Beneficios para pymes que contraten a tiempo parcial

La reforma laboral abarca diversos aspectos y sectores en su tratamiento, en lo que respecta a las cuotas a las pymes por contratar jóvenes a tiempo parcial será revisada por parte del Ministerio de Trabajo, pueden ingresar por aquí.

Actualmente se encuentra en negociación entre el Gobierno, sindicatos y patronal lo que se denomina un plan de choque en cuanto al empleo español para impulsar la contratación juvenil y de parados de larga duración con más de 45 años por parte de las pymes.

Para ello se revisará con la finalidad de establecer mejoras y modificaciones el contrato a tiempo parcial, dejando atrás las cotizaciones a la Seguridad Social de las pymes por 1 año en nuevos contratos a tiempo parcial, además de rebajar al 75% en grandes empresas.

Lo que más se busca con la reforma laboral es la de impulsar la contratación y no seguir viendo como crece la tasa de paro, ya que durante lo que va de enero se nota una sostenible destrucción del empleo.

Por otro lado, se fomentará el convertir contratos a tiempo parcial temporal a indefinidos por medio de bonificaciones de cuotas y del contrato para el fomento de la contratación indefinida. Para ello las empresas deberán de pasar a contrato indefinido antes de que el contrato a tiempo parcial llegue a cumplir 1 año. Ya que las estadísticas reflejan que el contrato a tiempo parcial no ha sido utilizado masivamente.

Por lo que se busca un acuerdo con los sindicatos y la patronal en lo referente a los costes del factor trabajo y las cotizaciones.

Dentr de estas medidas se eliminará para las pymes las aportaciones a la Seguridad Social por todos los contratos nuevos a tiempo parcial en un periodo por el primer año a jóvenes de menos de 30 años y a desempleados de larga duración con más de 1 año en el paro.

Dicho programa, tendrá un periodo de vigencia de 6 meses, llegando a beneficiar a empresas que lleguen a tomar bajo tiempo parcial a empleados con las características mencionadas anteriormente desempleadas ininterrumpidamente en la oficina de empleo desde el 1 de enero de 2011.

Este tipo de contratos podrán ser de carácter indefinido o temporal por un mínimo de 6 meses, los empleados deberán de participar de una jornada laboral por un mínimo del 50% de jornada usual.

 

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