Buscar:

autónomo. Archivos de la tematica autónomo

A continuación puedes leer artículos que los autores etiquetaron con la temática autónomo. Puedes navegar a traves de ellos pulsando en su titulo

Crédito público para autónomos

logotipo_upta

Desde UPTA, organización de trabajadores autónomos, ha salido a solicitarle al Gobierno la creación de una vez por todas de un sistema estable de financiación para emprendedores y que sea de carácter público.

Sebastián Reyna secretario general de UPTA, ha señalado, que las medidas excepcionales de financiación ya tomadas no han demostrado ser del todo eficaces.

Respecto a las nuevas líneas para trabajadores autónomos y pymes que próximamente otorgará el Instituto de Crédito Oficial (ICO), según Reyna su utilidad “dependerá de quién soporte el riesgo”.

Sobre ese riesgo, la banca privada y el ICO han venido compartiendo el riesgo de impagos en un porcentaje del 50%, mientras que la concesión de préstamos dependía de las entidades financieras. Para la próxima nueva línea que prepara el Ejecutivo, permitirá acceder a créditos de hasta 200.000 €, dado esto el sistema público legaría a asumir más responsabilidad.

Para Reyna, el ICO tendría que poder soportar entre el 75% y el 80% del riesgo. Respecto a la actual crisis de los autónomos en cuanto al acceso a liquidez, para UPTA existe una necesidad de que se produzca un adelantamiento en las medidas para hacerle frente a la morosidad. Aunque el nuevo límite de 60 días es correcto, no así que el horizonte de su aplicación no finalice hasta el año 2013.

Como incide el IVA en el comercio exterior

iva_comercio

Es un tema que cada vez necesita de más actualizaciones y de más ayudas en cuanto a seminarios, cursos, asesoramiento como es en la actualidad el tema de del IVA. Unas 600 empresas ya se han inscripto en las jornadas sobre el IVA las cuales organizada la Cámara de Comercio de Madrid.

Cada vez serán más las jornadas referentes a esta temática, debido a la alta demanda de información sobre cambios aplicables en lo que es el conjunto de la Unión Europea sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y la forma en qué afectan a las diferentes operaciones dentro del marco del comercio internacional.

La Cámara de Comercio de Madrid se encarga de organizar dos jornadas, las que son de inscripción gratuita, ya se han llegado a inscribir más de 600 empresas madrileñas. Para esta jornada prestarán su colaboración de Caja Madrid Empresas siendo uno de los patrocinadores VAT Company Asesores Fiscales.

La primera jornada se denomina “El IVA en el comercio internacional. Novedades prácticas 2010”. El 8 Abril, en el Aula Magna del Instituto de Formación Empresarial (IFE) de la Cámara, se dará la segunda jornada.

En la primera se han analizado las diversas incidencias y como inciden en las operaciones de comercio exterior en las empresas el paquete IVA, que incluye la nueva Ley 2/2010, por la que se transponen varias Directivas que llegan a afectar al Impuesto del Valor Añadido en la Unión Europea modificando la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes en una medida para poder adaptarla a la normativa comunitaria, con el Real Decreto 192/2010, de 26 de Febrero. Estas modificaciones en la normativa generan un efecto en todas las operaciones de las empresas desde el 1 de Enero.

Es así que, la nueva legislación afecta, a la información de las operaciones intracomunitarias, debido a que en el modelo 349 del IVA que deberán cumplimentar tanto empresas como profesionales, desde ahora deben especificar la adquisición de bienes que sean de países comunitarios, y la prestación de servicios.

También se trataron las actuales novedades que plantea la devolución del IVA dentro de las operaciones comunitarias que realizan empresarios o profesionales autónomos que no están establecidos en el territorio donde han satisfecho las cuotas establecidas.

Otro de los exponentes ha sido el jefe de Servicio del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria, que ha explicado las modificaciones específicas, los cambios en el modelo de tributación que promueve una nueva especificación de donde se realiza el hecho imponible, mientras que, la localización de las prestaciones de los servicios de las empresas se convierten en importantes dentro de la nueva legislación, si el prestador del servicio es una empresa, entonces el gravamen en destino es el aplicable con carácter general, así lo ha explicado.

Imagen: Google

Facilitador financiero del ICO

Las pymes y los trabajadores autónomos ya le han remitido al Instituto de Crédito Oficial (ICO) unas 2.600 solicitudes, estas pymes y autónomos pretenden contar con la intervención del facilitador financiero, esta es una reciente herramienta que se encuentra disponible desde el pasado 21 de Diciembre.

foto

Dicha herramienta tiene como objetivo mejorar el acceso de las empresas al crédito. De estas solicitudes más de 200 se encuentran en tramitación.

El facilitador financiero ha sido creado para mejorar el acceso al crédito de autónomos y pymes al que le hayan rechazado sus solicitudes de préstamos, bajo la condición que el importe no sobrepase los 2 millones de euros.

Telefónica ofrece financiación de equipos a pymes y autónomos

telefonica_pymes

Telefónica además de los clientes particulares, también se acuerda de las pymes y de los trabajadores autónomos que inician su actividad en 2010, deberán abonar solamente el 40% del importe en su primer pago.

De esta manera Telefónica les ofrece a través de un nuevo programa, facilidades para que accedan a equipamiento informático a las pymes y trabajadores autónomos que inicien su actividad empresaria o negocio en 2010.

Aquellos empresarios que elijan esta nueva modalidad de adquisición, finalmente abonarán solamente el 40% del importe en su primer pago, durante los siguientes 18 meses, sólo abonará el 10% del total; esto le genera un beneficio de un descuento de hasta el 80% en las mensualidades de pagar sin financiación.

Por lo que, Telefónica señala que en el caso de una pyme que requiera de un PC portátil podrá disponer de este equipo bajo una cuota mensual inferior a 5€ en el primer año y medio de vida de su negocio.

Además dicho plan de descuentos estipula el programa de ayudas que actualmente Telefónica brinda y que beneficia con un 33% de descuento en comunicaciones fijas y/o móviles a nuevos negocios y a autónomos y pymes que lleguen a generar empleo estable durante 2010.

Desde Telefónica informan que para llevar a cabo el trámite y descargar la documentación que se requiere para solicitar la ayuda, existe una página Web

Mientras que, para solicitar el nuevo modelo de financiación, hay que solicitarlo a un distribuidor Movistar.

Imagen: Tecnologíapymes

Autónomos Madrid

autonomo_madrid

Actualmente cualquiera que se vea perjudicado por la crisis y el paro puede tener en común dicha situación, pero muy poco más ya que la crisis afecta a cada sector afectando sus propias características y entre ellos están en especial los trabajadores autónomos, que además de sobrellevar la crisis como todos tienen sus propios problemas ante esa situación, suelen tener muchas obligaciones y pocos derechos.

Pero no siempre se tiene conciencia de la importancia del trabajador autónomo, hoy día existen más de 274.000 empresarios autónomos madrileños que le hacen frente a la crisis y ponen de sí recursos propios.

Es por ello que existe CEAT Madrid, que se enmarca dentro de CEIM, la patronal madrileña. Pudiendo los autónomos tener una asociación dentro de la Comunidad de Madrid.

Una asociación que represente las necesidades de los trabajadores autónomos, considerando que durante 2009 en promedio la crisis lastró a 386 trabajadores autónomos por día, llegando a Enero de 2010 ha seguido para peor, ya que han sido 500 los autónomos que se han dado de baja por día.

Ante toda esta situación CEAT Madrid facilita financiación a autónomos, conjuntamente con la Cámara de Comercio y de CEIM, además de contar con el firme apoyo de la Comunidad de Madrid, desde ambas organizaciones empresariales de Madrid suscribieron diversos convenios con bancos y cajas de ahorros para financiar el circulante y proyectos tanto de pymes como de autónomos de Madrid, por un total de más de 15.000 millones de euros en créditos preferentes, los que brindan condiciones muy similares a las otorgadas por las grandes compañías.

Imagen: autónomosmadrid

Telefónica reduce facturas a pymes y autónomos

ayudas_pymes_150x150_0

Los trabajadores autónomos y las pymes que creen empleos, tendrán de la mano de Telefónica, la posibilidad acceder a que Telefónica les ayude a rebajar los gastos de comunicaciones.

En esta nueva iniciativa, Telefónica les brinda la oportunidad a sus clientes de obtener descuentos del 33% en la factura del teléfono fijo y móvil para las nuevas líneas que contraten para las incorporaciones laborales durante este 2010. Es así que esta promoción vale para todas aquellas pymes que acrediten debidamente la contratación de nuevos empleados, o incluso a aquellos autónomos que generen autoempleo y que contraten nuevas líneas de telefonía, fija o móvil.

Lo que busca Telefónica, más allá de la fidelización que pueda surgir de esta promoción, es el de incentivar el desarrollo empresarial de negocios en España mediante este beneficio directo sobre la factura de clientes que lleguen a generar empleo.

Otros de los que podrán beneficiar serán los nuevos negocios que acrediten debidamente el inicio de su actividad profesional este 2010, se beneficiarán con un 33% de descuento en las comunicaciones tanto fijas como móviles, de solicitar el alta en este plan, que tiene un techo de 50.000 líneas de clientes, pymes y autónomos.

Desde Telefónica, comunican que el límite de descuentos dentro de esta campaña será de 50€ por línea, además de que la promoción es acumulable con otras iniciativas o promociones que se encuentren vigentes al momento de la inscripción.

La forma de contratación, se basa en que aquellos empresarios que quieran acogerse deben descargar la documentación de la página Web de Telefónica y posteriormente cumplimentar la tramitación.

Plan Integral de Apoyo a la Industria para pymes industriales

ayudas_pymes_industriales

Dentro de las líneas de financiamiento y ayudas que se encuentran al alcance de las pymes, existe un plan para las pymes industriales madrileñas que tengan necesidades de liquidez podrán acceder a hasta 800.000€ a través del Plan Integral de Apoyo a la Industria.

Uno de los objetivos del plan, se centrará en el sector industrial aportando una serie de productos financieros los que se adecúen a sus necesidades de financiación.

Este plan se ha dado a partir de una iniciativa conjunta de la Comunidad de Madrid y la Cámara de Comercio y se enmarca dentro del Plan de Reactivación Económica. El plan cuenta con un total de 50 medidas de índole tributario, económico y de reactivación del empleo en favor de los emprendedores, autónomos y el sector empresarial de la región.

Dicho plan se trata de un programa que establece dos líneas de actuación. La primera de las líneas, se encuentra dirigida a apoyar la inversión de las pymes, presenta dos productos específicos: el Plan Renove de Maquinaria Industrial y el Plan de Apoyo a la Industria de la Comunidad de Madrid, facilitando el acceso a todas las pymes y autónomos industriales a una financiación preferente en costes y plazos.

Además el Plan de Apoyo a la Industria cubre las inversiones que realizan las pymes y autónomos industriales en actuaciones como proyectos medioambientales, actuaciones de prevención de riesgos laborales, proyectos de mejora de la seguridad de las instalaciones. Cuenta con una dotación presupuestaria inicial de 2 millones de euros.

Mientras que, la segunda línea de actuación está dirigida a apoyar a las pymes industriales que tengan necesidades de liquidez, mediante el nuevo Plan Impulsa Industria, el que está divido en tres productos específicos: pólizas de crédito, préstamos de tesorería y préstamos de reestructuración financiera. Pudiendo acceder a importes de hasta 800.000€ en un plazo máximo de 7 años.

Perfil de los autónomos de Madrid

ilustracion_trabajadores_este

Del total de los 700.000 autónomos que han llegado a solicitar en 2009 créditos al ICO, sólo el 7% pudieron acceder finalmente.

El colectivo de trabajadores autónomos se encuentra integrado en España por más de 3 millones de trabajadores, unos 362.000 pertenecen a la Comunidad de Madrid.

Si se puede establecer un perfil del autónomo madrileño, este es un varón, de nacionalidad española, de entre 36 y 54 años, que se encuentra casado, independiente o empresario sin asalariados, se dedica a una única actividad el sector servicios, especialmente actividad comercial, cuenta con un nivel de formación secundaria o de segunda etapa. Y su jornada laboral va de entre las 40 y las 50 horas semanales.

Ayuda temporal extraordinaria a parados de Cataluña

1242144377_pieza1

Los trabajadores autónomos -a través de una aprobación de la Generalitat catalana- que ha aprobado una ayuda temporal extraordinaria (ATE) podrán acceder a esta ayuda, que tendrá una duración de 6 meses dirigidas a los autónomos que se encuentren en paro.

Han informado que esta nueva renta, de 425€ al mes, es de similar característica a la que el Gobierno aprobó durante Agosto para parados sin prestación.

Dicha medida, que ya había sido reclamada por las asociaciones de autónomos, se da a partir del pacto social catalán. El cual contará con 13 millones de euros en 2010, además incluirá formación.

En tanto, para poder acceder los trabajadores autónomos deberán:
-Encontrarse inscritos como demandantes de empleo durante 6 meses
-Tener un periodo cotizado de al menos 3 años
-No disponer de ingresos económicos.

De los 148.000 autónomos que han perdido su trabajo en 2009, el 20% pertenecen a Cataluña, como lo señala la UPTA.

En otros post les iremos informando que otras regiones ya ha ofrecen rentas similares.

Guia para formar una empresa

empresa

Tal vez este post parezca un poco audaz o pretencioso al brindarle información de como crear una nueva empresa en medio de la actual crisis y quizás no sea un buen momento para ello, pero entre tantas empresas que desaparecen y otras tantas que no crecen, hacen que no se tenga presente esta oportunidad, la de constituir una empresa.

Justamente existen numerosos casos de empresas que fueron constituidas en medio de una crisis, es por ello que le brindaremos una serie de pautas e información necesaria para montar una empresa.

Existen dos opciones para elegir a la hora de montar una empresa:

- Desarrollar la actividad establecida de antemano, como persona física (Autónomo)
- Desarrollarla como Empresa (Sociedad mercantil); usualmente la forma societaria más común es la Sociedad Limitada.

A la hora de volcarse por una u otra se deberá tener en cuenta una serie de factores:

Autónomo o Sociedad Limitada:

Para poder elegir una de estas formas, hay que tener una serie de condiciones económicas, jurídicas o de imagen que son las que determinarán qué tipo de empresa elegir para montar. Es por ello que al constituir una empresa, se debe elegir la forma jurídica que más se ajuste a sus necesidades.

La ley brinda dos opciones: Poder actuar como autónomo o crear una sociedad. Existen distintos tipos de formas jurídicas, siendo la sociedad limitada la más común, muchas veces en el caso de pequeños empresarios.

Límites de responsabilidad:
En el caso de un empresario autónomo, la responsabilidad es ilimitada; al no existir entre el patrimonio mercantil y el personal división. Mientras que en las sociedades limitadas la responsabilidad está limitada al capital aportado. De esta manera, cuando una sociedad limitada se declara en quiebra, sólo responderá con los bienes que posee, así nunca lo hará con los bienes de sus propietarios.

Recursos financieros:
Una sociedad limitada exige desembolsar un capital mínimo de 3.006,00€. Pero cuando llega el tiempo de conceder un préstamo, los bancos les exigen a los socios la aportación de avales personales.

Impuestos:
A la hora de tributar fiscalmente, su manera es diferente en cada fórmula jurídica. Así, los empresarios autónomos pueden obtener directamente los beneficios de su actividad empresarial y deben tributar en el IRPF. Por el lado de la sociedad limitada, ésta debe tributar a través del Impuesto de Sociedades.

Número de promotores:
En los casos donde existe más de un socio se suele formar una sociedad, si bien existen casos de sociedades limitadas unipersonales, que están constituidas por un solo miembro.

Trámites:
A la hora de los trámites, al comenzar la actividad como empresario individual es mucho más rápido y fácil que al optar por una sociedad limitada.

Confianza:
En cuanto a este factor, en el caso de una sociedad limitada, está obligada a depositar sus datos contables en el Registro Mercantil, lo que aporta mayores garantías a clientes y proveedores que en el caso de un empresario individual.

Obligaciones del Autónomo:
Más allá de ser, industrial, comerciante o profesional, el empresario autónomo se encuentra obligado a cotizar a la Seguridad Social mediante el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Si bien ciertas profesiones se encuentran exentas del pago de dicha cotización, cuando su Colegio o Asociación profesional garantice esta cobertura asistencial mediante convenio con la Seguridad Social.

En cuanto a la cotización a la Seguridad Social, ésta se establece a partir de las bases que el Ministerio de Economía y Hacienda publica cada año. Por lo tanto, el trabajador debe abonar una cuota mensual, la que varía según la base elegida. De esta manera cuanto mayor sea la base, mayor será la cuota, incluso afectará el volumen de cobertura que aporta la Seguridad Social por enfermedad, incapacidad laboral y jubilación.

En caso de decidirse por la Sociedad Limitada, existen dos opciones:

- Constituir uno mismo la Sociedad Limitada.
- Adquirir una sociedad Limitada previamente constituida. Para ello existen varias Empresas y despachos profesionales de abogados y economistas, que se especializan en la venta de sociedades que ya fueron constituidas.

Cada una de las opciones presenta ventajas y desventajas, a partir de las necesidades particulares, lo que hará que se elijan una u otra opción. Una de las recomendaciones que se suelen hacer es el de elegir la opción de constituirla directamente, ya que saldrá más económico.

Opciones:
Constituir por si mismos la sociedad: Los siguientes son los pasos a seguir:

- Solicitar ante el Registro Mercantil Central, la denominación social, -se suelen solicitar 3 nombres-, tras pasar 15 días hábiles de espera, existen dos posibilidades:
El Registro Mercantil Central acepta una de las tres denominaciones que se ha solicitado.
El Registro Mercantil Central deniega las 3 denominaciones que han sido solicitadas.
La otorgación o denegación llegará por: Por correo certificado, por mensajería o por correo contra reembolso.

- Depósito del Capital Social en una entidad bancaria mínimo legal exigido (3.006,00€) y solicitud del certificado de aportación de dicho capital, aportando al Banco el Certificado enviado por el Registro Mercantil Central para abrir una cuenta de empresa en constitución.

- Elaboración de los Estatutos Sociales.

- Con el certificado bancario, el certificado de denominación y los estatutos sociales se puede solicitar hora en Notaría.

- Firma de la escritura de constitución ante el Notario.

- Con la escritura de constitución se presenta el Modelo 036 de petición de CIF Provisional en la delegación de Hacienda que le corresponda por domicilio social de la empresa, salvo que lo solicite por teléfono.

- Se debe de aportar respectivamente cumplimentados los Folios del Modelo 036: Folio 1, Folio 2B, Folio 3, Folio 8. Este documento debe estar firmado por el Administrador de la empresa. Además se debe aportar la fotocopia del DNI del Administrador y aportar una fotocopia de las escrituras de constitución.

En tanto que, el funcionario de la delegación de Hacienda, le sellará dicho modelo en su primera página y le dará un número provisional de CIF, además le entregará un documento “Certificado de CIF Provisional”.

- Con una copia de este documento y una copia del DNI del Administrador, además de rellenar un formulario de solicitud de etiquetas obtendrá unas etiquetas autoadhesivas con su numeración fiscal provisional.

- Presentación de Actos Jurídicos en Agencia Tributaria correspondiente: Se debe de rellenar el modelo 600 correspondiente a cada comunidad autónoma.

- Pago del Impuesto por Constitución de Empresa; Actos Jurídicos Documentados, cuyo importe asciende al 1% del capital social.

- Inscripción en Registro de Agencia Tributaria correspondiente.

- Presentación en el Registro Mercantil de la siguiente documentación:
Presentación de la Escritura de Constitución
Carta de pago de la Agencia Tributaria
Fotocopia del DNI del Administrador
Fotocopia de las Escrituras

En función de en qué Registro Mercantil de España lo presente, deberá cumplimentar o no un formulario que de ser necesario los funcionarios de dicho organismo oficial le ayudarán a cumplimentar.

Se deja una provisión de fondo en el que el importe varía según la comunidad, aunque para Catalunya es de 100,19€ y corresponde a la futura inscripción en el BORME de la documentación aportada.

- Tras 15 días hábiles, se recuperan registradas dichas escrituras abonando un importe por su inscripción registral en el Registro Mercantil.

- Se presenta en la delegación de Hacienda que le corresponda por domicilio social de la empresa, el modelo 036 de Hacienda con los folios respectivamente cumplimentados para obtener el Certificado de CIF definitivo, además el funcionario que le atienda deberá sellar el modelo 036: Folio 1, Folio 2B, Folio 3 y Folio 6

Deberá aportar además de dicho modelo: Originales de las escrituras registradas, fotocopia de las escrituras registradas y fotocopia del DNI del Administrador.

El Funcionario de la delegación de Hacienda, deberá sellar el modelo en su primera página y brindarle un número provisional de CIF, también le dará un documento llamado “Certificado de CIF Definitivo”.

- Con una copia de este documento y copia del DNI del Administrador y rellenando un formulario de solicitud de etiquetas obtendrá unas etiquetas autoadhesivas con su numeración fiscal provisional.

- Puede en dicho documento dar de alta la actividad de la empresa indicando el epígrafe al que corresponde en la nomenclatura de Hacienda o puede hacerlo en un posterior modelo 036 presentado.

- Mientras que al solicitar el CIF definitivo también solicita en el folio 6 el alta de las obligaciones fiscales automáticamente.

Comprar una sociedad Limitada ya constituida: Esta es la otra opción

Ventajas de Adquirir una Sociedad ya Constituida:
Confidencialidad:

En este caso, la escritura de compraventa de las participaciones sociales, no es acto inscribible en el registro mercantil, esto le permite una mayor discreción respecto al nombre y datos de los nuevos socios adquirientes.

Rapidez:
Esta es una de las ventajas, ya que la transmisión de la sociedad puede ser rápida, en ciertos casos en plazos inferiores a las 24 horas, llegándose a ahorrar plazos de hasta 50 días en los casos de constitución de una sociedad, logrando facilitar una sociedad legalizada y lista para operar.

Otra de las ventajas se da en que, los compradores no tienen que desembolsar inicialmente el capital social, el que suele ser de un mínimo de 3.006€, puesto que ya ha desembolsado previamente la totalidad del capital social.

Comodidad y flexibilidad:
Este tipo de empresas le facilitan a sus clientes la realización de las modificaciones que sean necesarias para adaptar los estatutos a sus necesidades de cada caso, y sobre todo en el mismo día de la compraventa de las participaciones de dicha sociedad. Por lo que dan la posibilidad de crear sociedades a medida, de cada cliente, pudiendo realizar los cambios que sean necesarios: cambios de régimen de administración, cambio del objeto social, ampliación de capital Social o modificación de los Estatutos de la Sociedad.

Bienvenidos a Gestion Pyme. En gestionpyme.com podrás encontrar información relacionada con el mundo de las pequeñas y medianas empresas: Consejos prácticos, información útil... .

Recibe las mejor información sobre pymes en tu correo
Subscribers:1515

Este blog funciona gracias a WordPress | Condiciones de uso de los contenidos | Responsabilidad

Red de Blogs Financieros | Bolsa | Economia | Productos Financieros