Requisitos para capitalizar el paro

Emprender desde el paro se ha convertido en un opción cada vez más utilizada por los desempleados. Si estás decidido a hacerlo puedes capitalizar el paro y cobrar la prestación en un único pago. Te contamos los requisitos para lograrlo.

Emprender no es sencillo y mucho menos barato. Para poner en marcha una empresa hace falta capital y conseguirlo no es tarea fácil Entre las subvenciones para autónomos hay una especialmente destinada a las personas sin empleo.  Se trata de la posibilidad de capitalizar el paro, que básicamente consiste en cobrar la mayor parte de la prestación por desempleo en un solo pago. Es lo que desde los Servicios Públicos de Empleo Estatal (SEPE, el antiguo INEM) denominan el pago único de la prestación contributiva.

Esta es una buena alternativa para salir del paro, reincorporarse al mercado laboral y emprender. Sin embargo, para poder capitalizar el paro es necesario cumplir una serie de requisitos, que además variarán en función del tipo capitalización que se desee solicitar.

Hacerse trabajador autonomo

Lo que no cambia es la primera condición para poder capital el paro es encontrarse en situación legal de desempleo y, por supuesto, estar cobrando el paro. Es decir, no hay que hacerse autónomo antes de solicitar la ayuda. Este es el único requisitos que todos deben cumplir.

Tipos de ayuda

Existen tres modalidades bajo las que solicitar el pago único de la prestación: hacerse autónomo o crear una empresa, unirse como socio trabajador a una cooperativa existente o unirse como socio trabajador a una sociedad laboral anónima o sociedad laboral limitada. E incluso dentro de estos supuestos se pueden pedir diferentes tipos de ayuda. En este caso nos centraremos en el de convertirse en autónomo o crear una empresa, por ser el más habitual.

En este sentido, también existen tres alternativas:

  1. Solicitar en un sólo pago hasta el 60% de la prestación pendiente por percibir, un porcentaje que se eleva hasta el 100% en el caso de hombres hasta 30 años, mujeres hasta 35 años y trabajadores con un grado de discapacidad superior al 33%. Las cantidades restantes se podrán utilizar para financiar las cotizaciones a la Seguridad Social como trabajador autónomo.
  2. Solicitar sólo la cantidad que se justifique como inversión.
  3. Solicitar el importe de la prestación pendiente de percibir para subvencionar las cuotas a la Seguridad que habrá que pagar como trabajador autónomo.

Como es lógico la alternativa más habitual suele ser la primera, ya que es la que más gastos cubre y la que permite utilizar el total de la prestación por desempleo. Además, cubre parte de los gastos que tendemos como trabajadores autónomos, por lo menos durante los primeros meses de actividad, que suelen ser además los más duros.

Las nuevas medidas para el fomento del autoempleo pretenden dar un nuevo giro de tuerca a la situación y permitir que todos los autónomos capitalicen el 100% de su prestación por desempleo, sin dejar ni un euro sin aprovechar.

Requisitos a cumplir

Para poder cobrar el paro de una sola vez  será necesario empezar una actividad económica. De hecho, este no deja de ser el ‘late motive‘ de esta medida y de la posibilidad de cobrar el paro. Sin embargo, existen otras condiciones que también será necesario cumplir y que son las siguientes:

  • Ser beneficiario o beneficiaria de una prestación contributiva por desempleo y tener pendiente de recibir, a fecha de solicitud al menos, tres mensualidades.
  • No haber hecho uso de este derecho, en cualquiera de sus modalidades, en los cuatro años inmediatamente anteriores.
  • Acreditar la incorporación como socio trabajador a una cooperativa de trabajo asociado o sociedad laboral, de nueva creación o en funcionamiento, de forma estable.
  • Tener menos de 30 años en caso de que la actividad a realizar sea en una entidad mercantil nueva o constituida menos de doce meses antes de realizar la aportación, siempre que no hayas mantenido vínculo contractual previo con dicha entidad.
  • Acreditar la realización de una actividad como trabajador autónomo.
  • En caso de haber impugnado ante la jurisdicción social el cese de la relación laboral origen de la prestación por desempleo cuya capitalización se pretende, la solicitud de pago único deberá ser posterior a la resolución del procedimiento correspondiente.

El trámite

Existen varios medios para solicitar el pago único de la prestación por desempleo. El primero es a través del propio SEPE, bien de su sede elect´ronica o en cualquiera de las oficinas de prestaciones pidiendo cita previa. También se puede acudir a cualquier oficina de registro público o pedirla por correo administrativo.

Para realizar el trámite habrá que aportar el impreso de solicitud de pago único junto con el DNI y los siguientes documentos, cuyo carácter será prescriptivo:

  • Memoria explicativa sobre el proyecto de inversión a realizar y actividad a desarrollar. Este trámite no será necesario para quienes sólo soliciten la subvención de las cuotas de la Seguridad Socialm que no tendrán que  incluir en la memoria los datos económicos relativos a la inversión.
  • Cualquier documentación que acredite la viabilidad del proyecto.

Además, las personas con dispacidad deberán aportar la documentación que acredite esa circunstancia.

Al margen de estas ayudas, hay otras subvenciones para autónomos que puedes consultar aquí.

En el caso de la incorporación a cooperativas o sociedades laborales o mercantiles ya constituidas habrá que aportar la certificación del consejo rector donde se indique la solicut de ingreso y el acuerdo de admisión como socio. En caso de haber periodo de prueba, también será necesario indicar que se ha superado. Mientras, para la constitución de cooperativas o sociedades laborales o mercantiles, habrá que contar con un documento privado firmado por los socios donde se indique su identidad, voluntar de constituir la cooperativa y las condiciones de trabajo estable que proveerán, además del proyecto de estatuto.

Cuestiones fiscales

¿Cómo tributa la capitalización del paro? ¿Hay que incluir ese dinero en la declaración de la renta? Por fortuna para los emprendedores,  el cobro único de la prestación por desempleo está exento de tributar en el IRPF. Es decir, no habrá que computar ese dinero en la declaración de la renta, lo que nos permitirá ahorrar un buen dinero al hacer la declaración.

Imagen – dlombardia en Flickr

 

 

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6 responses to “Requisitos para capitalizar el paro

  1. O es un error, o a mi me lo aplicaron mal.

    Las cuotas que te pagan de la seguridad social, salen del 80%, no son el 20% restante (60/40 en mayores de 30/35).

  2. Hola, tengo una pequeña duda (o grande, segun se mire)

    Si yo quiero capitalizar el paro para crear una S.L.L. puedo pedir el pago único del 60% para aportarlo como capital social de la misma?

    Un saludo y gracias.

  3. mi duda es yo tengo cotizado alrededor de 9 meses ¿podría optar al paro? es decir no tengo paro por que para tener paro es necesario haber cotizado un año para que te pertenezca 4 meses, tengo el derecho ?

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