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Archivos del mes October, 2011

Mitos directivos en la Pequeña y Mediana Empresa

El Catedrático Alfredo Mosquera, director del Área Académica de Abastecimiento y Compras del IEEC, Escuela de Negocios, Supply Chain Management y Logística. desenmascara algunos mitos de la gestión ejecutiva y empresarial.

Una de las definiciones que da el diccionario de la Real Academia Española de la palabra “mito” es que se trata de una “Historia ficticia o personaje literario o artístico que condensa alguna realidad humana de significación universal”, o bien “Persona o cosa a las que se atribuyen cualidades o excelencias que no tienen, o bien una realidad de la que carecen”.

Ahora bien, yendo al tema que nos ocupa, de manera cotidiana y ante determinadas actitudes, comportamientos o decisiones de los directivos, relacionados con la conducción de las empresas, nos encontramos frente a una serie de mitos que dificultan o interfieren en el desarrollo habitual de los negocios, provocando en algunos casos el deterioro del gerenciamiento, la pérdida de competitividad o la pérdida de oportunidades de negocios, entre otras situaciones.

Veamos cuáles son los principales mitos relacionados con los negocios.

1. La cultura de la organización no permite hacer negocios o realizar cambios organizacionales

Se suele echar la culpa a la cúpula directiva, asumiendo que prefieren que la compañía siga funcionando como hasta ahora, sin ningún tipo de cambio interno Pero lo cierto es que siempre habrá posibilidades de crear o hacer un negocio. Algunas condiciones económicas o sociales pueden perjudicar la creación de ciertos tipos de negocios, y lo que normalmente consideramos una cultura organizacional arraigada en no tomar riesgos, es en realidad una postura conservadora y cauta frente a los riesgos. Por ejemplo, si la situación económica del país no es favorable, la organización podrá analizar la conveniencia de optimizar costos, adquirir inversiones, reorganizar sus negocios o buscar nuevos mercados con mayor poder adquisitivo.

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Buscador de ayudas para pymes

Uno de los grandes problemas de las pymes es el acceso a la financiación, sobre todo ahora que bancos y cajas han cerrado el grifo del crédito. Las ayudas y subvenciones son una gran fórmula para poder llegar a ese capital necesario para iniciar la actividad o simplemente acometer un nuevo proyecto, pero son tantas las instituciones y organismos que las entregan que estar al tanto de todas es un trabajo a tiempo completo en sí mismo. Por fortuna, existen herramientas para agilizar esta tarea. Se trata de los buscadores de ayudas y subvenciones para pymes y autónomos.  Os presentamos los más interesantes.

Con motivo del lanzamiento de Ayudasaunclic.com nos planteamos la necesidad de de hacer un artículo recopilatorio sobre las ayudas y subvenciones para pymes y autónomos. El tema de la financiación es uno de los que más preocupa a los emprendedores y ahora que la situación de bancos y cajas no es la más boyante las subvenciones y ayudas cobran especial relevancia tanto para quienes inician su actividad como para quienes desarrollar nuevos proyectos o simplemente fortalecer su posición actual.

El problema con las ayudas y subvenciones es que no siempre son fáciles de encontrar. La amalgama de organismos públicos y privados que ofrecen algún tipo de ayuda es muy amplia y siempre corremos el riesgo de que se nos pasen algunas propuestas interesantes. Para evitarlo existen los buscadores de ayudas y subvenciones, que facilitan esta labor de encontrar las convocatorias que hay en marcha en cada momento. Desde aquí os presentamos algunos de los más interesantes.

Empezamos con el último en llegar: Ayudasaunclic.com, un proyecto de Eurofunding que  rastrea las ayudas ayudas y subvenciones estatales, autónomos y locales destinadas a financiar a pymes, emprendedores y autónomos. En total recoge cerca de 400 ayudas públicas de forma semanal. El buscador permite distinguir por tipo de actividad y localización y además de información dispone de un servicio de tutelaje que nos orientará durante el proceso, aunque dentro ya del sistema de pago.

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¿Por qué las pymes necesitan la tecnología?


Alba Jiménez, de BaseKit, nos adentra en el mundo de la tecnología aplicada a la pyme y nos explica por qué las pequeñas y medianas empresas deben apostar por las nuevas tecnologías.

Las pymes necesitan entender que la tecnología juega y jugará cada vez más un papel muy importante en su desarrollo y en su posibilidad de ser competitivas en un mercado tan globalizado.

Las pymes están consideradas como uno de los motores de las economías modernas debido a su capacidad de generar empleo, de crear innovaciones tecnológicas, etc. Por todo esto, la habilidad de las pymes de innovar adquiere un significado muy importante, ya que la innovación da ventaja competitiva a las empresas, a las industrias y a las economías.

Especialmente en periodos de crisis económica es cuando las pymes comprenden la necesidad de innovar para sobrevivir e, incluso, para poder crecer. Estas situaciones pueden verse como oportunidades para valorar cómo cada pyme se ha visto afectada y cómo la tecnología podría ayudarle.

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Como afecta la reestructuración de la banca a la pyme

Las conclusiones de la cumbre europea han sentado bien al mercado en general pero no tan bien a la economía española en particular y mucho menos a sus bancos. La recapitalización de la banca europea afectará especialmente a los bancos españoles, que ahora tiene una necesidad de 26.000 millones de euros, la segunda mayor, sólo superada por Grecia. Y en medio de toda esta pelea, las empresas y autónomos luchando por seguir a flote y acceder a financiación ¿Cómo les afecta todo este embrollo de la deuda soberana?

Entre las medidas adoptadas por la Unión Europea para salir al paso del nuevo episodio de la crisis de la deuda griega destaca el cambio en las necesidades de capital que deberá cumplir la banca. Es decir, una nueva recapitalización para hacer frente a la quita del 50% de la deuda griega y a los riesgos de las diferentes deudas soberanas en manos de las entidades financieras.

En concreto, la banca europea deberá alcanzar un 9% de core capital antes del 30 de Junio de 2012 y quienes no lleguen a ese mínimo exigido verán sus bonus y dividendos limitados. En cifras esto supone que los 70 bancos analizados por la UE necesitarán 106.000 millones de euros adicionales, de los cuáles 26.161 millones corresponden a las entidades españolas (las cinco analizadas fueron BBVA, Santander, Banco Popular, La Caixa y Bankia). Sólo los bancos griegos requieren más dinero. Y es que la banca nacional se ha visto especialmente afectada por el criterio de la CE para considerar capital de máxima calidad determinados activos y dejar fuera otros.

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¿Compensa retener al empleado en la oficina?

Es una creencia demasiado extendida en España que cuanto más tiempo pase el empleado en su puesto de trabajo, mejor, incluso si así se superan las horas marcadas en su contrato. La crisis y el miedo a perder el empleo están haciendo que además los propios trabajadores se sumen a esta tendencia por voluntad propia. Sin embargo, conviene preguntarse si extender la jornada laboral es lo más recomendable para la empresa.

Un estudio elaborado por la Comisión nacional para la Racionalización de los Horarios en España (ARHOE) nos sitúa como el país que más tarde termina su jornada laboral. Si en la mayoría de países europeos la jornada se extiende hasta las 17 ó 18 horas, en España el cierre no llega hasta las 19 horas y se puede extender hasta las 22 horas. El informa analiza los horarios más habituales en los sectores de servicios, oficinas, Administración, comercios e industria de Alemania, Bélgica, Francia, Finlandia, Italia, Luxemburgo, Reino Unido, Suecia y España y destaca las diferencias en los horarios del resto de Europa con nuestro país no sólo en el momento de finalizar la jornada, sino también por ejemplo en la hora de la comida. De media, el resto de países destina entre 30 y 60 minutos a la comida, un periodo que en España se alarga hasta la hora y media o dos horas, lo que al final hace que la jornada laboral se alargue más de la cuenta y puede explicar parte de estas diferencias.

En cualquier caso, este estudio debe servir para invitarnos a reflexionar sobre las maratonianas jornadas laborales españolas. Si hace unas semanas nos preguntábamos si queríamos trabajadores extremos en nuestra empresa, lo que ahora debemos plantearnos es si compensa retener al empleado en la oficina más allá de su horario normal de forma habitual. Como ya hemos apuntado esta es una práctica demasiado común en muchas pymes, aunque por fortuna ha remitido ligeramente en los últimos años. Estamos hablando de empresas en las que los empleados ni siquiera se plantean abandonar la oficina antes de las 20 horas cuando su horario marca las 18:30 como horario de salida. Evidentemente existen casos en los que está justificado por la carga de trabajo, pero si vemos que el alargar la jornada se convierte en algo demasiado frecuente quizás habría que pensar que no contamos con los recursos necesarios para desarrollar la actividad, bien porque los empleados no son suficientemente productivos o porque hacen falta más recursos.

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300 oportunidades de negocio

¿Te faltan ideas para emprender? El Servicio Andaluz de Empleo te descubre hasta 300 propuestas de negocio para crear tu propia empresa que nos acercan a la mayoría de sectores de actividad económica con algunas oportunidades de lo más curiosas. Además nos informa del perfil de emprendedor asociado a cada negocio, la legislación que debemos tener en cuenta y las opciones de financiación de las que disponemos.

Las 300 oportunidades de negocio que identifica la Oficina Virtual de Empleo de la Junta de Andalucía se dividen en nueve sectores principales de actividad: Alimentación, Hostelería y restauración, Ocio, tiempo libre y turismo, Comercio: confección de calzado, Comercio: diversos minoristas, Talleres y servicios de reparación, Servicios a la comunidad, tercera edad y enseñanza privada, Servicios y Medioambiente. Se trata de una primera clasificación general dentro de la cual después podremos encontrar negocios de lo más peregrinos hasta ideas que a todo el mundo se le han ocurrido en alguna ocasión como una cervecería, un bar de copas, una tienda de alimentación o una tienda de ropa, por poner algunos ejemplos.

Dedicarle un rato a bucear entre estas 300 oportunidades de negocio puede servirnos para aclarar ideas e incluso para dar con una actividad que se ajusta a nuestras capacidades y en la que no habíamos pensado hasta ese momento. Pero al margen de este papel, lo más interesante de la propuesta de la Junta de Andalucía es que no se queda en nombrar posibles negocios, sino que ofrece información adicional sobre los mismos. Lo primero que hace es una breve descripción de la actividad y de la jurisprudencia a la que está afecto. Esto nos servirá para conocer los trámites que debemos seguir, el tipo de sociedad que debemos constituir y las limitaciones del negocio.
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Seguridad Social becarios

A partir del 1 de noviembre de 2011 los becarios pueden cotizar a la seguridad social. La cotización de los becarios será por la base mínima multiplicada por 0,77 y la cuantía será asumida en su mayor parte por la empresa que los contrate. Además, hasta final de 2012 quienes hayan sido becarios podrán también solicitar que se añadan esos años a su vida laboral.

Los becarios se unen a los trabajadores que cotizan a la Seguridad Social. El Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros sirve para regular lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, y que permite a los becarios cotizar a la Seguridad social desde el 1 de noviembre. La cotización de los becarios se regula por en convenio especial y está constituida por la base mínima de cotización prevista en el régimen general aplicando un coeficiente reductor del 0,77% (a efectos del cálculo supone multiplicar la base mínima por 0,77) .

Las empresas u organismos que financien el programa de formación del becario deberán solicitar la apertura de cuenta de cotización del becario a la Seguridad Social para que esta sea efectiva. El Real Decreto también establece que los becarios serán asimilados a trabajadores por cuenta ajena a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. Con este desarrollo, la cotización de los becarios a la Seguridad Social se rige por normas similares a las de el contrato de formación y el de aprendizaje en lo que a contingencias comunes y profesionales se refieren. En este sentido, la gran diferencia es que los primeros no cotizan por la contingencia por desempleo ni al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), de forma que no generan derecho a cobrar el paro.

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Zonas francas urbanas para emprendedores en Madrid

El Ayuntamiento de Madrid apuesta por los autónomos y los emprendedores y lo hace a través de cuatro medidas concretas. La primera supone la creación de una serie de zonas francas urbanas para emprendedores, la posibilidad de pagar la mitad en la cotización a la Seguridad Social, un fondo municipal de Capital Semilla y la bonificación máxima en el Impuesto de Actividades Económicas.

El Ayuntamiento de Madrid se ha puesto las pilas para ayudar a los emprendedores. Dentro de su plan para crear 150.000 puestos de trabajo en los próximos cuatro años el consistorio municipal va a canalizar a través de la Agencia Madrid Emprende cuatro medidas concretas destinadas a favorecer la creación de empresas y el autoempleo.

Bonificación de la cuota de autónomos

La primera iniciativa tiene que ver con la cuota de autónomos que se paga a la Seguridad Social. Para favorecer el emprendimiento, a partir del 1 de enero el ayuntamiento cubrirá durante los primeros 15 meses la mitad de las cotizaciones de los autónomos. La bonificación estará disponible para las personas menores de 30 años con domicilio fiscal en Madrid y que trabajen por cuenta propia de forma continuada por lo menos durante seis meses.

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Cotización becarios

Buena noticia para los becarios, que a partir de ahora podrán cotizar a la Seguridad Social. En concreto, la cotización de los becarios será base mínima multiplicada por el 0,77 y tendrá carácter retroactivo siempre y cuando se abonen las cotizacines correspondientes. De esta forma se igualan los contratos de becarios con los contratos de formación y aprendizaje.

El Consejo de Ministros aprobó definitivamente el Real Decreto que permitirá a los becarios que realizan prácticas remuneradas cotizar a la Seguridad Social si límites temporales. En concreto, el nuevo contrato de los becarios se regirá por las mismas normas que el contrato de formación y el de aprendizaje en lo que a contingencias comunes y profesionales se refieren. Los becarios cotizarán por la base mínima multiplicada por 0,77 durante un periodo máximo de dos años.  Sin embargo, no deberán contingencia por desempleo ni al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), por lo que el ser becario no dará derecho a cobrar el paro, aunque sí sumará para el cálculo de la pensión. Se trata de una cuestión importante teniendo en cuenta que la reforma de las pensiones elevó la edad de jubilación hasta los 67 años.

En términos económicos, la medida supone que los becarios aportarán una media de 42 euros mensuales a las arcas de la Seguridad Social, de las cuales 36 correrán a cargo de la empresa y apenas seis euros del cotizante.

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Jubilación anticipada

sombras

Desde 2013 la edad legal de jubilación irá aumentando hasta alcanzar los 67 años en 2025. En teoría, todo trabajador debe mantenerse en activo hasta esa fecha si quiere cobrar su pensión. Sin embargo, existe la alternativa de atenerse a la jubilación anticipada siempre que se cumplan algunos requisitos que os contamos.

La reforma de las pensiones de 2011 ha introducido importantes cambios en la forma de calcular la pensión tanto en lo que a la edad de jubilación se refiere como a la base de cotización que se tiene en cuenta. De esta forma a partir de 2013 el momento de jubilarse irá retrasándose de forma paulatina desde los 65 años actuales hasta alcanzar los los 67 años en 2027. En concreto, el avance se hará a razón de un mes por año durante los seis primeros ejercicios y de dos meses por año durante los nueve últimos tal y como indica la siguiente tabla.

De esta forma, los sólo los nacidos antes de 1948 podrán jubilarse a los 65 años. A partir de esa fecha irá aumentando la edad de jubilación de forma que los nacidos a partir de 1959 ya se jubilarán a los 67 años. Por fortuna, existen fórmulas para adelantar esa fecha a través de la jubilación anticipada. Sin embargo existe una serie de requisitos para poder acceder a ella, empezando por haber cotizado a la seguridad social y estar dado de alta en alguno de sus regimenes. Para poder acogerse a la jubilación anticipada será necesario, como es lógico,estar dado de alta en la Seguridad Social en alguno de sus regímenes. Además, dependiendo del tipo de jubilación anticipada variarán los requisitos y las prestaciones.

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