Se ha notificado que aquellos que hayan sido despedidos y recibido una indemnización, deberán revisar el borrador de la renta, ya que se estima que llegaron a pagar más a Hacienda de lo estimado, así lo ha comunicado el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).
Desde Diciembre pasado ha sido aprobado por el Congreso, el aumento de 20 a 45 días por año trabajado el importe exento de tributación dirigido a rentas de indemnizaciones por expedientes de regulación de empleo (ERE). Dicha medida rige de forma retroactiva aplicándose a expedientes o despidos que hayan sido aprobados con posterioridad al 8 de Marzo de 2009.
Aunque, las retenciones que son aplicadas por parte de las empresas a despedidos entre los meses de Marzo y Diciembre de 2009 fueron realizaron bajo la anterior normativa y habiendo pagado de más a Hacienda, ante esto se deberá en la declaración de la renta aclarar esto.
En cuanto a los despedidos que no se encuentran obligados a la declaración al ganar una cifra inferior a 22.000€ anuales, la Agencia Tributaria les recomienda que igualmente la presenten. Para ello al hacerla deberán «consignar las retenciones soportadas, pudiendo obtener el reintegro de las mismas».
La Agencia Tributaria a partir de sus cálculos, señala que el aumento de la exención beneficiará, a 270.000 trabajadores despedidos a la vez que el coste fiscal será de 680 millones de euros.
Desde Hacienda ya han salido cartas dirigidas a los afectados para comunicarles de dicha situación.
Mientras que, el REAF señaló que los profesionales y autónomos que tributan por el IRPF les asiste el derecho a la reducción del 20% del rendimiento neto si en 2009 mantuvieron o elevaron el número de empleados frente al anterior año.
tengo una duda…
fui indemnizado a principio del 2010 con 16000€
de acuerdo con este articulo no deberia hacienda retenerme nada por este importe….
o si..
gracias