Qué le puede suponer el fraude fiscal a una pyme

El fraude fiscal no es únicamente un problema desde el punto de vista solidario en relación al conjunto de la sociedad, es una práctica que puede traer a la pyme graves problemas. 

Las pymes españolas en los mercados exteriores

Se trata de un tipo de práctica que no se encuentra dentro del marco de la legalidad, por lo que cada vez más es perseguida por la justicia, e implica una serie de problemas graves para quien la realiza. El más común de todos ellos es ser multado por Hacienda. Resulta extremadamente importante tener esto en cuenta para no caer en la tentación de llevar a cabo ningún tipo de fraude fiscal, ya que las multas suelen ser muy elevadas.

Fraude fiscal

Resulta relativamente común encontrar en el ámbito de los particulares las falsificaciones y se recurre a la omisión de datos por la aplicación de deducciones o bonificaciones indebidas, con el único objetivo de conseguir devoluciones que no tendrían de otro modo, o también para reducir los pagos a la fiscalidad.

De esta manera, si Hacienda detecta incorrecciones por parte del usuario y las califica como error no razonable, esto supone una penalización automática para el usuario. Dichas penalizaciones no son ninguna tontería, puesto que suelen variar dependiendo de los fraudes a los que se enfrenten, y suelen suponer un porcentaje del 50% al 150% de la cantidad de dinero que no fue abonada en un primer momento. No obstante, hay ciertos errores no razonables que pueden verse como “leves”, y que por lo tanto su penalización no sería tan agresiva como en otros casos.

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Sanciones sobre el fraude fiscal

Sobre este tema hay que informarse lo máximo posible, ya que es posible que algún día cometamos sin querer algún error en nuestra declaración o nos veamos tentados de cometer algún tipo de fraude, creyendo que siendo leve puede pasar inadvertido. La Ley General Tributaria dicta lo siguiente:

  • Lo que se considera como una infracción leve es cuando la base sancionable resulte inferior o equivalente a los 3.000 euros, y en caso de ser superior no exista algún tipo de ocultación. Respecto al último caso, la penalización sería del 50% sobre el dinero que no se llegó a abonar. Si se han manipulado y falsificado facturas o ciertos justificantes, ya no estaríamos hablando de infracción leve, sino de algo mucho peor.
  • Una infracción se considera grave en el momento en que el dinero que no se ha abonado sea superior a los 3.000 euros, siempre y cuando el 10% del dinero tenga que ver con la ocultación de datos. Si resulta ser así, la penalización puede oscilar entre el 50% y el 100% de la cantidad que no fue abonada, dependiendo del nivel de gravedad que haya tenido el fraude.
  • Las sanciones que se consideran muy graves son las que hacen uso de medios fraudulentos como dobles contabilidades y las multas correspondientes oscilan entre el 100% y el 150% del dinero que no se ha abonado.

Para terminar, es importante saber que hay ciertas cuestiones que se pueden sumar a las multas que ya hemos mencionado. Un claro ejemplo puede ser un recargo de 300 euros al omitir datos relevantes en la declaración, o incluso una penalización extra del 15% si se ha recibido una cantidad de dinero que no correspondía realmente, como consecuencia del fraude realizado.

 

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