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Publicado por Daniel Ratto - 11/06/11 a las 11:06:58 pm

El despido objetivo para empresas con pérdidas transitorias será un hecho, con esto las empresas que presenten lo que se entiende como pérdidas transitorias, tendrán la posibilidad de acogerse al despido objetivo.
Para ello las empresas deberán alegar pasar por unas pérdidas previstas “transitorias” al presentar el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de elegirlo así se acogerán al despido objetivo por causas económicas, lo que implica una indemnización por 20 días por cada año trabajado, que es lo que buscaban que se aporbara.
Esta medida está incluída en el reglamento de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) que aprobó el Consejo de Ministros en el marco de la reforma laboral.
Por lo que todas las empresas deberán presentar un informe con los datos dónde figuran la previsión de pérdidas y criterios que se usan para la cuantificación previamente a presentar los EREs. También les tocará acreditar en cuanto al volumen y carácter de si son permanentes o transitorios las pérdidas para justificar.
Desde el Consejo de Ministros, señalan que en momentos en qué las pérdidas fueran transitorias en dicho caso el despido colectivo no sería la mejor decisión.
Un consejo que dan es que las empresas se acojan bajo fórmulas de flexibilidad interna entre las que se encuentran la reducción de jornada o el llamado ERE temporal, que aplica la suspensión de los contratos de trabajo temporalmente.
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Publicado por Daniel Ratto - 07/05/10 a las 02:05:15 am

Se ha notificado que aquellos que hayan sido despedidos y recibido una indemnización, deberán revisar el borrador de la renta, ya que se estima que llegaron a pagar más a Hacienda de lo estimado, así lo ha comunicado el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).
Desde Diciembre pasado ha sido aprobado por el Congreso, el aumento de 20 a 45 días por año trabajado el importe exento de tributación dirigido a rentas de indemnizaciones por expedientes de regulación de empleo (ERE). Dicha medida rige de forma retroactiva aplicándose a expedientes o despidos que hayan sido aprobados con posterioridad al 8 de Marzo de 2009.
Aunque, las retenciones que son aplicadas por parte de las empresas a despedidos entre los meses de Marzo y Diciembre de 2009 fueron realizaron bajo la anterior normativa y habiendo pagado de más a Hacienda, ante esto se deberá en la declaración de la renta aclarar esto.
En cuanto a los despedidos que no se encuentran obligados a la declaración al ganar una cifra inferior a 22.000€ anuales, la Agencia Tributaria les recomienda que igualmente la presenten. Para ello al hacerla deberán “consignar las retenciones soportadas, pudiendo obtener el reintegro de las mismas”.
La Agencia Tributaria a partir de sus cálculos, señala que el aumento de la exención beneficiará, a 270.000 trabajadores despedidos a la vez que el coste fiscal será de 680 millones de euros.
Desde Hacienda ya han salido cartas dirigidas a los afectados para comunicarles de dicha situación.
Mientras que, el REAF señaló que los profesionales y autónomos que tributan por el IRPF les asiste el derecho a la reducción del 20% del rendimiento neto si en 2009 mantuvieron o elevaron el número de empleados frente al anterior año.
Fecha de publicacion: May 7, 2010
Categorias: despido, ere, fiscalidad, impuestos
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Tags: 2009, Agencia Tributaria, declaración de la renta, despedidos, despido, despidos, despidos por ERE, empleados, Empleo, empresa, Empresas, ere, Expedientes de Regulación de Empleo, gestion, hacienda, impuestos, indemnizaciones, IRPF, Rentas, tributación, tributar
Publicado por Daniel Ratto - 10/04/10 a las 07:04:31 pm

Dentro de la mala, una buena tendrán los afectados por ERE, ya que esta Campaña de la Renta de 2009 ha incorporado la novedad de que los afectados por un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) con una posterioridad al 8 de Marzo de 2009 podrán recuperar las retenciones estando exentos de tributar de 20 a 45 días por año trabajado, y con un máximo de 42 mensualidades.
A dicha exención también podrán acceder los que hayan sido despedidos –siempre que sean por causas objetivas-con posterioridad a la misma fecha. Toda una mejora para la fiscalidad del despido.
Llegará a beneficiar a 270.000 contribuyentes. Según previsiones, se realizarán 19,5 millones de declaraciones de la renta, esto es un 0,3% más que en 2009, y se llegarán a devolver más de 12.200 millones, esto significaría un 4,5% menos que en la campaña de 2008. De esta manera los contribuyentes recibirán 590 millones menos de vuelta de Hacienda.
Los beneficiarios, serán cerca de 15,7 millones de personas, esto serían 8 de cada 10 contribuyentes que obtendrán una declaración positiva. El 85% de las devoluciones se ya se habrán hecho antes del 31 de Julio.
Por lo que se espera, las próximas cifras de devoluciones registrará un resultado neto a favor del contribuyente por 5.620 millones de euros, esto se daría debido a que las declaraciones con resultado a ingresar serán unas 3,5 millones por un total de 6.660 millones.
Imagen: bonafides.es
Fecha de publicacion: April 10, 2010
Categorias: ere, impuestos
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Tags: 2010, afectados por ERE, beneficios, Campaña de la Renta de 2009, contribuyentes, declaraciones de la renta, desempleo, empleados, ere, impuestos
Publicado por Daniel Ratto - 15/02/10 a las 09:02:21 pm

Como bien se sabe, el Congreso a fines de 2009 había aprobado el incremento de 20 a 45 días el límite establecido de exención de las indemnizaciones que son percibidas para los afectados por Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) y que son tramitados desde el 8 de Marzo de 2009.
Desde hace unos días, Hacienda se encuentra acumulando información de compañías que han abonado las indemnizaciones por ERE desde Marzo de 2009, con la finalidad de informar a los afectados por ERE que pueden elegir la devolución de los impuestos soportados en la próxima declaración del IRPF.
Hacienda remarca que con efectos del 1 de Enero de 2010, la deducción de 400€ sólo permanecerá siempre que la base imponible sea inferior a 8.000€, reduciéndose de manera proporcional hasta los 12.000€ anuales.
Es así que, que se recomienda desde su página Web, a aquellos contribuyentes que se encuentren bajo esta nueva regulación y que no tengan obligación de realizar la declaración de la renta, que presenten la declaración consignando las retenciones soportadas como una medida de conseguir el reintegro.
Aquellos trabajadores que hayan sido despedidos por ERE tendrán la oportunidad de consignar en la declaración de 2009 la parte de indemnización que se encuentra ligada a gravamen según la nueva normativa. Mientras que, en la casilla de retenciones, el importe soportado.
Además, Hacienda recuerda que con efectos del 1 de enero de este año, la deducción de 400 euros sólo se mantiene cuando la base imponible sea inferior a 8.000 euros. Y se reduce proporcionalmente hasta los 12.000 euros anuales.
Fecha de publicacion: February 15, 2010
Categorias: IRPF, de paro, desempleo, despido, ere, estar de paro, parados, paro, trámites
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Tags: 2009, 2010, afectados por ERE, Agencia Tributaria, Congreso, de paro, declaración del IRPF, deducción de 400€, desempleo, despedidos por ERE, despido, devolución de los impuestos soportados, estar de paro, Expedientes de Regulación de Empleo, hacienda, impuestos, impuestos soportados, indemnizaciones, IRPF, parados, paro, trámites
Publicado por Daniel Ratto - 03/02/10 a las 05:02:31 am

Ya habíamos hablado en otros post de los ERE, el número de expedientes de regulación de empleo (ERE) se ha multiplicado casi por tres durante 2009.
Actualmente unos 23.772 empleados han sido afectados por un ERE, llegando a registrarse un crecimiento de dichos procesos en un 170% -de 241 a 652-, igualmente por diversas circunstancias han posibilitado que esos empleados hayan mantenido sus trabajos. Siendo que del total de ERE, el 85% fueron temporales en Castilla y León a diferencia de otras comunidades.
Sólo el 14% de los casos llegaron a ser de rescisión, una de las causas se debe al acuerdo entre la Junta y los agentes económicos y sociales en 2009. En dicho acuerdo se firmó que el Gobierno regional debería aprobar una cantidad complementaria a los trabajadores afectados por ERE, esto permitía a las empresas –a través del ahorro de costes- poder aguantar un más tiempo y apostar por expedientes temporales bajo la condición de ser acordados con los trabajadores, justamente en esta medida se apoyaron más de 8.200 empleados, respecto a 2008 el número de empleados que perdieron su empleo, ha sido levemente inferior, llegando a ser 1.961 frente a 2.005.
Dicho acuerdo, ha posibilitado que casi 9 de cada 10 expedientes hayan sido pactados, y sólo el 6% fueron autorizados sin haber un acuerdo de por medio. Si se analizan los sectores, los más afectados, ha sido el industrial con 86 de cada 100 casos y en el sector de servicios un 10% y un 3% fue en la construcción.
En el sector de la de la construcción se da un hecho significativo, ya que los empleados terminan sin trabajo debido a la finalización de obra y sin un ERE de por medio.
Fuente: Google
Fecha de publicacion: February 3, 2010
Categorias: de paro, desempleo, despido, ere, estar de paro, parados, paro
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Tags: acuerdo, Contratación de empleados, crisis, desempleo, despido, despidos, Empleo, empresa, Empresas, ere, eres temporales, estar de paro, expediente de regulación de empleo, gestion, ingresos, laboral, parados, paro, Rescisiones de contrato, trabajador, trabajadores, trabajo
Publicado por Daniel Ratto - 26/01/10 a las 09:01:13 am

La nueva modificación respecto a la equiparación fiscal del despido colectivo y del individual por medio de la Ley 27/2009, extiende la aplicabilidad del artículo 7 de la Ley del IRPF a las indemnizaciones que perciba un empleado en un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), además declara exentas estas percepciones de los 20 días de salario por año trabajado hasta el límite de 45 días.
Pero así como dicha modificación favorece al trabajador, mejorando su situación legal al encontrarse en un ERE. Por otro lado beneficiará a las empresas, debido a que hasta antes de la reforma, había el claro riesgo de actuaciones irregulares de los negociadores, ya que podían ocultar ERE disfrazándolo de despidos individuales, de forma que, los abogados laboralistas estiman que la reforma facilitará la negociación de un ERE e incluso incrementará su número.
Mientras que, los fiscalistas señalan que la devolución al empleado de las cantidades que son ingresadas en carácter de retenciones sobre indemnizaciones no exentas, podrían emparejar la liquidación de intereses de demora en favor del empresario, siempre y cuando se produzca tras 6 meses del ingreso indebido. Aún no se sabe como afectará la reforma a las reclamaciones y estrategias negociadoras de los sindicatos en los Expedientes de Regulación de Empleo.
Algunos expertos opinan que, esta reforma beneficiará además de los trabajadores, también a los empresarios, y en los casos en que las indemnizaciones se negocien en términos netos, éstos verán reducirse los costes derivados de los ERE al haber una exigencia para llegar a un determinado neto, importes brutos indemnizatorios inferiores.
Así como creen que los ERE crecerán, aunque con acuerdo, además de producirse un acercamiento entre la empresa y los sindicatos. La opinión de expertos, estiman que esta reforma aumentará los ERE, dando por finalizado los expedientes encubiertos que sorteaban la anterior desigualdad fiscal.
Desde otro sector, consideran que la ampliación de la exención en IRPF a 45 días de salario por año trabajado, generará que dichas rentas queden fuera del sistema de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo al tener la calificación de rentas exentas. DE manera que el empresario “como sujeto obligado a retener” no se verá obligado a hacerlo sobre las rentas abonadas hasta este límite.
Además, la actual reforma posibilita poder aplicar de manera retroactiva esta exención a las indemnizaciones abonadas en el seno de ERE y que se devengaran desde el pasado 8 de Marzo. Por lo que aquellas empresas que desde esa fecha participaran y hayan dirigido un ERE, tiene derecho a solicitar la devolución de las cantidades ingresadas por retenciones practicadas sobre indemnizaciones no exentas desde la anterior fecha.
Mientras que, la opinión de abogados expertos en lo laboral no saben que decisión adoptarán los sindicatos en la negociación de los ERE tras la reforma. Algunos opinan que la tendencia será solicitar el máximo número de días de indemnización, más allá de que estos no quedaran amparados bajo la exención fiscal descrita, debido a que el posible beneficio que obtendrá el trabajador tendría que ser mayor que la fiscalidad que soportará. De esta manera los empresarios quizás intenten ajustar el número de días a las posibilidades de la empresa que se encuentre en crisis.
Hay que recordar que previo a haberse aprobado la reforma, en el despido individual improcedente la indemnización se encontraba exenta hasta el límite de 45 días de salario por año trabajado, mientras que en el despido colectivo la exención solamente llegaba a 20 días.
Fecha de publicacion: January 26, 2010
Categorias: Empresas, IRPF, de paro, desempleo, despido, empleados, ere, fiscalidad, impuestos, parados, paro
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Tags: abogados, Contratación de empleados, coste, crisis, desempleo, despido, despidos, Empleo, empresa, empresarios, Empresas, ere, estar de paro, expediente de regulación de empleo, fiscalidad, gestion, indemnizaciones, ingresos, IRPF, laboral, Ley, parados, paro, rabajador, salario, trabajadores, trabajo
Publicado por Daniel Ratto - 17/01/10 a las 11:01:23 pm

Según UGT, más de un 80% de los expedientes de regulación de empleo (ERE) autorizados en Cantabria durante 2009, -unos 358 de un total de 437-, han correspondido a pequeñas y medianas empresas de menos de 50 trabajadores.
Aunque un 70% de los más de 12.000 trabajadores afectados pertenecen a empresas con más de medio centenar de empleados, esto es casi 5.000 con una nómina de más de 250.
Respecto a las estadísticas oficiales de los ERE autorizados por parte del Gobierno cántabro en 2009, registraron un incremento del 174% en el número de expedientes y de un 142% en el de trabajadores afectados frente a 2008, en ese año hubo 159 EREs y unos 4.960 trabajadores contabilizados.
Como lo reflejan los datos, la mayor parte del aumento de la regulación de empleo en Cantabria se correspondieron con expedientes de suspensión de empleo, que captan más del 90% de todos los autorizados y más del 80% de todos los trabajadores involucrados, desde el sindicato señala que más de medio millar vieron extinguir su relación contractual de trabajo.
Las pymes han sido las más afectadas por los expedientes de regulación con extinción de relación laboral y de reducción de jornada, respecto a la gran empresa cántabra se han registrado la mayoría de los trabajadores adscritos a los más de 300 EREs por suspensión temporal de empleo, el 70% de los más de 11.000 contabilizados.
D e los casi medio millar de trabajadores que vieron extinguir su relación laboral en 2009 con un expediente de regulación de empleo, más de 300 correspondieron a empresas de menos de 50 trabajadores y otros 75 de una con una plantilla de menos de 10. A la lista de trabajadores que se vieron afectados por un ERE de extinción se suman más de un centenar de empresas con una plantilla entre 50 y 250 trabajadores, y en las que superan dicha nómina no se registró ninguno, debido a que todas ellas se vieron afectadas por expedientes de suspensión temporal de empleo.
Siendo que, 2 de cada 3 trabajadores de los más de 400 afectados por un expediente de reducción de jornada laboral pertenecieron también a pymes.
Fecha de publicacion: January 17, 2010
Categorias: de paro, desempleo, ere, estar de paro, parados, paro, pymes
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Tags: Cantabria, de paro, desempleo, empleados, Empresas, ere, ere autorizados, estar de paro, parados, paro, pymes, trabajadores, UGT
Publicado por Daniel Ratto - 01/01/10 a las 03:01:32 am

Los expedientes de regulación de empleo (ERE) parecen no frenarse en este nuevo año. Ya que casi 7 de cada 10 empresas han recortado su plantilla en 2009 y 17.199 lo han hecho mediante expedientes de regulación de empleo (ERE), llegando a afectar a 490.734 trabajadores, registrando un pico histórico.
Es por ello que para 2010 se espera una lluvia de ERE, llegando a afectar casi 390.000 trabajadores.
Desde estudios jurídicos señalan que sus equipos jurídicos esperan por despidos masivos, procesos de reducción de jornada y salarios para 2010. Además de los 3.670 concursos de acreedores (antigua suspensión de pagos) admitidos a trámite este año, que serán otro fuerte golpe, sumándose a los despidos, calculándose que una tercera parte está pendiente de ejecución.
Además de que todavía queda ERE por llevarse a cabo en varios sectores. Recién a finales de este año habría una leve mejoría.
Como definen los expertos y los sindicatos de CCOO y UGT señalan que los trabajadores afectados por un ERE temporal, unos 390.447 hasta Octubre, se encuentran en la cuerda floja. A la espera de que no se transformen de eventuales a definitivos.
Mientras que desde la Federación de Metal y Construcción de UGT señalan firmar un ERE por menos de 30 ó 32 días de indemnización por año trabajado.
Fecha de publicacion: January 1, 2010
Categorias: desempleo, empleados, ere, parados, paro
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Tags: de paro, desempleo, despido, empleados, Empresas, ere, ere definitivo, ere temporal, parados, paro
Publicado por Daniel Ratto - 23/12/09 a las 01:12:35 am
Este tipo de absentismo laboral, el injustificado se ha visto reducido un 90% en 2009, debido a que ante el temor por parte de los empleados a perder su empleo, esto ha logrado que se redujera “al mínimo” sus ausencias en el puesto de trabajo.
Este es un claro reflejo de lo dura de la crisis y como ha logrado reducir este año al mínimo, el absentismo laboral injustificado y los que se han producido fueron a causa de una incapacidad temporal del trabajador o un accidente laboral.

España pierde al año más de 60 horas laborales por trabajador, esto significa un alto gasto para las empresas, la Seguridad Social y las mutuas, trayendo como consecuencia un descenso en la productividad de las empresas. Según estiman, el coste del absentismo laboral genera unos 2.000 millones de euros anuales de pérdidas.
Durante el último año, mientras las horas no trabajadas por vacaciones y festivos se han mantenido en índices parecidos a los de la última década, de a poco han ido apareciendo importantes causas estacionales para el absentismo. Una de ellas es referida a los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE).
Es así que el número de horas no trabajadas por ERE se han duplicado en 2008 frente a 2007, y durante los nueve primeros meses de 2009 esto se ha multiplicado por cuatro las horas perdidas por ERE respecto al total de 2008.
Respecto a género, las mujeres registran un nivel de absentismo inferior al de los varones. En cuanto al perfil general, el perfil mayoritario del absentista es el de varón joven, con menos de 30 años y con un perfil de baja cualificación.
Fecha de publicacion: December 23, 2009
Categorias: Empresas, España, de paro, desempleo, empleados, ere, paro, producción, productividad, pymes
Tags:
Tags: de paro, desempleo, empleados, Empresa Familiar, Empresas, ere, España, microempresas, Micropymes, paro, producción, productividad, pymes
Publicado por Daniel Ratto - 23/12/09 a las 01:12:30 am

Los empleados que son suspendidos por sus empresas debido a la crisis por el término de unos meses finalmente estas terminarán por no readmitirlos. Lo que termina transformando un ERE temporal en despidos definitivos. Pero igualmente ante los que se han comprometido a mantener el empleo, de no hacerlo, deberán devolver la subvención.
A la opinión de que la medida que aprobó el Gobierno para ayudar a las empresas a mantener el empleo, fracasaría. Finalmente se está confirmando, ya que sólo el 25% de las empresas que han tramitado un Expediente de Regulación de Empleo temporal ha solicitado la correspondiente ayuda económica, la que consiste en bonificar el 50% de las cotizaciones durante los 6 meses como máximo que sus empleados pueden estar suspendidos de empleo, como lo señala la Secretaría General de Empleo.
Desde las empresas remarcan que, el requisito de la medida es la principal causa de que esta medida no tenga el efecto esperado; la obligación de readmitir a sus empleados y mantenerlos contratados durante 1 año. Al no ser así, las empresas deberán reembolsar a Trabajo la parte bonificada de las cotizaciones.
Es así que, el 75% de las compañías han optado por no solicitar la ayuda, debido a que muy probablemente terminarán despidiendo a sus empleados.
Por otro lado cuando una empresa, pasa a solicitar la tramitación de un ERE, sea de carácter de suspensión o de extinción, estas empresas cuentan con graves problemas económicos, que no se acaban cuando termina la suspensión de los empleados.
Fecha de publicacion: December 23, 2009
Categorias: Empresas, ayudas, de paro, desempleo, empleados, ere, parados, paro
Tags:
Tags: ayudas, cotizaciones, de paro, definitivos, desempleo, despidos, empleados, Empresas, ere, eres temporales, España, extinción de contraro, grandes empresas, parados, paro, suspensión