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Contratos por obra o servicio

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Los contratos por obra o servicio tendrán una ampliación en su duración a partir de la reforma laboral, el Real Decreto que recoge la reforma laboral amplía de 2años a 3 años la duración máxima de contratos temporales por obra o servicio.

Es así que, el borrador presentado el pasado fijaba el límite de la duración de estos contratos temporales en los 2 años ampliables a 1 año debido a un acuerdo dentro del convenio colectivo. Pero a partir del Real Decreto se amplía el tope de duración de este tipo de contratos hasta los 3 años, pudiendo ampliarse a otro año adicional.

Más allá de esto, no se modifica el apartado en el que se establece que todo trabajador que con cuente con un mínimo de 24 meses, durante los últimos 2 años y medio, lleve al menos 2 contratos temporales dentro de la misma empresa o grupo empresarial, en ese caso pasará de forma automática a ser considerado como un empleado fijo.

Imagen: documentosycontratos

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