Bonificación para la conciliación
Se establece una bonificación del 100% de las cuotas sociales durante un año para los autónomos que necesiten reducir su jornada por cuidado de hijos menores de siete años o de familiares a cargo en situación de dependencia.
En concreto, los autónomos que tengan que cuidar a hijos menores de siete años o a otros familiares podrán olvidarse de su cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes -ojo, que no se cubren todas las contingencias- siempre y cuando contraten a un trabajador a tiempo completo. Si esta contratación es a tiempo parcial la bonificación será sólo del 50% y en este caso la jornada no podrá ser inferior a la mitad de la de un trabajador a tiempo completo. En ambos supuestos, el trabajador que se incorpore a la empresa deberá permanecer en nómina por lo menos durante un periodo de doce meses.