Todas aquellas empresas que se encuentren sujetas a la normativa Navarra deben presentar las declaraciones juradas, las mismas pueden presentarse según los siguientes modelos:
o El modelo S90 para la presentación individual de declaraciones (Orden Foral 41/2010).
o El modelo 220 foral para la presentación correspondiente a grupos fiscales (Orden Foral 40/2010).
La forma en que debe ser presentada la declaración se basa en la normativa en la que la empresa se encuentre sujeta.
La presentación del modelo S90 y del modelo 220 foral será por vía telemática con carácter obligatorio para todos los sujetos pasivos, con independencia de su volumen de operaciones.
Respecto del vencimiento el mismo opera entre el primer día del quinto mes y el vigésimo quinto día del séptimo mes.
La presentación de los modelos 200 y 220 correspondientes a los sujetos pasivos que, de conformidad con lo dispuesto en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, tributen a ambas Administraciones y apliquen la normativa de régimen común se podrá efectuar del siguiente modo:
o Para la obtención de las declaraciones que deban presentarse ante la Comunidad Foral de Navarra, los sujetos pasivos conservarán una copia de la declaración presentada ante la Administración de territorio común, en fichero informático que se ajuste a los diseños de registros del modelo correspondiente definidos por esta última Administración.
o El mencionado fichero informático se enviará por vía telemática para su presentación ante la Comunidad Foral de Navarra, debiéndose efectuar el ingreso o solicitar la devolución que proceda.
Para mayor información puedes ingresar a la Agencia Tributaria.