Las cotizaciones a la Seguridad Social determinan, entre otras cosas, la pensión del autónomo. Los trabajadores por cuenta propia pueden modificar sus bases de cotización, te explicamos cómo hacerlo y cuáles son los plazos.
Cotizar a la Seguridad Social es obligatorio para todos los trabajadores, ya sean autónomos o asalariados. La diferencia radica en que los trabajadores por cuenta ajena no tienen mucho que decir sobre sus cotizaciones, que las empresas calculan de forma automática y que se divide entre lo que paga el asalariado y la compañía.
En el caso de los trabajadores autónomos las cosas diferentes y éstos pueden elegir la base sobre la que cotizar dentro de los máximos y los mínimos que establece la Seguridad Social.
La importancia de las cotizaciones
Las cotizaciones de los autónomos a la Seguridad Social son de suma importancia, ya que determinarán las coberturas sociales del trabajador por cuenta propia, incluida la jubilación. Es decir, si el autónomo está de baja por maternidad o por enfermedad, cobrará en función de lo que cotiza, no de lo que ingresa, y lo mismo ocurre en el caso de su pensión pública.
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El cálculo de la pensión de los autónomos no difiere del de los trabajadores por cuenta ajena y se articula en torno a las bases de cotización y el tiempo cotizado.
Las nuevas reglas del juego de la jubilación introducidas por la reforma laboral de 2013 elevan por un lado el periodo de cotización que se utiliza para el cálculo de la pensión y por otro, aumentan la edad de jubilación y los años cotizados necesarios para acceder al máximo. de forma resumida, ahora mismo necesitarás cotizar 35,3 años y al máximo durante los 16 ejercicios para cobrar la pensión máxima, pero en 2027 estas cifras serán de 37 y 25 años respectivamente.
A efectos prácticos, esto echa por tierra el paradigma de que los autónomos debían incrementar hasta el máximo las bases de cotización durante los 15 últimos años para cobrar la pensión máxima. El cálculo cambia y ahora sería necesario empezar antes a cotizar por la base máxima. Además, la propia ley ya se ha encargado de limitar las opciones que tiene el autónomo de aumentar o reducir su base de cotizaciones a la Seguridad Social.
Las bases del autónomo
Con la nueva legislación, un autónomo sólo los autónomos menores de 47 años o los mayores que sean nuevos autónomos podrán escoger cualquier base de cotización entre el mínimo y el máximo. Una vez se supera esa edad, la base a la que optar estará limitada por la que se venía utilizando hasta ese momento. En este sentido, si un trabajador cotizaba por la base mínima, no podrá optar a la máxima una vez cumpla los 48 años.
En concreto, si la cotización es inferior a 1.926,6 euros hasta los 48 años, su base a partir de entonces no podrá superar los 1.945,8 euros. En cualquier caso, quien quiera cobrar la pensión máxima deberá empezar a cotizar por el máximo antes de alcanzar los 47 años, ya que en 2027 el periodo total cotizado que se tendrá en cuenta serán 25 años y con una jubilación en 67 años, esto quiere decir que será a los 42 años cuando habrá que empezar a pagar a la Seguridad Social.
El siguiente cuadro resume las cotizaciones vigentes.
Como ves, existen varios límites que debes tener en cuenta antes de elegir tu base regulatoria.
Cómo y cuando cambiar
Los autónomos pueden elegir libremente la base regulatoria que quiera -siempre dentro de los límites- y modificar su base de cotización en cualquier momento aunque dependiendo de cuando lo hagan se aplicará en una u otra fecha. Y es que el cambio no se realiza de forma inmediata.
Los cambios realizados entre el 1 de enero y el 30 de abril tienen efecto a 1 de julio, mientras que los realizados desde el 30 de abril hasta el 1 de noviembre se comenzarán a aplicar a comienzos del siguiente ejercicio con fecha 1 de enero.
Cómo hacer el cambio
Existen varias vías para modificar las bases de cotización como autónomos. La primera y más clásica consiste en hacerlo de forma presencial en las oficinas de la Seguridad Social, para lo que habrá que solicitar cita previa.
La segunda es a través de la página web de la Seguridad Social y más concretamente de su Sede Electrónica. Para ello entraremos en el apartado de «Ciudadanos» y dentro del mismo acudiremos al área de «Con certificado SILCON» o «Cl@ave» habrá que pulsar en «Solicitud de cambio de base de cotización (Autónomos)» donde ya introduciremos nuestros datos y el sistema nos guiará en la elección de la base.
Ahora que ya sabes cómo se realiza el cambio y qué tener en cuenta para decidirte, sólo tienes que hacer números. Por si lo necesitas, aquí te explicamos cómo se calcula la pensión del autónomo y cuánto cobrarás al jubilarte. En cualquier caso, no olvides que la pensión pública es sólo una de las opciones para construir tu jubilación y que hay otras herramientas como planes de pensiones y fondos de inversión que también pueden ayudarte.
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