Artículo de Natalia Pomar, Directora de Negocio de DATISA
La entrada en vigor de facto de la Zona Única de Pagos en Europa o SEPA supondrá para las empresas un importante conjunto de ventajas que, bien aprovechadas pueden además, generar grandes oportunidades de negocio.
Sencillez, seguridad y reducción de costes son los tres elementos que articulan la batería de beneficios que aporta la aplicación de la SEPA a las empresas que operen en el territorio de la zona euro. Sencillez porque simplifica los trámites en las operaciones de pago. De manera que, cualquier operación electrónica de carácter internacional que tenga lugar entre países SEPA se realizará igual que si fuera una operación nacional, pudiéndose aplicar tarifas similares. Se eliminan los engorrosos trámites burocráticos que ralentizaban los pagos, las barreras a los pagos internacionales y se podrá utilizar una única cuenta bancaria, la habitual si se desea, para realizar cualquier transacción en euros. Por otra parte, la SEPA impulsará la adopción de las innovaciones tecnológicas que vayan surgiendo en cuanto a medios de pago, ya sea, factura electrónica o pagos a través de dispositivos móviles.
Seguridad porque la creación de un espacio común europeo implica la realización de trasferencias utilizando los códigos BIC e IBAN. El Primero, el Bank Identifier Code, sirve para identificar al banco beneficiario. El segundo, el International Bank Account Number, permite identificar internacionalmente una cuenta bancaria y facilita la automatización de las transferencias entre bancos de la UE. Tanto BIC como IBAN suman garantías de seguridad en las operaciones y permiten que una transferencia intracomunitaria tenga la misma comisión que una nacional de idéntico importe. En la misma magnitud de la seguridad, las entidades bancarias incorporan a sus tarjetas el chip EMV que precisan un PIN de identificación, minimizando la posibilidad de fraudes por falsificación de firmas. Y, en términos generales, se establece un criterio de igualdad jurídica y de oportunidades en el marco de este espacio común europeo.
Y, reducción de costes, especialmente en el plano administrativo ya que se optimizan los procesos de pago, sobre todo si se opera comercialmente en el ámbito europeo. Pero además, el ahorro de costes también se percibirá en la posibilidad para renegociar comisiones bancarias y en el aumento del uso del dinero electrónico en detrimento del efectivo. A la par, este incremento del dinero electrónico hará incrementar la vigilancia sobre él para evitar situaciones irregulares o fraudulentas.
Un detalle
Las órdenes de domiciliación merecen una mención especial ya que, a partir de la puesta en marcha de la SEPA, la devolución de los adeudos se someterá a la normativa de servicios de pago, estableciéndose un plazo máximo de 13 meses para solicitar la rectificación de cualquier operación incorrecta o no autorizada; 8 semanas para devolver los recibos no autorizados cuando el importe supere el que el ordenante podía esperar razonablemente; y 10 días hábiles para que la entidad devuelva los cargos o rechace la devolución.
Recomendaciones
La normativa SEPA implica una serie de cambios en los procesos de pago habituales que deben tenerse muy en cuenta. Su adopción no es complicada, pero el descuido o las prisas de última hora pueden hacer que el tránsito sea traumático. Para evitarlo es recomendable comprobar que los sistemas de gestión con los que trabaja la empresa, están actualizados, es decir, permiten operar bajo la normativa SEPA. Además de la obligatoriedad de los ya mencionados códigos BIC e IBAN que deberán “salvaguardar” todas las transferencias que se realicen, hay otra serie de cambios, algunos bastantes sutiles, que el sistema debe tener en cuenta para “acertar” con la SEPA a partir del próximo 1 de febrero de 2014.
Imagen – Jim Woodward en Flickr