Hace unos días se ha dado a conocer el llamado Fondo de Capitalización del despido que tendría que tener el claro objetivo de garantizar la indemnización por despido equivalente a 8 días por año trabajado algo que se busca con este nuevo fondo para despidos.
Este fondo forma parte de la Reforma Laboral, y que estipula entre los pasos a dar la creación de un Fondo de Capitalización y basado en el modelo austriaco.
El fondo lograría que permanezcan durante toda la vida laboral de los trabajadores una cifra que equivaldrá a parte de la indemnización que recibirían ante un despido, todavía resta negociar varios pasos.
Entre lo que falta saber y negociar es la forma en que se financiará sin que implique que se eleven las cotizaciones sociales. Tampoco se conoce la cantidad de trabajadores a los que beneficiará.
La creación de este fondo viene contemplada ya desde 2010, de parte que el Gobierno viene impulsando que se cree un Fondo de capitalización para trabajadores y que tenga una duración durante toda su vida laboral, propuesta que ha sido informa da debidamente a los sindicatos y las organizaciones empresariales y sindicales.
Como se recordará el nuevo Fondo de Capitalización para Despidos, tiene características que comparten con el modelo laboral austriaco, y se estima que se ponga en marcha el 1 de enero de 2012 aplicándose a nuevos contratos indefinidos que se den desde dicha fecha.
Los trabajadores podrán hacer efectivo el abono de las cantidades acumuladas a su favor en el Fondo cuando sufrieran el despido, de movilidad geográfica o para el desarrollo de actividades de formación.
Mientras que las indemnizaciones que deberán pagar los empresarios ante despido se reducirán en un número de días de salario por año de servicio siendo equivalente al fijado para constituir el Fondo.
Mientras que la parte que el trabajador no efectivice al momento de que sucedan las circunstancias estipuladas será percibida por el trabajador cuando se jubile.
Imagen: Google
hola estoy estudiando para una tesina y al leer el comentario de vuestra pagina , el error cometido al trascribir la ley habeis cometido el error de inserta una vocal la «o » que en el texto hace de conjuncion ,donde dice la ley » para » , pues parece poco pero cambia la ley ,cuando dice que :–La regulación reconocerá el derecho del trabajador a hacer efectivo el abono de las cantidades acumuladas a su favor en el Fondo de capitalización en los supuestos de despido, de movilidad geográfica, para el desarrollo de actividades de formación o en el momento de su jubilación.
-para formacion , no la posiblidad de usarlo «o » para formacion pudiendo haber otras alternativas a esa capitalizacion.Que ademas debe de ser un error de los legisladores , ya que , que formacion se puede aportar a algunos profesionales ,cuando despues de la formacion universitaria y nose cuantos master mas , y nose cuantos cursos, ?formacion de que¿
gracias