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Archivos del mes May, 2010

Transportistas autónomos

camioneros

Dentro de los varios sectores de trabajadores autónomos, la comisión de Empleo de la Eurocámara desde hace algunos meses solicita que se le aplique a los camioneros autónomos la norma de la UE, esta limita el tiempo de trabajo en el sector del transporte para evitar riesgos para la seguridad y garantizarle la igualdad de trato frente a los transportistas por cuenta ajena, que deben cumplir dichas reglas.

Ante este pedido, los eurodiputados denegaron la solicitud de la Comisión, que pedía dejar a los conductores independientes fuera de la norma.

Es así que, las enmiendas que desean aplicar los grupos socialista, verde y de Izquierda Unitaria para que no se aplique la propuesta de Bruselas por motivos de “salud y seguridad de los conductores” y “condiciones de competencia” han tenido el apoyo de 30 diputados.

Vale recordar que esta norma preveía incluir a los conductores autónomos en la aplicación de la norma desde el 23 de Marzo de 2009, salvo en caso que el Ejecutivo comunitario publicara una propuesta contraria antes de dicha fecha.

En Octubre de 2008, Bruselas presentó un informe que estipulaba que no se requería incluir a los autónomos solamente bastaba con resolver la dificultad de los denominados falsos independientes, -estos son los conductores que tienen de forma oficial el estatuto de autónomos pero en realidad trabajan para un cliente-.

Ante esto estas enmiendas que van en contra de la propuesta de Bruselas, a fines de este mes de Mayo deben ser ratificadas en el pleno de la Eurocámara.

Dicha norma establece un límite de tiempo de trabajo de 48 horas de media por semana, pudiendo ser hasta 60 horas bajo la condición de que la media de 48 horas por semana calculada en un periodo de 4 meses no sobrepase ese límite.

Mientras que, la comisión de Transportes de la Eurocámara solicitó que las infracciones graves a las reglas europeas sobre tiempo de trabajo sean sancionadas con penas definidas y que sean comparables en los Estados miembros.

Imagen: Valenciaconfidencial

Ayudas al establecimiento de autónomos en Andalucía

andalucia

Los trabajadores autónomos además de las líneas ICO, pueden acceder a ayudas de un máximo de 11.000€, para aquellas mujeres desempleadas y con discapacidad, víctimas de violencia de género.

De esta manera, la Junta dirige para este año 34,48 millones de euros en concepto de orden de ayudas al establecimiento y mantenimiento de trabajadores autónomos en Andalucía dichas ayudas pueden solicitarse, excepcionalmente para el ejercicio 2010, entre el 15 de Mayo y el 15 de Junio.

Así se fija la orden las bases reguladoras de las ayudas al establecimiento y mantenimiento como trabajador autónomo en Andalucía, publicada hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de 26 de Abril de 2010, se considerará receptor de las ayudas a la persona física que ejerce una actividad económica individual, por cuenta propia, y que tenga hasta 5 trabajadores por cuenta ajena.

Pueden solicitar las ayudas al establecimiento como autónomos los que iniciaron su actividad en los 6 meses anteriores a la apertura del plazo para presentar solicitud o que acrediten que “en el mismo día o el anterior a su alta a la Seguridad Social estaban desempleados”. También pueden solicitar las subvenciones al mantenimiento como autónomo, los que lleven de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos un mínimo de 1 año y un máximo de 3 años.

Dicha subvención para poder establecerse como autónomo podrá ser de hasta un máximo de 11.000€, se otorgarán 5.000€ para desempleados en general, y llegarán a 6.000€ para los jóvenes parados de hasta 30 años, los desempleados con expedientes de regulación de empleo (ERE), y las personas de zonas de especial atención, zonas Atipe o áreas territoriales preferentes para actuaciones integrales de empleo.

La cuantía subirá a 7.000€ para mujeres desempleadas y a 8.000 para desempleados con discapacidad en un grado igual o superior a un 33%, a los parados con especiales dificultades de acceso al mercado laboral, esto es, mayores de 45 años, inmigrantes y desempleados de larga duración.

Finalmente las ayudas serán de hasta 10.000€ para mujeres desempleadas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33%. Para las mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades de las ayudas subirán en un 10%.

Esta subvención para el mantenimiento como autónomo, se basará en hasta 4.000€ para financiar gastos e inversiones ya realizados por parte del autónomo. Para este tipo de ayuda, serán considerados gastos e inversiones elegibles las que se han realizado y pagado, en los 6 meses anteriores a la apertura del plazo para solicitar la ayuda, la ayuda podrá llegar hasta 4.500€ cuando la actividad económica sea en zonas Atipe.

Respecto a las actividades económicas preferentes, serán consideradas de esta manera las actividades económicas ligadas con la atención a la dependencia y los servicios a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral; las de ocio, recreo y cultura; de la protección del medio ambiente, tratamientos de residuos y energías limpias y renovables; los referidos a la mejora de la calidad de vida, los destinados a la rehabilitación y adaptación de viviendas, y espacios públicos y la asistencia a las nuevas tecnologías.

Por otro lado, las ayudas reguladas en dicha orden quedarán bajo al régimen de “minimis”, de manera que el solicitante tendrá que aportar una declaración de que no ha recibido ayuda de minimis de cualquier naturaleza o forma.

Es así que las solicitudes se presentarán en el Registro Telemático Único de la Junta, se podrá acceder desde la Web del Servicio Andaluz de Empleo. También podrán presentarse las solicitudes de ayuda en papel en el registro de la Dirección Provincial del SAE.

En cuanto al plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión a las personas beneficiarias será de 3 meses desde la fecha en la que la solicitud ha entrado en el registro. Al pasar el plazo máximo sin un dictamen y notificación de resolución expresa, se deberá tomar como desestimada la solicitud.

Líneas ICO pymes Abril 2010

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A 30 de Abril el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha otorgado 424,9 millones de euros a pymes andaluzas, incluyendo a las que están en crisis, por medio de las principales líneas de crédito a las pymes vigentes, esto significa que un aumento del 41,6% frente a las líneas similares del año pasado del ICO.

Es así que, las líneas de crédito vigentes en este año 2010 son:
-Economía Sostenible
-Inversión 2010
-Internacionalización 2010
-Emprendedores 2010
-Liquidez 2010.

Dentro de estas líneas, el ICO hasta el 30 de Abril concedió 2,86 millones de euros en la línea Economía Sostenible, mediante 45 operaciones, y una inversión generada de 4,10 millones de euros.

La línea Inversión 2010 brindó a los autónomos y pymes 245,06 millones de euros hasta Abril, por medio de 4.301 operaciones, con una inversión de 494,1 millones de euros.

Mientras que, la línea de Internacionalización 2010 concedió préstamos por 1,10 millones de euros, mediante de 8 operaciones para empresas andaluzas, con una inversión de 1,17 millones de euros.

La línea de Emprendedores otorgó 5,62 millones en 173 operaciones, con una inversión de 6,84 millones de euros.

Por el lado de la línea Liquidez 2010 dio préstamos por 170,26 millones de euros mediante 3.532 operaciones.

Entre todas estas líneas ICO, la que más repartió el mayor importe, ha sido la de Inversión 2010, y Sevilla, con 83,03 millones de euros ha sido la provincia que captó la mayor parte de la partida, con 1.054 operaciones.

El resto de las provincias han sido:
-Málaga, con 36,89 millones de préstamos, en 857 operaciones.
-Córdoba, con 29,91 millones en importe por medio de 467 operaciones
-Cádiz, con 26,44 millones en préstamos a través de 556 operaciones
-Granada, con 20,83 millones y 433 operaciones
-Jaén, con 18,69 millones y 310 operaciones
-Almería, con 16,76 millones en préstamos y 376 operaciones
-Huelva, con 12,51 millones en préstamos y 248 operaciones.

Mientras que la segunda línea que otorgó el mayor importe es la de Liquidez 2010, el ranking de las provincias ha sido:
-Sevilla contó con préstamos por valor de 53,51 millones y 889 operaciones
-Málaga, con 23,65 millones y 650 operaciones
-Granada, con 21,89 millones a través de 363 operaciones
-Cádiz, con 18,47 millones en 516 operaciones
-Almería, con 17,06 millones y 298 operaciones
-Jaén, con 15,28 millones y 275 operaciones
-Córdoba, con 14,16 millones en préstamos a través de 360 operaciones
-Huelva, con 6,22 millones en 181 operaciones.

Subida IVA autónomos

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Que exista un rechazo a la subida del IVA es sabido pero que en un colectivo como el de los autónomos el rechazo llegue al 90% es notable, 9 de cada 10 autónomos (90,4%) en contra a la subida del IVA para el próximo mes de Julio. Un 43% declara que no repercutirá a sus clientes este aumento del IVA.

Un 51,2% de los autónomos sí trasladará el aumento del impuesto de sus servicios o productos, y el 83,7% del colectivo pretende que se modifique el principio de devengo para solamente tributar por el impuesto de las facturas ya cobradas.

Mientras que 1 de cada 3 autónomos el (32,2%) redujo su negocio más del 21% en el primer trimestre del año, a la vez el 8,9% mejoró su situación hasta el primer trimestre.

Más allá de qué la crisis ha afectado al 86,5% de los autónomos en el primer trimestre, el 67,9% señala que su negocio disminuyó, de los que un 18,9% redujo el negocio en menos del 10%, el 32,8% entre el 11% y el 20%, y el 47,5%, en más del 21%.

Los autónomos acusan a la caída de las ventas y la pérdida de actividad (44,7%), los impagos de los clientes (29,4%) y la falta de acceso al crédito en las entidades financieras y el IVA le empeorará el panorama.

Imagen: runtimecomics.com

Peugeot línea de financiación pymes y autónomos

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Peugeot -firma automovilística francesa- acaba de lanzar una novedosa modalidad de financiación bajo condiciones especiales para pymes y autónomos, que se basa en las líneas del Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Desde Peugeot señalaron que la nueva financiación, que denomina “Línea ICO Peugeot”, ofrece cobertura amplia ante las necesidades de movilidad y financiación de los empresarios que se lleguen a acoger al plan mientras que los trámites se realizan en el concesionario.

La Línea ICO Peugeot da la posibilidad de escoger el vehículo más adecuado para cada negocio dentro de la gama de modelos de Peugeot, puesto que mediante esta línea de crédito se pueden financiar todos los vehículos comerciales y los turismos con un precio inferior a 24.000€.

La  financiación del vehículo elegido se puede llevar a cabo de forma “clásica” o a través de ‘leasing’ mediante plazos de 36 o de 60 meses, las condiciones pueden consultarse en su página Web.

Imagen: mundorecambioytaller.com

Santander y BBVA préstamos ICO pymes y autónomos

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El Banco Santander y el BBVA se han adjudicado los procedimientos convocados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) para la comercialización de la nueva línea de préstamos directos para pymes y autónomos.

La nueva línea de financiación empezará a regir a mediados del mes de Junio otorgando préstamos de hasta 200.000€ por cada cliente para inversiones además de solucionar las necesidades de liquidez de pymes y autónomos, con el requisito de tener 1 año de antigüedad.

Desde el ICO, destacan que ambos bancos poseen una red de más de 6.300 oficinas, brindando asesoramiento en el proceso de solicitud. Además en algunas oficinas se creará la figura del gestor especializado en préstamos directos del ICO, para poder ayudar al cliente durante el proceso de solicitud.

Otras de las entidades, que presentaron sus propuestas han sido: Popular, Banesto, Sabadell y una UTE de cajas de ahorros liderada por la CECA conformada por 30 cajas. El ICO aclara que la adjudicación es de carácter provisional y no siendo definitiva hasta Junio, como fija la Ley de Contratos del Sector Público.

Santander remarca que durante 2009, obtuvo una cuota de mercado en la canalización de préstamos del ICO del 22%, y durante este 2010 llega al 30% en la distribución de las líneas.

Bajo sus diferentes modalidades, Santander ha otorgado en 2009 préstamos con garantía hipotecaria por 8.500 millones de euros, otros 1.300 millones de euros en préstamos al consumo, y créditos a empresas y negocios por 35.000 millones de euros.

El BBVA la participación del banco en el concurso del ICO ha transmitido su compromiso con las pymes y los autónomos ya que el BBVA es el primer proveedor bancario en España para pymes, grandes empresas, instituciones y corporaciones.

Durante 2009, BBVA ha llegado a formalizar 35.587 operaciones de las líneas ICO por un importe de 2.388 millones de euros.

Día del Emprendedor Madrid 2010

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Como en otras comunidades celebran el Día del Emprendedor, este 28 de Mayo, la secretaria general de UPTA-Madrid, se celebrará el Día del Emprendedor de la Comunidad de Madrid dónde se llevará a cabo la mesa redonda “Recursos en economía social”.

Habrá una ponencia, de la secretaria general sobre el autoempleo además asistirán representantes de otras organizaciones siendo Fernando Bastarreche Grávalos, director de Relaciones Institucionales del IMADE, el moderador.

UPTA-Madrid también intervendrá en la mesa redonda “Inmigrantes emprendedores” el moderador será el director general de Inmigración, Pablo Gómez Tavira.

Por otro lado, desde las 13.00 h. Julia Zhang, representando a la organización, expondrá sobre el papel que cumplen los emprendedores chinos en la Comunidad de Madrid.

Aquellos que asistan podrán conocer los recursos que hay para poder llevar a cabo sus proyectos empresariales. Se llevará a cabo en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de la Universidad Politécnica de Madrid.

Estas jornadas se celebrarán en tres áreas:
-Talleres
-Networking
-Informativa.

-En Talleres: tratarán sobre temas como el trabajo en equipo, la gestión del talento y los recursos financieros
-En Networking: ofrecerán asesoramiento empresarial
-En Informativa: se expondrán stands informativos.

Este Día del Emprendedor se encuentra dentro de la iniciativa Emprendemos Juntos que se lleva a cabo durante todo mayo en diferentes municipios de la Comunidad de Madrid.

Proteccion por cese de actividad autónomos

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Cobrar el paro ha dejado de ser un privilegio exclusivo para los empleados por cuenta ajena. Los autónomos ya pueden cobrar el paro en virtud de la ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.

Pero la prestación por desempleo de los autónomos no es ninguna panacea y para poder acceder a ella es necesario cumplir una serie re requisitos en cuanto a la cotización previa y las causas del cese de actividad. Las condiciones para poder cobrar el paro de autónomos son las siguientes:

  • Estar al día en los pagos a la Seguridad Social
  • Haber cotizado un mínimo de 12 meses continuados e inmediatos a la solicitud de la prestación
  • Tener cubiertas las contingencias profesionales en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomo. Quienes no cotizan actualmente por contingencias profesionales,tienen que proceder a solicitar su inclusión en la cotización por desempleo y por contingencias profesionales a la Seguridad Social, ya que en su caso su cotización al paro para autónomos es voluntaria.
  • Encontrarse en situación legal de cese de actividad. Este es el punto más estricto y el que determina a fin de cuentas quienes podrán cobrar el paro como autónomos

En este sentido, para declararse en situación legal de cese de actividad deberá darse alguno de los siguientes supuestos:

  • Concurrencia de motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos determinantes de la inviabilidad de proseguir la actividad económica o profesional. En caso de establecimiento abierto al público, se exigirá el cierre del mismo durante la percepción de la prestación. Estos motivos pueden darse cuando concurra alguna de las situaciones siguientes:
    • Unas pérdidas derivadas del ejercicio de su actividad, en un año completo, superiores al 30% de los ingresos, o superiores al 20% en dos años consecutivos y completos. En ningún caso el primer año de inicio de la actividad computará a estos efectos.
    • Unas ejecuciones judiciales tendentes al cobro de deudas reconocidas por los órganos judiciales que comporten, al menos, el 40% de los ingresos de la actividad del trabajador autónomo correspondientes al ejercicio económico inmediatamente anterior.
    • La declaración judicial de concurso que impida continuar con la actividad, en los términos de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
  • Causa de fuerza mayor, determinante del cese temporal o definitivo de la actividad económica o profesional.
  • Pérdida de la licencia administrativa, siempre que la misma constituya un requisito para el ejercicio de la actividad económica o profesional y no venga motivada por incumplimientos contractuales o por la comisión de infracciones, faltas administrativas o delitos imputables al autónomo solicitante.
  • Violencia de género determinante del cese temporal o definitivo de la actividad de la trabajadora autónoma.
  • Divorcio o acuerdo de separación matrimonial, mediante la correspondiente resolución judicial, en los supuestos en que el autónomo divorciado o separado ejerciera funciones de ayuda familiar en el negocio de su excónyuge o de la persona de la que se ha separado, en función de las cuales estaba incluido en el correspondiente régimen de Seguridad Social, y que dejan de ejercerse a causa de la ruptura o separación matrimoniales.

En el caso de los autónomos dependientes, se encontrarán en situación legal de cese de actividad los trabajadores autónomos económicamente dependientes que, sin perjuicio de lo previsto en el primer apartado de este artículo cesen su actividad por extinción del contrato suscrito con el cliente del que dependan económicamente, en los siguientes supuestos:

  • Por la terminación de la duración convenida en el contrato o conclusión de la obra o servicio.
  • Por incumplimiento contractual grave del cliente, debidamente acreditado.
  • Por rescisión de la relación contractual adoptada por causa justificada por el cliente, de acuerdo con lo establecido en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.
  • Por muerte, incapacidad o jubilación del cliente, siempre que impida la continuación de la actividad.

Y una vez tenemos claros los requisitos para cobrar el paro ¿Cuánto y durante cuánto siempre cobran el paro los autónomos? El tiempo de paro variará en función de los meses cotizados, tal y como ocurre con el paro de los asalariados de acuerdo a la siguiente escala:

Por su parte, la cuantía de la prestación se establece en función de la base reguladora. En concreto se determinará aplicando a la base reguladora el 70 por ciento. Eso sí, existen unos límites en cuanto a las candidades apercibir. El paro no podrá superar el  175 por ciento del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples, salvo cuando el trabajador autónomo tenga uno o más hijos a su cargo; en tal caso, la cuantía será, respectivamente, del 200 por ciento o del 225 por ciento de dicho indicador. Por otra parte, la cuantía mínima de la prestación por cese de actividad será del 107 por ciento o del 80 por ciento del IPREM, según el trabajador autónomo tenga hijos a su cargo, o no.

Para cobrar el paro los autónomos deben acudir a su Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

Imagen: desequilibriosfinancieros

Cursos de formación para autónomos UPTA-Madrid

Aproximadamente 700 autónomos se pueden beneficiar de cursos de formación ofrecidos por UPTA-Madrid, estos cursos son presenciales, a distancia y mixtos. Los principales sectores son el comercio, la sanidad y el transporte.

UPTA-Madrid les ofrece formación a los autónomos. Desarrollando programas sectoriales e intersectoriales contribuyendo a brindar mayor capacitación y competitividad para los autónomos.

Aquellos que concurran pueden acceder a cerca de 20 cursos para autónomos del ámbito sanitario, 11cursos a profesionales del comercio y 3 cursos a los transportistas. También pueden acceder personas que deseen trabajar en estos sectores.

Beneficios Sociales

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La crisis acentúa algunos problemas y genera nuevos, uno de ellos es el tema salarios. En graves situaciones como la que atravezamos, los precios aumentan, el dinero no alcanza, y los empleados comienzan a reclamar ajustes a sus salarios.

El problema está en que el nivel de ventas hace imposible cumplir con las expectativas de salarios, entonces hay que recurrir a otras herramientas de gestión Recursos Humanos, como lo son los Beneficios Sociales, que son muy poco implementados en las pymes, pero que con los años ha ganado terreno en las grandes empresas.

Empecemos por definir a qué llamamos Beneficios Sociales: son las prestaciones no en metálico, no retributivas, ni acumulables o reemplazables por dinero que el empresario ofrece al trabajador de forma directa, o a través de un tercero, con la finalidad de mejorar la calidad de vida del empleado o de las personas a su cargo.

Si pensamos en los motivos que pueden tener las empresas para implementar estos beneficios, debemos señalar a las exigencias sindicales, la posibilidad de deducciones fiscales, la propia legislación laboral y las limitaciones gubernamentales a los salarios elevados.

El principio básico de los beneficios sociales para el negocio está en el balance entre su coste, y el beneficio tangible o intangible para la empresa.

Los directivos de recursos humanos interesados en facilitar a sus empleados este tipo de retribución deben plantearse cuáles son las necesidades de sus empleados y si éstas pueden ser satisfechas, con un coste razonable, para atraer, retener y motivar a todos los trabajadores.

Así, los beneficios sociales se conciben como una herramienta de motivación que mejora las condiciones laborales y el ambiente de trabajo.

A continuación un listado de los beneficios sociales más comunes de encontrar en las empresas:

- Seguros médicos, además del seguro social obligatorio

- Servicios dentales

- Comedor de la empresa, vales de comida hasta un tope máximo por día de trabajo que fije la autoridad de aplicación.

- Reintegro de gastos de medicamentos y gastos médicos y odontológicos del trabajador y su familia que asumiera el empleador, previa presentación de comprobantes emitidos por farmacias, médico u odontólogo, debidamente documentados.

- Provisión de ropa de trabajo y de cualquier otro elemento vinculado a la indumentaria y al equipamiento del trabajado para uso exclusivo en el desempeño de sus tareas.

- Los reintegros documentados con comprobantes de gastos de guardería y/o sala maternal, que utilicen los trabajadores con hijos de hasta 6 años de edad cuando la empresa no contare con esas instalaciones.

- La provisión de útiles escolares y guardapolvos para los hijos del trabajador otorgados al inicio del periodo escolar .

- Cursos o seminarios de formación especializada

- Retribución laboral con acciones o ’stock options’.

- Pago de gastos de sepelios de familiares a cargo del trabajador debidamente documentados.

- Búsqueda y acomodo de casa.

- Seguros contra accidentes

- Planes de impulso a las actividades deportivas.

- Prestaciones especiales para los periodos de vacaciones.

- Coche de empresa y/o cheques gasolina

- Móvil de empresa.

- Portátil de empresa y conexión a Internet

- Descuentos en proveedores

Obviamente, dependiendo de la jerarquía de cada empleado, se otorgarán mayores beneficios que a otros.

Estos beneficios pueden significar para los empleados importantes ahorros, además de generar un compromiso adicional con la empresa que se los otorga. Mientras que para las empresas que deban contratar con terceros estos beneficios a otorgar pueden representar un costo menor que si se tuviera que pagar un salario por ese monto con sus respectivas cargas sociales.

Imagen: google

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