Como declararse empresario independiente

Son momentos en que algunos se pasan de profesión, o con los pocos ahorros tratan de volverse emprendedores o iniciar una franquicia, estén desempleados o por las dudas inician un negocio paralelo por si acaso los atrapa el paro.

Como declararse empresario independiente es una de las posibilidades que se plantean y si bien implica una serie de trámites, y es fácil.

Aunque los trámites que se requieren tardan un poco son los que se deben cumplir para la actividad de empresario individual.

El primer paso será inscribirse en el Registro Mercantil. Tras ser aprobado la sociedad tomará capacidad jurídica. Para ello deben presentar:

-Escritura Pública de constitución de la sociedad.
-Fotocopia del Número de Identificación Fiscal (NIF)
-Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Impreso Modelo 600 cumplimentado.

Además para poder llevar adelante la actividad, deben realizar diferentes trámites. Los lugares a donde debe acudirse para solventarlos se encuentran destacados en mayúsculas:

Agencia Tributaria:
Alta en el censo de empresarios:

Declaración censal de comienzo, modificación o cese de actividad que deben presentar a efectos fiscales los empresarios individuales, los profesionales y las sociedades.

Documentación a Presentar:
-Primera Copia de Escritura en el caso de las sociedades
-Número de Identificación Fiscal (NIF)
-Impreso 036 (para sociedades) o 037 (empresario individual)

Impuesto Sobre Actividades Económicas:
Se trata del tributo que deriva del ejercicio, en España por actividades empresariales, profesionales o artísticas, sean en un local determinado o no y si están detalladas en las tarifas del impuesto.

Además las empresas en el que las cifra de negocios del ejercicio anterior se encuentren por debajo del 1.000.000 de euros y las empresas de nueva creación, en los dos primeros ejercicios, quedarán excluidas.

Documentación Requerida:
-Impreso oficial para cuota municipal modelo 840
-Impreso 036/037 de alta en el Censo.
-NIF de la empresa

Tesorería Territorial de la Seguridad Social
Afiliación:
Se requiere para asignar un número de Seguridad Social.

Modalidades:
-A instancia del empresario
-A instancia del trabajador
-De oficio

Alta en el Régimen de la Seguridad Social:
Se tiene la obligación de cotizar solamente cuando finaliza la prestación, debiendo presentando el parte de baja dentro de los 6 días naturales siguientes.

Al Contratar Trabajadores:
Inscripción de la Empresa:

Se requiere un número para identificar y controlar las obligaciones en el Régimen del Sistema de la Seguridad Social. Además del Código de Cuenta de Cotización, que servirá para vincular otros trabajadores que se asignaran al empresario, para ello deberán de solicitarlo en las provincias en las que se ejerza actividad empresarial.

Documentación:
-Modelo oficial de solicitud.
-Documento identificativo del titular de la empresa
-Número de Identificación Fiscal en el que conste la Actividad Económica de la Empresa
Afiliación y alta de los trabajadores en el Régimen General de la SS.

Consejerías de Trabajo de las Comunidades Autónomas:
Comunicar la apertura del centro de trabajo. Una vez Constituida la Sociedad, habrá que comunicar la apertura del centro de trabajo, para el control de las diferentes condiciones de Seguridad y Salud Laboral teniendo un plazo de 30 días.

Documentación a Solicitar:
Formulario oficial de la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo e Inmigración, o en la Consejería correspondiente de la Comunidad Autónoma.

Inspección Provincial de Trabajo:
Obtención y legalización del Libro de Visitas:

En este caso las empresas, que cuenten o no con trabajadores por cuenta ajena, tienen la obligación de contar en los centros de trabajo con un Libro de Visitas para los funcionarios del Cuerpo Nacional de Inspección del Trabajo.

La empresa tendrá que colocar el calendario laboral en un lugar visible del centro de trabajo a fin al interés de los empleados por ejemplo.

Ayuntamientos:

Licencia de Obras.
Documentación Básica:
Sin facultativo titulado, acondicionamiento de locales
-Formulario municipal
-Memoria descriptiva de las obras.
-Presupuesto de las mismas, a precios de mercado y desglosado por partidas y precios unitarios.
-Planos a escala de la planta y sección, acotados, del estado actual del local.
-Planos a escala de la planta y sección, acotados, de las modificaciones que se pretenden realizar.
Con facultativo titulado (obras mayores)
-Formulario Municipal.
-Proyecto realizado por técnico competente, visado por el Colegio Profesional correspondiente y con dirección facultativa de las obras.

Licencia de apertura. Para comprobar que la solicitud del administrado está bajo normas que establecen los planes de urbanismo.

Objeto de Control:
-Primera apertura de establecimientos mercantiles e industriales.
-Cambios o adición de actividades o de titular, aunque no supongan el cambio o adición de clases de uso.
-Modificación o ampliación física de las condiciones de local y/o de sus instalaciones.
-Utilización de locales como auxilio o complemento de la actividad principal ubicada en otro local con el que no se comunique.

También se necesita de documentación para actividades inocuas u casos especiales.
Alta en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Imagen:gomezlecaro

Fuente: Cincodías

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