Vale recordar que ASNEF es la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito y que es una organización empresarial que sirve de enlace entre las entidades crediticias y las Administraciones Públicas, pretendiendo facilitar a los consumidores y empresarios, el acceso a los bienes de consumo. Dentro de sus muchas actividades, la primordial es que funciona como un registro de morosos, y tiene como objetivo comunicar esta información a todas las empresas crediticias asociadas a la ASNEF.
El ASNEF es el registro de morosos más grande de España, con una base de datos con información de todas las personas que tienen o hayan tenido una deuda impagada, éstas pueden ser desde facturas de teléfono hasta créditos personales, adeudos con la tarjeta de crédito, etc.
Si uno se pregunta si está en ASNEF, también debería saber que existe una obligación de comunicar dicha inclusión en los registros, así ha sido determinado por el artículo 29.2 de la Ley Orgánica.
Por lo tanto el responsable de ASNEF deberá comunicar en un plazo máximo de 30 días la inclusión, pudiendo ofrecer el derecho de recabar la información sobre los datos recogidos en el fichero.
La notificación de que se está incluido por lo general es enviada al último domicilio que se conoce de la persona afectada en la inclusión. Debido a esto por lo general no se recibe esta comunicación, dado que los datos que posee ASNEF están desvirtuados o suelen estar desfasados.
La Ley reconoce los derechos de acceso a los datos, rectificación de los mismos, cancelación y oposición. De esta manera se permite a la persona que figure, oponerse a que sus datos sean recogidos y tiene como únicas excepciones los casos en que exista una ley que así lo permita (uno de por sí no se puede oponer a que Hacienda lo investigue) o cuando de por medio exista una relación contractual (uno no se puede oponer a dar los datos a su banco si dicho banco lo necesita, sea para gestionarnos un préstamo o la cuenta corriente).
De esta manera habrá que dirigirse a la persona responsable del registro en ASNEF, ya que lo asiste el derecho de acceso para que se les facilite el origen de los datos. Otro de los derechos que se tienen, es el que se les debe de informar del uso que se haya hecho de la información personal y a qué personas se les ha dado acceso.
Existe otra manera de informarse de tal inclusión, que es dirigirse a una entidad bancaria (por lo general con el banco del cual se es cliente) o al gestor de la misma y averiguarlo por medio de ésta.
Dichos datos tienen carácter confidencial y todas las entidades financieras pueden acceder a esos datos, y teóricamente nos lo deben de facilitar y no deberían mencionarlos como motivo o referencia o excusa para no otorgar un préstamo.
Otra variante que existe es el de pedir un préstamo aunque no se lo necesite, entonces el gestor o persona se ocupará de averiguar si está en alguna de las bases de morosos, por lo tanto si se está en ASNEF saltará.