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Publicado por Daniel Ratto - 30/01/11 a las 10:01:19 pm

En momentos en que se habla sobre la aprobación de la reforma de las pensiones y la edad de la jubilación a los 67 años, se conocen la pensión media que llegan a percibir el colectivo de trabajadores autónomos, esta se ha incrementado hasta en un 3,33% en 2010.
Es así que ha crecido hasta llegar a los 618,18€, es decir un 40% por debajo inferior a la del Régimen General, que registró un incremento del 3,28%, así lo refleja la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (Upta) en su informe.
Por lo que deja ver que los trabajadores autónomos de todos modos se han acercado haciendo las diferencias menores frente a las pensiones percibidas por los trabajadores por cuenta ajena.
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Fecha de publicacion: enero 30, 2011
Categorias: Autónomos, pensiones, UPTA
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Tags: 2010, 67 años, AJE, autónomo, Autónomos, CE, cobrar pensión, cotización, crecimiento, diferencia, diferencias, erc, ere, FER, General, google, INFO, informe, IT, IVA, Jubilación, Jubilación a los 67 años, Ono, pensión, pensión media, Pensión media autónomos, Pensión media autónomos 2010, pensiones, profesionales, rabajador, trabajador, trabajadores, Trabajadores Autónomo, Trabajadores Autónomos, trabajadores por cuenta ajena, ubilación, UE, UPTA
Publicado por Aldana Mingorance - 12/12/10 a las 06:12:30 pm

Como todos sabemos, una forma juridica de constitucion de la empresa por la que se puede optar es ser Autonomo.
Informan los periodicos que Cataluña ha perdido durante este año 10.387 trabajadores autonómos respecto al año pasado. Otra prueba de lo dicho anteriormente es el cierre de negocios autonomos en Castilla y Leon en octubre del 2010.
Según la patronal Pimec, en la comunidad hay 538.081 personas autoempleadas, y esto supone un descenso del 1,9% en comparación con 2009. A pesar de que los números son todavía negativos, la caída es muy inferior a la del año pasado, cuando se dieron de baja 36.000 autónomos.
La patronal de las pymes ha elaborado un estudio sobre las políticas de prevención de riesgos de los autónomos en el que concluye que la asfixia que soportan los ha llevado a realizar recortes en este ámbito. Según Pimec, siete de cada 10 de estos empresarios desconoce si está expuesto a algún riesgo laboral en su puesto de trabajo y el 80% dice que invertir en seguro laboral es “un gasto excesivo” y en algunos casos “innecesario”.
Imagen de Google
Fecha de publicacion: diciembre 12, 2010
Categorias: administracion, Autónomos, España, pymes
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Tags: Autónomos, Cataluña, CE, comunidad, constitucion, descenso, empresa, empresarios, estudio, FER, forma juridica, invertir, IT, laboral, Negocio, negocios, Octubre, patronal, PIMEC, política, pymes, rabajador, recortes, riesgos, TIC, tir, trabajador, trabajadores
Publicado por Daniel Ratto - 19/07/10 a las 02:07:25 am

Dentro del colectivo de autónomos los pertenecientes al sector de la construcción, se han estado preguntando si es de carácter obligatorio la formación de 8 horas en (PRL) como requisito para poder ingresar a obra independientemente aquel trabajador autónomo no posea tenga trabajadores.
Por lo que se entiende en este tema, dicha formación de 8 horas -Formación Inicial en Construcción o el Aula Permanente- dirigido a un autónomo que no cuente con trabajadores a cargo no tiene obligatoriedad alguna. Este tipo de formación, sí es obligatoria para aquellos trabajadores que forman parte del convenio de construcción, y en el régimen general de la seguridad social.
Así mismo esta formación en construcción figura en la Ley de subcontratación (Ley 32/2006) que estipula su obligatoriedad la formación para directivos de empresas dónde también hace especificaciones de su duración y contenidos de la misma.
La misma Ley, fija que la formación de los otros trabajadores se debe basar a partir de la Ley de Prevención de Riesgos, o en todo caso que esté regulada por los convenios colectivos, cuyo caso se da en el convenio de construcción 2007-2011, que establece la formación que deben de recibir este tipo detrabajadores según sus respectivas labores en las obras de construcción dónde lleven a cabo sus tareas.
De forma que, los trabajadores del colectivo de autónomos no están obligados a una formación legal, pero sí existen ciertos contratistas que les exigen a los trabajadores autónomos una formación sobre prevención, si ningún carácter legal.
Imagen: Google
Fecha de publicacion: julio 19, 2010
Categorias: Autónomos, Formación
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Tags: ATA, autónomo, Autónomos, Construcción, convenio, convenios, convenios colectivos, Directivos, empresa, Empresas, Formación, General, gestion, horas en formación, IP, IT, IVA, Ley, ONG, pyme, rabajador, riesgos, sector, sector de la construcción, Seguridad, Seguridad Social, social, Subcontratación, tareas, tir, trabajador, trabajadores, Trabajadores Autónomo, Trabajadores Autónomos, UE
Publicado por Daniel Ratto - 01/06/10 a las 01:06:20 am

Según un estudio realizado por la consultora Everis, refleja que ni las pymes ni los autónomos suelen utilizar de manera usual los servicios contratados que permiten la movilidad, ni tampoco los equipos y tecnologías ligados a esto.
El informe se denomina “El mercado de las telecomunicaciones en las pequeñas empresas y autónomos españoles 2010. Las TIC y el espíritu emprendedor“. Para dicho estudio, Everis se ha basado en 690 entrevistas a pequeñas empresas (de menos de 50 empleados) y 810 autónomos, en todo el territorio nacional salvo Ceuta y Melilla.
Este informe, se ocupa de las pymes y autónomos, refleja que las pymes, poseen equipamiento y servicios para conectarse en cualquier momento y lugar, y aún así no llegan a aprovechar toda su capacidad. Las microempresas solamente utilizan un (25,8%) de su real movilidad potencial, y los autónomos sólo el (13.8%).
Mientras que el acceso a banda ancha fija la posee casi el (90%) de las empresas que tienen una plantilla entre 0 y 49 empleados, la poseen el (57,3%) de los trabajadores autónomos.
A la hora de la banda ancha móvil, su conexión es inferior llega al (14,7%) en el caso de las pymes y un (8,3%) en el caso de los autónomos y cerca de 2 de cada 3 encuestados apenas les interesa contar con este servicio.
Las pequeñas empresas sienten satisfacción con las operadoras que les prestan servicio y el (62%) señalan que seguirán con el mismo proveedor de banda ancha, y la mayoría aprueba el servicio.
Una amplia mayoría de pymes el (74,1%) y más de la mitad de los au telefonía fija y banda ancha fija.
Mientras que, el (18,7%) de empresas y un (22.4%) de los autónomos no cuentan con una oferta integral.
En cuanto a las TIC, el (45,4%) de las pymes le dan una alta importancia a las TIC para su negocio, el (10%) de las empresas con más de 5 años de actividad. Un (40%) de los trabajadores autónomos con más de 5 años de actividad creen que la función de las TIC es poco o nada importante.
Imagen: Google
Fecha de publicacion: junio 1, 2010
Categorias: Autónomos, pymes, telecomunicaciones
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Tags: 2010, actividad, ATA, autónomo, Autónomos, capacidad, Ceuta y Melilla, Comunicaciones, Croem, empleados, emprendedor, empresa, Empresas, encuesta, equipos, ere, ervicio, estudio, INFO, informe, IP, IT, mercado, microempresas, MIT, móvil, Negocio, nomina, oferta, ONG, pequeñas empresas, Plan, plantilla, pyme, pymes, rabajador, RSE, servicio, servicios, Tecnología, Tecnologías, telecomunicaciones, TIC, trabajador, trabajadores, Trabajadores Autónomo, Trabajadores Autónomos, UE, ymes
Publicado por Daniel Ratto - 07/03/10 a las 02:03:08 am
Las pymes y los trabajadores autónomos ya le han remitido al Instituto de Crédito Oficial (ICO) unas 2.600 solicitudes, estas pymes y autónomos pretenden contar con la intervención del facilitador financiero, esta es una reciente herramienta que se encuentra disponible desde el pasado 21 de Diciembre.

Dicha herramienta tiene como objetivo mejorar el acceso de las empresas al crédito. De estas solicitudes más de 200 se encuentran en tramitación.
El facilitador financiero ha sido creado para mejorar el acceso al crédito de autónomos y pymes al que le hayan rechazado sus solicitudes de préstamos, bajo la condición que el importe no sobrepase los 2 millones de euros.
Fecha de publicacion: marzo 7, 2010
Categorias: Autónomos, creditos, financiacion, gestionar, ico, prestamos, pymes
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Tags: autónomo, Autónomos, empresa, Empresas, facilitador financiero, gestion, ico, Instituto, Instituto de crédito oficial, IT, MIT, ONG, pyme, pymes, rabajador, solicitudes, trabajador, trabajadores, Trabajadores Autónomo, Trabajadores Autónomos, UE, Web, ymes
Publicado por Daniel Ratto - 26/01/10 a las 09:01:13 am

La nueva modificación respecto a la equiparación fiscal del despido colectivo y del individual por medio de la Ley 27/2009, extiende la aplicabilidad del artículo 7 de la Ley del IRPF a las indemnizaciones que perciba un empleado en un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), además declara exentas estas percepciones de los 20 días de salario por año trabajado hasta el límite de 45 días.
Pero así como dicha modificación favorece al trabajador, mejorando su situación legal al encontrarse en un ERE. Por otro lado beneficiará a las empresas, debido a que hasta antes de la reforma, había el claro riesgo de actuaciones irregulares de los negociadores, ya que podían ocultar ERE disfrazándolo de despidos individuales, de forma que, los abogados laboralistas estiman que la reforma facilitará la negociación de un ERE e incluso incrementará su número.
Mientras que, los fiscalistas señalan que la devolución al empleado de las cantidades que son ingresadas en carácter de retenciones sobre indemnizaciones no exentas, podrían emparejar la liquidación de intereses de demora en favor del empresario, siempre y cuando se produzca tras 6 meses del ingreso indebido. Aún no se sabe como afectará la reforma a las reclamaciones y estrategias negociadoras de los sindicatos en los Expedientes de Regulación de Empleo.
Algunos expertos opinan que, esta reforma beneficiará además de los trabajadores, también a los empresarios, y en los casos en que las indemnizaciones se negocien en términos netos, éstos verán reducirse los costes derivados de los ERE al haber una exigencia para llegar a un determinado neto, importes brutos indemnizatorios inferiores.
Así como creen que los ERE crecerán, aunque con acuerdo, además de producirse un acercamiento entre la empresa y los sindicatos. La opinión de expertos, estiman que esta reforma aumentará los ERE, dando por finalizado los expedientes encubiertos que sorteaban la anterior desigualdad fiscal.
Desde otro sector, consideran que la ampliación de la exención en IRPF a 45 días de salario por año trabajado, generará que dichas rentas queden fuera del sistema de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo al tener la calificación de rentas exentas. DE manera que el empresario “como sujeto obligado a retener” no se verá obligado a hacerlo sobre las rentas abonadas hasta este límite.
Además, la actual reforma posibilita poder aplicar de manera retroactiva esta exención a las indemnizaciones abonadas en el seno de ERE y que se devengaran desde el pasado 8 de Marzo. Por lo que aquellas empresas que desde esa fecha participaran y hayan dirigido un ERE, tiene derecho a solicitar la devolución de las cantidades ingresadas por retenciones practicadas sobre indemnizaciones no exentas desde la anterior fecha.
Mientras que, la opinión de abogados expertos en lo laboral no saben que decisión adoptarán los sindicatos en la negociación de los ERE tras la reforma. Algunos opinan que la tendencia será solicitar el máximo número de días de indemnización, más allá de que estos no quedaran amparados bajo la exención fiscal descrita, debido a que el posible beneficio que obtendrá el trabajador tendría que ser mayor que la fiscalidad que soportará. De esta manera los empresarios quizás intenten ajustar el número de días a las posibilidades de la empresa que se encuentre en crisis.
Hay que recordar que previo a haberse aprobado la reforma, en el despido individual improcedente la indemnización se encontraba exenta hasta el límite de 45 días de salario por año trabajado, mientras que en el despido colectivo la exención solamente llegaba a 20 días.
Fecha de publicacion: enero 26, 2010
Categorias: de paro, desempleo, despido, empleados, Empresas, ere, fiscalidad, impuestos, IRPF, parados, paro
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Tags: abogados, Contratación de empleados, coste, crisis, desempleo, despido, despidos, Empleo, empresa, empresarios, Empresas, ere, estar de paro, expediente de regulación de empleo, fiscalidad, gestion, indemnizaciones, ingresos, IRPF, laboral, Ley, parados, paro, rabajador, salario, trabajadores, trabajo