En Murcia, el Instituto de Fomento de la Región de Murcia (INFO), ha convocado a sus Programas de Ayudas para el ejercicio 2010 con el objetivo de la reestructuración de pymes que se encuentren en crisis de la Región de Murcia.
Se ha comunicado que, solamente se concederá esta ayuda siempre y cuando se determinen las causas de la crisis y si hay alguna posibilidad de reestablecer la viabilidad de dichas pymes en el largo plazo.
En tanto que, el importe de la ayuda puede llegar a significar el 75% para pequeñas empresas y de hasta el 60% para medianas empresas respecto al importe total de los costes de reestructuración incluidos en el plan que se llegue a aprobar. Mientras que el importe máximo de la ayuda al que puede acceder una empresa es de 3 millones de euros, lo que incluye modificaciones del plan de reestructuración.
Para solicitar la ayuda como requisito deberán presentar al INFO un plan de reestructuración de la misma. Este plan tendrá que demostrar convincentemente la viabilidad de la empresa y su sostenibilidad en el tiempo, así como describir las circunstancias por las que la empresa ha llegado a tal crisis e incluir, una reestructuración financiera -aumento de capital, amortización de deudas-, también una futura estructura organizativa además de posición estratégica de la empresa.
Tras esto, el INFO comenzará con al evaluación respecto a lo razonable de las contrapartidas propuestas o, establecerá el cumplimiento de otras alternativas, y de ninguna manera podrán generar un deterioro de la estructura del mercado, como ser monopolio u oligopolio restringido.
Por lo que, tanto la evaluación misma, ponderación y establecimiento de contrapartidas siempre será proporcional al potencial efecto de la ayuda de reestructuración y al tamaño e importancia o cuota de la empresa que ocupe en el mercado, ya que determinará, el grado de reducción de la producción.
La reducción de la capacidad de producción tendrá que ser parte integrante de la reestructuración ajustándose a lo que se haya previsto dentro del plan de reestructuración, independientemente que la reducción se produjera previo a la concesión de la ayuda para la reestructuración.
Ya que lo anterior dicho, es de condición imprescindible para dicha aprobación, desde INFO aclaran que, en su caso, el plan de reestructuración, ante el cierre de actividades estructuralmente deficitarias y que fueran a consecuencia del plan y su implementación, no serán consideradas contrapartidas a efectos de la reducción de la capacidad o de la presencia en el mercado.