Bonificación de contratos o qué empleados te compensa contratar

La contratación es clave en la empresa y no sólo porque los empleados son los órganos de toda compañía, sino porque en función de la modalidad se podrá ahorrar más o menos. En este post hablamos sobre las bonificaciones en contratación, qué son, cómo funcionan y cuáles hay.

El panorama de contratación en España ha cambiado desde la reforma laboral y ahora apenas conviven cuatro tipos de contrato. De todos ellos, el indefinido es el que más está tratando de incentivar el Gobierno por ser el más estable. Para favorecer un determinado tipo de contrato y la incorporación de determinados tipos de empleados existen las bonificaciones a la contratación.

Contratación bonificada en la empresa

Qué son las bonificaciones a la contratación

Existen distintos tipos de incentivos a la contratación de trabajadores como pueden ser beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sociedades o el IRPF en el caso de los autónomos, pero cuando hablamos de bonificaciones nos referimos a deducciones en la cuota a la Seguridad Social que tiene que paga la empresa por sus trabajadores.

Y es que por cada empleado, la compañía debe abonar una cuota a la Seguridad Social que dependerá, entre otras cosas, de su convenio y del tipo de contrato. Las bonificaciones permiten reducir los costes sociales de la empresa cuando contrata a trabajadores de determinados colectivos o que cumplan una serie de condiciones.

Requisitos para la empresa

Para poder acceder a las bonificaciones en contratación hay que cumplir una serie de requisitos. Y es que el mero hecho de incorporar un trabajador de un colectivo bonificado no da derecho a disfrutar de estos beneficios.

Estas son las obligaciones de la compañía para reducir los pagos a la Seguridad Social.

  • El empresario debe estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y también en la Seguridad Social. Esto se aplica tanto para el momento de solicitar las bonificaciones como para el tiempo durante el cual se disfruten las mismas.
  • No debe estar limitad por infracciones muy graves que le impidan beneficiarse de la aplicación de los programas de empleo.
  • La persona contratada debe estar en situación de desempleo e inscrita en el Servicio Público de Empleo Estatal. Y es que las bonificaciones se aplican a nuevas altas, no a cambios de empleo.
  • EL total de la bonificación sólo se aplicará para ornadas completas. En las contrataciones parciales sólo se podrá disfrutar de la parte proporcional al número de horas trabajadas.

La mayoría de bonificaciones no son compatibles entre ellas. Es decir, el empresario deberá elegir entre una u otra bonificación.

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Contrataciones bonificadas

Ahora que ya conoces las bases de los contratos bonificados lo que queda es determinar a qué colectivos se dirigen estos beneficios. La página de la Seguridad Social recoge todos los supuestos de contrataciones bonificadas, que son los siguientes:

Bonificación por contratación de jóvenes

La contratación de menores de 30 años tiene premio. Si incorporas a la empresa a jóvenes entre 16 y 30 años podrás aplicar una reducción de 83,33 euros al mes por un total de 1.000 euros anuales el primer ejercicio, 91,67 euros al mes o 1.100 euros al año el segundo y 100 euros al mes o 1.200 euros al año el tercero.

La ventaja de esta bonificación es que sí es compatible con otras siempre que, lógicamente, no se cubra el 100% de la cuota. Lo que la Seguridad Social no hará nunca es que una bonifición de como resultado una cuota negativa.

Bonificaciones para parados mayores de 45 años

Estas bonificaciones están dirigidas a mayores de 45 en situación de paro de larga duración o paro habitual, que se entiende por haber estado dados de alta en el SEPE durante por lo menos 12 meses de los últimos 18 meses.

La bonificación para este colectivo es de 108,33 euros o 1.300 euros al año.

Bonificación por contratación de discapacitados

Quienes contraten a una persona con discapacidad con un contrato indefinido podrán acceder a una reducción del 50% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social.

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Bonificaciones por contratación de mujeres

La contratación de mujeres en sectores donde su representación está limitada permiten aplicar una bonificación de 108,33 euros al mes o 1.300 euros al año, una cantidad que asciende a 125 euros al mes o 1.500 euros al año en caso de mujeres mayores de 45 años.

Bonificación por contratación indefinida

Independientemente del colectivo, incorporar trabajadores con un contrato indefinido permitirá al empresario ahorrar 500 euros en las cotizaciones del nuevo empleado. Esta medida forma parte de la Ley de Segunda Oportunidad y a través de ella el empleador dejará de pagar los primeros 500 euros de cotizaciones sociales del trajador durante 24 meses, aunque para ello la empresa debe tener al menos de 10 trabajadores y no podrá haber realizado despidos en los seis meses anteriores.

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