Crear una Unión Temporal de Empresas (UTE)

Afortunadamente las pymes disponen de varias herramientas y ayudas y también de fórmulas para salir adelante como la Unión Temporal de Empresas (UTE). Su constitución se basa en la unión de varias pymes.

Esto les da la posibilidad de encarar proyectos que por si solas no puedan debido a su tamaño. Las UTE además implican una porvechosas ventajas fiscales e incluso hasta se logra una mejor financiación externa para las pymes.

Algo que no todas tienen en cuenta es la formación de una UTE, en vez de rechazar proyectos al no poder llevarlos adelante debido a que se requiere de un mayor tamaño, pero una de las posibilidades más a mano y menos utilizada es la de una UTE, que les permite mejores condiciones para licitar a concursos lográndolo al unirse entre dos o más pymes para realizar conjuntamente una obra o servicio.

Al formar una UTE, se logra achicar los costes, reunir sinergias entre ambas empresas, y conforme sea el éxito poder desarrollar mayores proyectos.

Una de las caarcterísticas de las UTE, es que pueden conforrmarsees decir por personas físicas empresarios o jurídicas las propias empresas. Mientras que la duración de la obra está ligada a la de la UTE, por ley puede llegar a un máximo de 25 años y 50 años si es una ejecución de obras y explotación de servicios publicos.

Los requisitos para conformar una UTE, son los siguientes:
Hay que formalizar ante notario la escritura pública de constitución.
En sus estatutos deben figurar:
-Denominación o razón social dela UTE
-Objeto social, esto es la la actividad a desarrollar y los medios a utilizar.
-Los socios que integran la UTE.
-La aportación de cada empresa. Ante pérdidas o ganancias, cómo se repartirán.

Otra de las ventajas es reducir costes de ejecución de la obra, servicio o suministro, presentar la oferta mejorada y/o licitar bajo mejores condiciones en un concurso de obra o servicio públicos.

Un mejor acceso a la financiación externa. Mejoramiento de los sistemas de control de coste, la logística, recursos humanos, e incluso el marketing.

En cuantoa las ventjas fiscales que rigen sobre las UTE, están bajo un régimen tributario especial, más alá que deban estar inscritas en el Registro Mercantil para beneficiarse de ventajas fiscales, eso sí no tienen personalidad jurídica propia.

Además no se les exige el depósito de cuentas en el Registro Mercantil y, exentas del Impuesto de Sociedades. Tampoco deben pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Pero si deben tributar, por lo que, cada socio integra en las cuentas de sus empresas los beneficios o pérdidas que obtengan y tributar mediante el Impuesto de Sociedades o en todoc aso en la declaración de IRPF.

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