabe destacar que, a lo largo de esta complicada situación, tanto desde el punto de vista sanitario como económico, las pymes que más afectadas se han visto han sido principalmente aquellas pertenecientes a la hostelería y el turismo.

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Requisitos para poder acceder a estos avales

Y es que, desde que se decretó el primer estado de alarma en nuestro país a mediados del mes de marzo, dos de los sectores fundamentales para la economía española, el de la hostelería y el del turismo, se han visto gravemente perjudicados.

El Gobierno espera que con los nuevos avales, las pequeñas y medianas empresas más afectadas por la pandemia, puedan conseguir estabilizarse económicamente y poner remedio a su precaria situación.

Uno de los requisitos fundamentales para poder beneficiarse de estos avales, es que el domicilio social de la empresa se encuentre ubicado en España. En algunos casos, dichos avales podrían servir para hacer frente hasta a un 90% de los préstamos que la empresa haya tenido que solicitar para poder continuar en activo a pesar de la crisis económica y las restricciones de movilidad.

También será necesario que los préstamos se firmen una vez que el Boletín Oficial del Estado anuncie esta nueva ronda de avales, ya que de haberse realizado antes las solicitudes, no se podría acceder a los mismos. Por lo tanto, los avales solamente se concederán a las pymes cuyas líneas de financiación se aprueben tras la publicación de los nuevos avales en el BOE.

Es importante también tener en cuenta que no será posible acceder a un aval de estas características si la empresa se encuentra en medio de un proceso concursal. Tal y como se explica en la orden emitida por el Gobierno, ninguna de las pymes que quieran beneficiarse de estos nuevos avales, no pueden encontrarse en procedimientos concursales fechados a 17 de marzo.

Por supuesto, estas empresas tampoco podrán estar incluidas como morosas dentro de la Central de Información del Banco de España, dentro de la lista con fecha en el 31 de diciembre del pasado año 2019.

Teniendo todos estos requisitos en cuenta, como ya hemos mencionado, los avales que las pymes soliciten no podrán ser superiores al 90% del crédito que se les haya concedido. Por ejemplo, si un aval solicitado por una empresa es de 800.000 euros en total, estos se concederán en base al tiempo que pueda durar el préstamo, cuya cantidad máxima de años es de 8. Si se llega a superar esta cantidad de dinero, entonces la cantidad no podrá proporcionarse por un plazo mayor a 6 años.

Por otra parte, cabe destacar que tampoco podrán concederse estos avales si: el importe resulta superior a los costes salariales de la empresa que lo solicita, durante el año 2019, o bien si el importe supera el 25% de la facturación emitida por la pyme en ese mismo año. Sin embargo, se podrán realizar ciertas excepciones si la empresa o el dueño de la misma, justifica debidamente la gran necesidad que tiene de obtener liquidez.

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