Buscar:

Unión Europea. Archivos de la tematica Unión Europea

A continuación puedes leer artículos que los autores etiquetaron con la temática Unión Europea. Puedes navegar a traves de ellos pulsando en su titulo

España pierde menos autónomos que la UE

ilustracion_trabajadores_este2

Si hay que encontrar un consuelo dentro de la tasa de paro en el colectivo de autónomos en España hay que ver los datos comparados con la media europea, ya que España ha perdido dentro del colectivo de autónomos durante el primer trimestre un (-0,8%) siendo 4 veces menor que la medida europea que llegó a (-3,3%).

Según los datos de la oficina de estadística comunitaria (Eurostat), que refleja que España ha perdido unos 25.665 autónomos durante el primer trimestre. Mientras que en dicho periodo, la Europa de los 27, la cifra de autónomos se llegó a reducir en 13 países elevándose en 14. Es así que los países donde se registró una pérdida de emprendedores por sobre la media les correspondió a:

-Estonia (-12,7%)
-Dinamarca (-12,5%)
-Bulgaria (-6,8%)
-Irlanda (-5,2%)
-Chipre y Noruega (-3,8%).
Mientras que debajo del (-3,3%) de la media, estuvieron:
-Portugal (-2,4%)
-Finlandia (-2,1%)
-Alemania (-1,3%)
-Holanda (-1,1%)
-España (-0,8)
-Lituania y Hungría (-0,3%).

En el primer trimestre, la cantidad de emprendedores se incrementó en:
-Letonia (9,8%)
-Eslovenia (5,2%)
-Polonia (3%)
-Austria (2,7%)
-Eslovaquia (2,4%)
-Italia (2%)
-Francia (1,3%)
-Luxemburgo (1,2)
-Islandia (1,1%)
-Turquía y Grecia (0,9%)
-Reino Unido y República Checa (0,7%)
-Rumania (0,1%).

Del total de la población que se encontraba ocupada hasta Marzo en los 27 países (229.511.100), unos 37.466.181 correspondían a autónomos, el 16,3% de los ocupados. De ellos 37,4 millones de autónomos, los países latinos, -Francia, España, Italia y Portugal-, captaron 12.398.681, el 33,2% del total y solamente en España se encontraban 3.131.381 autónomos en el primer trimestre, el 8,4% del total de emprendedores de los 27 países.

En tanto que, Turquía, capta el 15,2% del total, siendo el país con más cantidad de autónomos, le han seguido de Italia, (14,4%) y Alemania con el (11,2%).

IVA Intracomunitario

paquete-iva1

Ante la próxima subida del IVA, hay muchos aspectos alrededor de las modificaciones, una de ellas es el del IVA cuando al ser un empresario se trabaja con otros empresarios dentro de la Unión Europea.

Por lo que si se tiene como función ser un empresario que realiza una serie de compras o que comercializa mercancías hacia otros empresarios de la Unión Europea, existe para ello una regulación en las operaciones intracomunitarias en la Ley del IVA.

Existen dos criterios al momento de realizar estas operaciones:
-Entrega intracomunitaria de bienes.
-Adquisición intracomunitaria de bienes.

En el caso de la entrega intracomunitaria de bienes, se da cuando el empresario vende mercancías que se transportan desde España a otro punto de la UE. Dichas operaciones quedan exceptuadas del IVA., de manera que el transmitente no repercutirá IVA.

Respecto a la adquisición intracomunitaria de bienes, se da cuando un empresario español decide comprar bienes de otro país de la UE. En este caso la adquisición está ligada al IVA bajo la autorepercusión.

En tanto que, para llegar a aplicar dicho régimen habrá que cumplir con 4 tipo de obligaciones:

-Número De Operador Intracomunitaria (N.O.I.):
Es definido como un NIF a efectos comunitarios. En caso que se quiera comprobar la veracidad del NOI de otros empresarios de Europa, se puede hacerlo mediante la base de datos “VIES”

-Transporte:
Para este paso, hay que demostrar que la mercancía salio verdaderamente del país de origen y transportada al país que tiene por destino. Se debe de conservar los documentos del transportista.

-Autofactura:
Al adquirir bienes de otro país comunitario se requiere anotar en el libro de registro de facturas recibidas, la factura original que fue expedida por el empresario o profesional del otro estado miembro y hay que consignar la adquisición intracomunitaria de bienes en la declaración-liquidación que corresponda al periodo en el que se haya realizado la misma además de incluir la operación como mayor IVA soportado y repercutido.

-Modelo 349. Declaración Recapitulativa De Operaciones Intracomunitarias:
Aquellos que llevan a cabo operaciones como estas deberán de presentar el modelo 349, además de un resumen de las operaciones intracomunitarias que se hayan hecho.

Autónomos Unión Europea

ilustracion_trabajadores_este1

Desde las diversas patronales y asociaciones de autónomos se vienen alertando sobre la actual situación de los trabajadores autónomos no sólo dentro de España también se la compara con la situación de los demás países de la UE.

En cuanto a esto, la patronal catalana de pequeñas y medianas empresas Pimec salió a remarcar que en España permanecen los números negativos en cuanto a la pérdida de autónomos a la vez que Europa refleja cierta mejora en la tendencia.

Pimec ha señalado que, existen 13 países que han registrado cifras positivas de crecimiento en afiliación de autónomos que giran entre el 7,3% de Bélgica y el 0,2% de que marcó Finlandia, pasando por Eslovenia, Luxemburgo, Eslovaquia, Francia, Alemania, República Checa, Noruega, Suecia, Holanda, Reino Unido y Dinamarca.

Pero España, aún permanece con los registros de destrucción de empleo autónomo, en 2009 llegó a ser del 4,6% en comparación a 2008 y todavía queda un trecho que recorrer en números negativos.

Imagen: Google

Los 27 crean microcréditos para pymes y parados

los_27

Ante la imposibilidad de acceder a financiamiento, préstamos y demás formas de ayudas, los ministros de Empleo de la UE han aprobado un nuevo instrumento financiero conformado por 100 millones de euros serán ofrecidos en forma de microcréditos de hasta 25.000€ dirigidos a las pymes y a parados que pretendan pasar a ser autónomos e incluso a los que deseen abrir un pequeño negocio propio.

Estos nuevos fondos, empezarán brindarse desde Junio, siendo una excelente oportunidad para aquellos que no pueden acceder a préstamos. Podrán ser repartidos durante 4 años entre 2010-2013, pudiendo movilizar más de 500 millones de euros en créditos en cooperación en la que participarán instituciones financieras internacionales entre ellas el Banco Europeo de Inversiones (BEI).

Se ha informado que estos microcréditos son dirigidos para las microempresas, aquellas con menos de 10 empleados, ya que son el 91 % de todas las empresas que existen a nivel europeo además podrán acceder personas que se encuentren desempleadas o deseen iniciarse como autónomos y que no puedan acceder a financiamiento, teniendo preferencia los jóvenes y las personas que a la par de otros se encuentren más desfavorecidas.

Este tipo de ayuda financiera, se enmarca dentro de las series de medidas presentadas por parte del Ejecutivo comunitario tendiente a mejorar la actual situación de crisis económica-laboral de la UE.

Por otro lado también se ponen en marcha medidas referentes a los derechos sociales de autónomos y cónyuges, es por ello que los ministros de Empleo de los 27 han aprobado –aún falta su ratificación por parte de la Eurocámara-, una norma que pretende mejorar la protección social de los autónomos pudiendo eliminar las diferentes piedras en el camino que se le presentan a las mujeres empresarias además de mejorar la protección social de los cónyuges de los autónomos, ante la falta de beneficios para ellos.

En cuanto a España en particular, esta nueva norma no implicará un alto impacto ya que el régimen de seguridad social de los autónomos cuenta con esta medida de inclusión respecto a los cónyuges colaboradores que en muchos casos son parte del trabajo de los autónomos.

En otra de las aprobaciones por parte de los 27, se refiere a la de aumentar dentro de toda la UE la duración mínima del permiso parental, referida al cuidado de las madres y padres de sus hijos más pequeños, de 3 a 4 meses por hijo. Aplicándose a todos los trabajadores por cuenta ajena, sin depender del tipo de contrato, mientras que la legislación española ya viene permitiendo a los trabajadores este tipo de permisos para cuidar a sus hijos de hasta 3 años.

Imagen: Google

Como incide el IVA en el comercio exterior

iva_comercio

Es un tema que cada vez necesita de más actualizaciones y de más ayudas en cuanto a seminarios, cursos, asesoramiento como es en la actualidad el tema de del IVA. Unas 600 empresas ya se han inscripto en las jornadas sobre el IVA las cuales organizada la Cámara de Comercio de Madrid.

Cada vez serán más las jornadas referentes a esta temática, debido a la alta demanda de información sobre cambios aplicables en lo que es el conjunto de la Unión Europea sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y la forma en qué afectan a las diferentes operaciones dentro del marco del comercio internacional.

La Cámara de Comercio de Madrid se encarga de organizar dos jornadas, las que son de inscripción gratuita, ya se han llegado a inscribir más de 600 empresas madrileñas. Para esta jornada prestarán su colaboración de Caja Madrid Empresas siendo uno de los patrocinadores VAT Company Asesores Fiscales.

La primera jornada se denomina “El IVA en el comercio internacional. Novedades prácticas 2010”. El 8 Abril, en el Aula Magna del Instituto de Formación Empresarial (IFE) de la Cámara, se dará la segunda jornada.

En la primera se han analizado las diversas incidencias y como inciden en las operaciones de comercio exterior en las empresas el paquete IVA, que incluye la nueva Ley 2/2010, por la que se transponen varias Directivas que llegan a afectar al Impuesto del Valor Añadido en la Unión Europea modificando la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes en una medida para poder adaptarla a la normativa comunitaria, con el Real Decreto 192/2010, de 26 de Febrero. Estas modificaciones en la normativa generan un efecto en todas las operaciones de las empresas desde el 1 de Enero.

Es así que, la nueva legislación afecta, a la información de las operaciones intracomunitarias, debido a que en el modelo 349 del IVA que deberán cumplimentar tanto empresas como profesionales, desde ahora deben especificar la adquisición de bienes que sean de países comunitarios, y la prestación de servicios.

También se trataron las actuales novedades que plantea la devolución del IVA dentro de las operaciones comunitarias que realizan empresarios o profesionales autónomos que no están establecidos en el territorio donde han satisfecho las cuotas establecidas.

Otro de los exponentes ha sido el jefe de Servicio del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria, que ha explicado las modificaciones específicas, los cambios en el modelo de tributación que promueve una nueva especificación de donde se realiza el hecho imponible, mientras que, la localización de las prestaciones de los servicios de las empresas se convierten en importantes dentro de la nueva legislación, si el prestador del servicio es una empresa, entonces el gravamen en destino es el aplicable con carácter general, así lo ha explicado.

Imagen: Google

Conferencia europea de responsabilidad social en las pymes 2010

rse_panel360120

En Mallorca dará lugar en el Centro de Cultura de la Obra Social “Sa Nostra” de Palma de Mallorca el 25 y 26 de este mes el encuentro denominado “Pymes responsables”, la Conferencia Europea de Responsabilidad Social Empresarial (RSE) a celebrarse en España dentro del marco de la Presidencia de la Unión Europea (UE).

Organizada por el Ministerio de Trabajo e Inmigración en colaboración con el Gobierno de las Islas Baleares y la Unión Europea. Este encuentro tiene por objetivo tratar lo referente a la RSE que se presenta como una estrategia de empresa en la economía sostenible además de analizar su contribución al desarrollo de la Unión Europea en 2020.

En este encuentro se espera la presencia del Grupo de Alto Nivel de la Unión Europea en RSE, donde se llevará a cabo una reunión junto al Foro Multistakeholder.

Estas jornadas permitirán tratar la internacionalización de la empresa y su contribución al desarrollo por medio de políticas de RSE, la transferencia de buenas prácticas sociales, laborales y medioambientales en países en los que estas operan, además de la colaboración con las políticas públicas de apoyo al desarrollo mediante el partenariado en las políticas sociales.

Más allá de las conferencias, se brindarán diferentes talleres donde se abordarán las experiencias en la materia por parte de entidades europeas. Tratando el consumo socialmente responsable, el nivel de la inversión socialmente responsable y la relación establecida entre competitividad, empleo y RSE.

Dentro de los asistentes, estará la secretaria general de Empleo, Maravillas Rojo, -encargada de inaugurar el encuentro-, la presencia de Pedro Ortún, -responsable de la Dirección General de Empresas e Industria de la Comisión Europea-; la de Juan José Barrera, -director general de Economía Social, del Trabajo Autónomo y de la RSE-; Francesc Antich, -presidente del Gobierno balear-, y la asistencia de María Durán, -directora general de RSC de la Consejería de Trabajo y Formación de Baleares-.

Jubilación en Europa

jubilacion_europa

Alemania da oportunidades laborales pero también desea cierta unificación en cuanto a la edad de jubilación en Europa. Dado los diferentes niveles de edad de jubilación hay que traer la propuesta de Angela Merkel, canciller alemana cuando propuso que además de los países rescatados como Grecia, Irlanda y Portugal y en especial España al momento de la jubilación los trabajadores no se les permitan poder jubilarse antes que lo hacen en Alemania, sin dudas que generó una fila de polémicas y aún puede volver a proponerlo con algún cambio.

Pero con la información a mano de los diferentes países europeos en los que pueden verse las diferentcias entre las edades de jubilación, algunos pueden coincidir que hay que acercar la edad lo más posible pero no en la medida propuesta.
Por el lado de Alemania ya ha acordado y de forma gradual que se aumente la edad legal de jubilación de los 65 a los 67 años.
España actualmente se encuentra inmersa en el tratamiento de la edad de la jubilación, en base a eso es bueno repasar las actuales edades legales de jubilación que rigen en los Estados miembros de la UE, además de las reformas de los sistemas de pensiones que se han aprobado: Veamos entonces el “Informe sobre el envejecimiento de la población”, de la Comisión Europea 2009.

Jubilación en los Países Europeos:

-Alemania:
Se ha aprobado que la edad de jubilación suba desde el límite de 65 años hasta los 67, de manera gradual entre 2012 y 2029.

-Austria:
En Austria, la edad mínima de jubilación también se ha incrementado desde los 61,5 años para los hombres pasando a los 65 años, y para las mujeres desde 56,5 pasando a los 60 años, para las mujeres irá subiendo gradualmente hasta los 65 años entre los años 2024 y 2033.

-Bélgica:
La edad de jubilación legal es llega a ser de 65 años, pero se puede a partir de los 60 con el requisito de tener 35 años de trabajo profesional.

-Bulgaria:
En este país, se rige por un sistema por puntos permitiendo la jubilación desde los 63 años para los hombres, siempre y cuando acumulen 100 puntos (según los años de trabajo), y para las mujeres es a los 60 años y deben acumular 94 puntos.

-Dinamarca:
Fue en 2006, cuando se decidió aumentar la edad legal de jubilación desde los 65 años hasta los 67 entre 2024 y 2027, además se indexará la edad de jubilación basándose en la esperanza media de vida de las personas de 60 años a partir de 2025.

-Eslovaquia:
Desde el 2014, subirá hasta los 62 años la edad mínima de jubilación de todos los grupos de población, desde los 60 años para los hombres y de 57 para las mujeres.

-Eslovenia:
En Eslovaquia su edad legal es de 61 años para las mujeres y de 63 para los hombres, ante los 53 y los 58 años antes fijados, pero las mujeres que han comenzado a trabajar antes de los 18 años se podrán jubilar desde los 55 años.

Pueden amapliar la imagen para ver mejor la información

-Estonia:
La edad legal de jubilación es a los 63 años para los hombres y de 61 años para las mujeres, a partir del 2016 los mínimos para los dos se equipararán.

-Finlandia:
Su edad de jubilación es a partir de los 63 años, si bien en el sector público hay mínimos más bajos.

-Francia:
En Francia, su edad legal permanece en los 60 años, pero el número de años de contribución aumentará desde los 40 años hasta los 41 en 2012 y los 41,50 en 2020.

-Hungría:
En 2010 ya se ha subido la edad de jubilación hasta los 62 años, esto es 5 años más que la anterior.

-Italia:
En Italia se fija la jubilación para los hombres en los 65 años y para las mujeres en 60 años. Aunque se puede jubilar antes cumpliendo 35 años de contribución.

-Letonia:
La edad de jubilación para los hombres es de 62 años, y para las mujeres mientras ha aumentado recientemente desde los 59,5 años hasta los 62 años.

-Lituania:
En 2003, la edad mínima legal para las mujeres ya había subido desde los 58,5 años hasta los 60 años, y para los hombres, desde los 6 años hasta los 62,5 años.

-Malta:
En Malta, la jubilación parte desde los 65 años para todos los ciudadanos que han nacido a partir de 1962, anteriormente era de 60 años para las mujeres y 61 años para los hombres.

-Polonia:
En Polonia, existe un bastante diferencia entre la jubilación de hombres y mujeres, ya que la edad de jubilación para los hombres es de 65 años y de 60 años para las mujeres.

-Reino Unido:
Hoy día, la edad es de 65 años para los hombres y 60 años para las mujeres, entre los años 2010 y 2020, para las mujeres se elevará hasta los 65 años. Y ya se ha estipulado subir la edad legal de jubilación para ambos sexos hasta los 68 años entre los años 2024 y 2046.

-República Checa:
Para este país, la edad legal de jubilación es para los hombres de 62 años, pero subirá de manera gradual hasta los 65 años. Mientras que para las mujeres, la jubilación se da entre los 60 años y los 58 años según la cantidad de hijos que tuvieran; será a los 60 años para aquellas trabajadoras sin hijas, y de 58 años para las que han tenido 5 hijos o más, dichas edades serán ampliadas a los 65 años para las primeras y a los 62 años, para las segundas.

-Rumania:
Subirá la edad mínima desde los 63 años para los hombres hasta los 65 años en 2014, y para las mujeres se elevará desde los 58 años hasta los 60 años.

-Suecia:
Tiene un sistema, el cual posibilita una jubilación flexible desde los 61 años, contando con una serie de incentivos: el aumento de la pensión anual hasta el 60% para aquellos empleados que lleguen a posponer su jubilación hasta los 67 años.

-En España, Chipre, Grecia, Holanda, Irlanda, Luxemburgo y Portugal:
En este conjunto de países, la edad legal de jubilación llega a los 65 años para todos los grupos de población, más allá de ciertas excepciones específicas.

Imagen: Periódico elmundo.es y aarp.org

Tasa de paro de la eurozona

eurozona_paro

Durante el mes pasado de Noviembre, el desempleo en la zona euro registró un aumento de una décima, hasta el 10,0%, al igual que en España, que llegó al 19,4%, de esta manera España permanece como el segundo país con más paro de la UE.

De esta manera en el conjunto de los Veintisiete, el desempleo creció en una décima, hasta llegar al 9,5%. Estadísticamente el nivel de paro en la eurozona es el más alto desde Agosto de 1998, respecto a la tasa de la UE significa el peor dato desde el comienzo de la serie histórica en Enero de 2000.

Si se lo compara con el mes de Octubre, la cifra de desempleados se elevó en 185.000 personas en la UE y en unas 102.000 en la eurozona, interanualmente el paro creció en 4,97 millones de personas en la UE y en 3,04 millones en la zona euro.

España se mantiene como el segundo país entre los estados miembros que registran más paro, solamente lo supera Letonia, que registró un aumento de un punto, hasta llegar al 22,3%.

Todos los estados miembros incrementaron sus tasas de paro durante el último año. Dentro de esto los que menos aumentos registraron fueron: Alemania pasando del 7,1% al 7,6%, Luxemburgo del 5,2% al 6% y Malta del 6,2% al 7%, y el que mayor aumento registró ha sido Letonia, su tasa de desempleo subió en 1 año pasando del 10,2% al 22,3%.

La tasa de paro masculina entre Noviembre de 2008 y Noviembre de 2009 aumentó en la zona euro hasta el 9,9%, desde el 7,5%, en cuanto a la tasa de paro femenina el paro llegó al 10%, respecto al 8,6% de hace 1 año. Asimismo el desempleo juvenil subió hasta el 21%, respecto a la tasa del 16,6% de hace 1 año.

La tasa de paro entre menores de 25 años en España llegó en Noviembre al 43,8%, siendo la tasa más alta de la UE esto es el doble de la media europea 21,4%, fue seguida por Letonia, con una tasa del 36,3%. El paro masculino, subió al 19,5%, este es el más alto de la zona euro, y la tasa de desempleo femenino permaneció en el 19,2%, siendo la más alta del conjunto de los 27.

Cambios IVA

Además de los cambios sobre aumento de alícuota del IVA que están analizando desde el gobierno, hay otros cambios que entrarán a regir desde el 1 de Enero de 2010 y de los cuales debemos estar informados.

Dado que el IVA es un impuesto armonizado en la Unión Europea, la misma ha aprobado dos Directivas (2008/8 y 2008/9) que introducen cambios muy significativos en dos áreas: en la localización de los servicios transfronterizos por un lado y, por otro, en el sistema de devolución del IVA soportado en otros Estados miembros.

Actualmente la regla general (aunque existen muchas reglas especiales, que hacen inaplicable la regla general) de localización de las prestaciones de servicios es la tributación en origen, lo que significa que un servicio se entiende localizado en el territorio de aplicación del IVA español, quedando por tanto sujeto al mismo, en la medida que en dicho territorio se encuentre la sede del prestador, o el establecimiento permanente desde el que se presta ese servicio. El fin que persigue la Directiva 2008/8 es primar el consumo, es decir, que se consiga localizar las operaciones allí donde se van a consumir por el cliente que lo recibe.

Ello va a implicar que la regla de inversión de sujeto pasivo ya existente en nuestro ordenamiento, va a cobrar todavía mayor importancia dado que va a ser utilizada con mayor frecuencia, por lo tanto habrá una regla general y se dejarán de lado las reglas específicas existentes.

Por otro lado, los cambios introducidos por la Directiva 2008/9 afectan al sistema de devolución del IVA soportado en otro Estado de la Unión Europea; esto es, a las devoluciones del artículo 119 de la Ley del IVA, reguladas por la Octava Directiva, no afectando a las devoluciones de residentes en países no comunitarios que seguirán rigiéndose por la normativa actual.

Se agiliza de forma considerable todo el sistema de devolución, ya que se crea, por un lado, una ventanilla única de tal forma que ya no va a ser necesario dirigirse al fisco del Estado donde se haya soportado el IVA, sino que por el contrario se va a tramitar la devolución a través del fisco local por medio de una página web que se habilitará a estos efectos. Esto simplificará este procedimiento, en el que ya no será necesario aportar certificados ni en principio facturas.

El período para efectuar la solicitud se amplía 3 meses, hasta el 30 de septiembre del año siguiente y, por otro lado, se acorta el período en el que se debe efectuar dicha devolución en 2 meses (aunque se puede extender en caso de requerimientos), siendo obligatorio el abono de intereses de demora en caso de retraso.

Por otro lado se van a incrementar las obligaciones de información a suministrar a la administración ya que precisamente al deslocalizar gran número de servicios que dejarán de tributar en España, se va a requerir un mayor control de estas operaciones y para ello está previsto que el actual modelo 349 trimestral pase a ser mensual (salvo para determinados casos) y que se añadan los servicios intracomunitarios a las actuales entregas y adquisiciones intracomunitarias.

Es importante que en las empresas se tenga en cuenta todo esto, y se identifiquen los flujos de facturación para conocer los efectos de estos cambios.

Bienvenidos a Gestion Pyme. En gestionpyme.com podrás encontrar información relacionada con el mundo de las pequeñas y medianas empresas: Consejos prácticos, información útil... .

Recibe las mejor información sobre pymes en tu correo
Subscribers:1518

Este blog funciona gracias a WordPress | Condiciones de uso de los contenidos | Responsabilidad

Red de Blogs Financieros | Bolsa | Economia | Productos Financieros