Tramitación telemática de una sociedad

Sabían ustedes que pueden adelantarse mucho trámites y tiempo de inscripción de una sociedad a través de internet? Desde el año 2003, según el Real Decreto 682/2003, de 7 de junio se ofrece la posibilidad de realizar los trámites de constitución y puesta en marcha de la Sociedad Limitada de Nueva Empresa (SLNE) por medios telemáticos. En el año 2006 se extendió este beneficio a las Sociedades de Responsabilidad Limitada en general por Real Decreto 1332/2006, de 21 de noviembre.

Todo aquel que tenga un proyecto de nueva empresa debe tener en cuenta cuatro pilares básicos:

Estatuto Nueva Empresa

Plan de Contabilidad Simplificada

Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE): es una red de puntos de asesoramientos e inicio de tramitación (PAIT). Desde estos puntos se podrá solicitar la reserva de denominación y se asesorará y prestarán los servicios de asesoramiento durante su inicio y primeros años de vida. Aquí se tramitará el DUE.

DUE – Documento Único Electrónico: Es un documento que incluye todos los datos de la sociedad nueva, que deben remitirse a los registros jurídicos y las administraciones públicas competentes para la constitución y para el cumplimiento en materia de tributaria y de seguridad social. La remisión del DUE ser hará mediante técnicas electrónicas e informáticas.

El objetivo de este sistema es evitar los obstáculos administrativos que dificultan la constitución y desarrollo de actividad a toda nueva empresa.

El Sistema de Tramitación Telemática (STT) del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) es un sistema informático de tramitación de expedientes electrónicos que, a través del Documento Único Electrónico (DUE), llevará a cabo el intercambio de la documentación necesaria para la creación de empresas.

Con el procedimiento telemático, el emprendedor sólo tiene que ir presencialmente al PAIT y al Notario, evitando así desplazarse para realizar el resto de los trámites y sin necesidad de utilizar formularios en papel. Será el Sistema de Tramitación Telemática del CIRCE el que realizará los siguientes pasos:

1) Cumplimentación del Documento Único Electrónico (DUE): El Nuevo Empresario acude al P.A.I.T. donde se realiza el cumplimentación del Documento Único Electrónico (DUE) mediante el programa facilitador PACDUE.

2) Reserva de la Denominación Social (Sólo SLNE): El sistema solicita la reserva de la Razón Social previamente generada, al Registro Mercantil Central

3) Otorgamiento de la Escritura de constitución: El STT-CIRCE envía los datos correspondientes del DUE firmados electrónicamente al Notario. Éste otorgará la escritura previa comprobación del desembolso del capital social por parte del/de los empresario/s y de la certificación de denominación social emitida por el RMC.

4) Solicitud del NIF provisional: El notario envía a través del CIRCE la escritura a la Administración Tributaria (AT) junto con los datos pertinentes incorporados al DUE solicitando el CI provisional. Cuando la AT recibe la escritura y la petición del notario, incluida en el DUE, firmadas electrónicamente, procesa la información y envía el CI provisional al notario a través del CIRCE firmado electrónicamente.

5) Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: El emprendedor realiza la petición de aplazamiento del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), o en su caso liquida telemática o presencialmente el Impuesto.

6) Inscripción en el Registro Mercantil Provincial (RMP): Con el CI asignado y el pago del ITPAJD verificado, el Notario solicita, a través del CIRCE, la inscripción de la empresa en el Registro Mercantil Provincial (RMP), enviando para ello una copia de la escritura firmada electrónicamente.

7) Trámites en la Seguridad Social: Se realiza también a través del CIRCE desde el Notario y tiene como requisito previo disponer del CI Provisional. Los datos correspondientes del DUE se envía a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) para, en su caso, inscribir a la empresa y generar su Código Cuenta de Cotización (CCC), y dar de alta, y en su caso afiliar, a sus trabajadores cuyos datos han de constar en el DUE. El TGSS devuelve al CIRCE el CCC y los NAF de los trabajadores.

8 ) Expedición de la Escritura inscripta: El Notario recibe la información del RMP y genera la escritura definitiva, es decir, aquella a la que se han incorporado los datos registrales.

9) Solicitud del NIF definitivo

10) Inscripción de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de protección de datos

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