La propia Comisión Europea calcula que durante el último año más de 29.000 empresas españolas han tenido que echar el cierre con un responsable principal: la morosidad. Y es que, a pesar de un optimismo moderado pero generalizado sobre la recuperación económica, los impagos siguen siendo un elemento determinante en la economía de las empresas de nuestro país.
A pesar de la última normativa europea que, entre otras cosas, limitaba el plazo máximo de pagos a proveedores a 60 días, y, también a pesar de la adaptación de esta directiva en nuestro país en la que se reducían los plazos máximos de pago de facturas a los citados 60 días y, en el caso de la administración pública a 30 días, los impagos siguen siendo un gran problema con el que las pymes, y la empresa en general, deben lidiar.
En el trasfondo de esta situación, en la que las regulaciones sucesivas parecen no poner freno a los impagos, se encuentra sin duda el hecho de un sistema laxo con el moroso. Si bien nuestras leyes, desde el punto de vista teórico en la aplicación de restricciones a los periodos máximos de pago de facturas, se ajustan a la normativa europea, los elementos coercitivos en la práctica no se respetan.
Si tomamos como ejemplo un país vecino como Francia comprobamos como se aplica un sistema de penalización rígido, donde las multas por impago pueden acercarse a los 375.000 € para las empresas. Otro ejemplo lo encontramos en los intereses de mora, en el ámbito europeo se aplican medias en torno al 8% de recargo, mucho más elevadas por ejemplo los países del norte de Europa donde incluso podemos encontrar intereses de mora en el entorno al 20% e incluso llegando hasta el 24%. (Fuente: Centro Estudios Morosología)
En nuestro país, la ausencia de órganos de control y de regímenes sancionadores es una parte fundamental de la situación actual en lo que a impagos y retrasos en los pagos se refiere. Por otro lado, esa sensación tan instalada de una cultura del retraso en el pago y el innegable miedo de la empresa a la pérdida de clientes hace que cuestiones naturales en otros entornos geográficos como la reclamación de intereses por retrasos, no se apliquen en nuestro país o se haga de manera muy minoritaria. Por ejemplo, se calcula que en España sólo el 5% de las empresas reclaman estos intereses (Fuente: Centro Estudios Morosología) mientras que, por ejemplo en Francia estas reclamaciones ascienden prácticamente al 60%. Si esto no se llega a aplicar o se hace es tan escasa medida, mucho menos se aplican cuestiones legales reconocidas como la posibilidad de indemnización (40€) por factura impagada o los gastos de reclamación (siempre que éstos sean demostrables).
Cómo luchar contra la morosidad desde la empresa
Ante este panorama en el que queda tanto por recorrer para controlar la morosidad, al empresario sólo le queda una posibilidad que pasa por ser prevenido y saber cómo actuar ante los impagos. La morosidad se combate con prevención y proactividad. Conocer muy bien al cliente con el que trata, documentar las operaciones comerciales, blindarse con cláusulas ante posibles impagos, conocer sus derechos y obligaciones… Y si aun así, seguimos teniendo impagos, es necesario reaccionar de forma rápida y seguir unas pautas para reclamar las deudas desde el primer momento, no demorarse y guardar toda la documentación relacionada con el impago. Estas son algunas de las rutinas que le ayudaran a minimizar los impagos e incrementaran las posibilidades de recobrar las deudas.
En cualquier caso, formarse y contar con expertos para afrontar la morosidad es la mejor prevención. Existen numerosos recursos en internet que nos pueden ayudar, como el ‘Manual práctico Cómo evitar y afrontar los impagos en tu empresa’ desarrollado por los abogados de DAS recoge de forma clara diferentes consejos para prevenir la morosidad, los diferentes motivos de impago y cómo encararlos y los pasos a seguir para recuperar cada una de la deudas.