Una nueva prestación esta disponibles para los padres o tutores que deban cuidar a sus hijos o niños que estén enfermos gravemente, Con esto se les reconoce mediante la nueva prestación económica por baja laboral por cuidar a niños con enfermedad grave.
En la misma semana que se anunciaba el adelanto de las elecciones para el 20 de Noviembre, el Gobierno dió por aprobado en el Consejo de Ministros el Real Decreto que regula reconociendo para todos los regímenes del sistema de la Seguridad Social, esta prestación económica por cuidado de menores que sufran de enfermedad grave y sus padres o tutores deban reducir su jornada.
Este es un subsidio diario, significando el 100% de la base reguladora de la prestación por incapacidad temporal o baja laboral.
La base para su cálculo será el porcentaje en que se ve reducida la jornada laboral, que será de mínimo el 50%. La prestación tiene su fin al terminar la enfermedad, cuando ya no sea necesario su cuidado o en todo caso cuando cumpla 18 años.
Accederán los progenitores biológicos, adoptantes y acogedores que no puedean cumplir con su jornada laboral hasta el 50% para cuidar a su hijo o menor a cargo, además tendrán que trabajar los dos, y uno de ellos podrá trabajar en jornada reducida.
Hay disponible una extensa lista de 108 enfermedades graves que será la base para poder otorgar esta prestación por cuidado y enfermedad. Las solicitudes están disponibles ingresando a la Web de la Seguridad Social.
Recuerdan que los requisitos a cumplir para la nueva prestación, son como los que se exige para la prestación económica por maternidad contributiva: Estar afiliado y de alta en alguno de los régimen del sistema de la Seguridad Social y tener cubierto el periodo de cotización mínimo estos son los requisitos que se piden.
Las 108 Enfermedades que se tienen en cuenta:
-Oncología:
leucemia, linfoma, tumores, neoplasisas
-Hematología:
aplasia medular grave, y neutropenias y hemoglobinopatías constitucionales graves
-Errores innatos del metabolismo:
desórdenes de aminoácidos, del ciclo de la urea, de los ácidos orgánicos, enfermedades lisosomiales, de los peroxisomas
-Alergia e inmunología:
alimentarias graves, asma bronquial grave
Inmunodeficiencias:
Síndrome de Wiskot-Aldrich y de Di George
-Psiquiatría:
trastornos de la conducta alimentaria; trastorno de conducta grave; trastorno depresivo mayor; trastorno psicótico y trastorno esquizoafectivo
-Neurología:
malformaciones congénitas del sistema nervioso central, epilepsias, algunas enfermedades autoinmunes y neuromusculares
-Cardiología:
cardiopatías congénitas graves, miocardiopatías con disfunción ventricular o arritmias graves; cardiopatías con disfunción cardiaca y trasplante cardiaco
-Aparato respiratorio:
fibrosis quística, neumopatías intersticiales, bronquiectasias y sarcoidosis, entre otras
-Enfermedades infecciosas:
VIH, tuberculosis, endocarditis, sepsis
-Endocrinología:
diabetes mellitus tipo I
-Aparato digestivo:
resección intestinal amplia, diarreas congénitas graves, trasplante intestinal y otras enfermedades graves del aparato digestivo
-Nefrología:
enfermedad renal crónica terminal en tratamiento sustitutivo, síndrome de Bartter, cistinosis o la hipomagnesemia con hipercalciuria y nefrocalcinosis, entre otras.
-Reumatología:
artritis idiopática juvenil, el lupus eritematoso sistémico, la dermatomiositis juvenil, la enfermedad mixta del tejido conectivo y otras enfermedades reumatológicas graves
-Enfermedades relacionadas con intervenciones quirúrgicas: hidrocefalia/válvulas de derivación, deformidades torácicas, atresia esofágica, malformaciones renales, cirugía de las displasias esqueléticas, escoliosis
-Cuidados paliativos:
en cualquier paciente en fase final de enfermedad
-Neonatología:
grandes prematuros, nacidos antes de las 32 semanas de gestación o con un peso inferior a 1.500 gramos y prematuros con extensos ingresos debido a complicaciones secundarias a la prematuridad.
Imagen: sandiegored