El Gobierno ha decidido modificar los fondos dirigidos para inversiones en el extranjero para las pymes, es así que el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto que modifica el de 2006 que se encarga de regula las actividades y funcionamiento del Fondo para inversiones en el exterior y del Fondo para diversas operaciones de inversión en el exterior de las pymes.
Este Fondo para Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa conocido como (Fonpyme) tiene como finalidad la financiación a medio y largo plazo, mediante participaciones en capital o diferentes instrumentos de cuasi-capital, proyectos de inversión en el extranjero que son promovidos por las pymes.
Está conformado por una serie de dotaciones con recursos presupuestarios, estas son recogidas por las leyes de los Presupuestos Generales del Estado cuya gestión se encarga el Cofides, esta es una sociedad estatal mercantil de capital mixto.
Durante 1998 se habían regulado las actividades y el funcionamiento del Fonpyme, fijando un requisito de coinversión, para que los proyectos que llegaran a recibir financiación del Fondo, también deberá recibir financiación de Cofides teniendo que ser fondos propios de dicha compañía.
Para 2006 se llevó a cabo una nueva reglamentación del Fonpyme que permitía mejorar el acceso de las pymes a recursos del Fondo flexibilizando de esta forma la coinversión. Dicha coinversión estipulaba que siempre que el proyecto se encontrara en un país en que pudiera operar Cofides con fondos propios -emergentes o en desarrollo-, pero a día de hoy esta flexibilización de Fonpyme no resulta del todo eficaz no pudiendo garantizar del todo los recursos que se encuentran disponibles y solamente un 20% de dichos recursos de 50 millones de euros, pudieron ser utilizados por las diferentes pymes.
Es por ello que la modificación reside poder facilitar de mejor forma el acceso y flexibilidad a estos fondos, ya que uno de los factores que traban la aprobación de proyectos con cargo al Fondo se debe a la actual exigencia de coinversión de Cofides para los proyectos en países emergentes y en vías de desarrollo.
Pero debido a la crisis financiera, elevó el miedo al riesgo de las instituciones financieras privadas. Por lo que la exigencia de cofinanciación del sector privado bajo dichas condiciones reduciendo la capacidad de dicho instrumento que pretende dar apoyo oficial para la internacionalización permitiendo cubrir el gap que requieren las pymes para sus proyectos en otros países.
Ante esta problemática, existen operaciones de inversión en aquellos países en desarrollo dónde hay un interés español que no pueden recibir el apoyo de Fonpyme al no ser cofinanciadas por Cofides, no pudiendo este fondo llevar a cabo su principal finalidad.
Para ello al implementar las modificaciones de los fondos, se elimina dicha limitación, para poder darle impulso al crédito y llevar a cabo la debida financiación dirigida a la internacionalización. Al modificar el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros se llega a establecer de ahora en más que la coinversión por parte de Cofides en proyectos en países en desarrollo tenga carácter de potestativa además de suprimir el límite mínimo del 25% de coinversión para este tipo de proyectos.
Mientras que, los proyectos financiables pasarán a tener criterios operativos diferentes. Y de la no exigencia de coinversión por parte de Cofides, fijando unos límites a la inversión por cada proyecto de 500 mil euros mientras que para el conjunto financiable con cargo a la facilidad es de 10 millones de euros.