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Borrador Renta 2010

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En los últimos dos años se ha generalizado el uso del Borrador de la Declaración de Renta. Al parecer esta herramienta ha resultado por igual de útil, tanto a la Agencia Tributaria como a los contribuyentes que deben realizar los trámites correspondientes.

Como sabemos se acercan los días en que debemos concentrarnos en la odiosa tarea de resumir en una declaración, todo lo que nos ha acontecido en materia económica durante el año anterior lo que si bien es cumplir al menos el nuevo formato lo hace más llevadero.

Dado que Hacienda ya cuenta con datos sobre nuestra actividad económica, los que recoge a través de las declaraciones de por ejemplo, otros impuestos, tiene la posibilidad de armar con los mismos nuestra declaración de renta, lo que llamamos Borrador de la Declaración.

Procedimiento al Respecto:

Una vez que la misma nos es enviada a domicilio declarado y habitual, nos queda revisar ítem por ítem lo estimado por Hacienda y compararlo con nuestros datos, a fin de validarlos. Para poder revisarlo de mejor forma, es muy útil la utilización del Programa Padre (su versión para la próxima declaración, aún no está disponible), donde volcando los datos obtendremos la declaración hecha por nosotros mismos, así como el Simulador de Renta, que pone a nuestra disposición la Agencia Tributaria.

Si el borrador es correcto, solo hay que confirmarlo, en las fechas previstas por la AEAT.

Pero recordemos que pueden solicitar este Borrador de Renta a la Agencia Tributaria todos los contribuyentes obligados a presentar la declaración, cuyas rentas procedan exclusivamente de:

- Rendimientos del trabajo

- Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, así como los derivados de Letras del Tesoro.

- Imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de dos inmuebles.

- Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

Formas de Solicitar el Borrador:

Si el contribuyente en su borrador de la declaración anterior lo solicitó, marcando la casilla 86, recibirá automáticamente su Borrador de Declaración de Renta de 2010.

Si esto no ocurrió, entre el lunes 1º de marzo de 2010 hasta el 23 de junio de 2010, tendrá la posibilidad de solicitar su Borrador de Renta por el ejercicio 2009, a través de:

- La web de la Agencia Tributaria: www.agenciatributaria.es

- Línea Servicio Automático: llamando al teléfono 901 12 12 24 las 24 hs.

- Línea Renta Asistencia: a través del teléfono 901 200 345

- Personalmente: en las oficinas de la Agencia Tributaria.

También es posible solicitar el borrador a través de la Televisión Digital Terrestre (TDT), para lo que Hacienda ha elaborado un manual explicando todo el proceso.

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Aquí os dejamos un video de cómo solicitar el borrador de la Renta 2010, en el que podrán paso a paso visualizar y aprender cómo hacerlo:

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