Cálculo pensión autónomos

Una discusión más que se plantea entre el colectivo de trabajadores autónomos, el período para calcular las pensiones de los autónomos, que ahora se incrementa hasta los 20 años. No es la única, ya que también estamos pendiente de la aprobación o no del subsidio por cese de actividad de 425€.

La ampliación a 20 años del período de cómputo de las pensiones en autónomos, además recorta hasta los 45 años el período de elección de la base de cotización del autónomo para el cómputo de su pensión. Ya que los afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos Seguridad Social.

Seguramente esto generará un debate de las modificaciones del actual modelo de cotización de autónomos. Según las estimaciones realizadas por Upta, de aplicarse esta medida, llegará a afectar a 700.000 autónomos, esto es el 20% del total del colectivo de trabajadores autónomos.

Imagen: Google

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4 responses to “Cálculo pensión autónomos

  1. Sin ánimo de criticar… pero es que ni leyendo tres veces el post me entero de lo que pone, está redactado de tal manera que hay que perder un buen rato descifrándolo como si estuviera traducido al español por un traductor automático, un repasito a la gramática antes de publicarlo vendría muy bien. Ahora me tengo que ir a leer noticias relacionadas con el tema para comprender exactamente el alcance del cambio.
    Insisto, mi intención es que esto sea crítica constructiva, me parece adecuado mencionarlo para que la página pueda mejorar.
    Un saludo.

  2. Hola. ¿Pero que si tienes entre 45 y 49 años a partir del 1/1, como máximo puedes cotizar por los 1680?
    Bueno, hay quien tiene problemas para cotizar por el mínimo.

  3. Hola, tengo una cuestión que no se como resolver bien.
    Os planteo la situación, trabajador autonomo que actualmente tiene 81 años, comenzó a cotizar en 1975 y se dió de baja en 1992 (17 años cotizados). Me pregunta si tiene derecho a pensión ahora que la quiere solicitar.

  4. HOLA RODRIGO,

    En principio para poder cobrar la pensión parte de la cotización debe ser inmediatamente anterior al momento de solicitarla.

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