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SEPE: Tiempo de paro

Una de las primeras cosas que se pregunta cualquier trabajador al quedar en situación de desempleo es cuánto cobrará y durante cuanto tiempo. En el primero de los casos dependerá de las cantidades que haya percibido en su último empleo, así como de sus circunstancias personales, mientras que en el segundo, será el tiempo que haya trabajado quien determine la duración de la prestación.

En la página de SEPE, el antiguo INEM, explican además que  el tiempo de paro variará en función de las cotizaciones por desempleo efectuadas por el trabajador en los seis años anteriores a quedarse en paro. Sin embargo, si durante ese periodo se hubiera cobrado una prestación por desempleo, se tendrán en cuenta las cotizaciones habidas desde el nacimiento del derecho a dicha prestación. Es decir, se tendrán en cuenta las prestaciones de los últimos seis años siempre que no se hayan tenido en cuenta para cobrar el paro anteriormente.

Para determinar la duración del paro se aplica la siguiente escala:

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INEM: ¿Cómo solicitar el paro?

Lo primero que le viene a la cabeza a cualquier persona que ha perdido su empleo si tiene derecho y en ese caso qué trámites tienen que llevar a cabo para cobrarlo, además claro está de cuanto dinero percibirá y hasta cuando. Desde aquí os explicamos el proceso de tramitación de la prestación por desempleo, que se realiza a través de SEPE.

Una vez abandonada la frustración de haber perdido el empleo, lo primero que le suele venir a la mente a cualquier persona es si tienen derecho a paro, y en caso positivo cuánto y por cuanto tiempo. Calcular el paro es relativamente sencillo y la propia página de los Servicios Públicos de Empleo Estatal (SEPE) dispone de una herramienta para el autocálculo de lo más útil para salir de dudas. Una vez comprobado que se puede percibir el paro surge inmediatamente la duda sobre como cobrar la prestación, es decir, que trámites hay que llevar a cabo y dónde.

El SEPE es el encargado de tramitar cualquier cuestión que tenga que ver con empleo y desempleo en España y gracias a los avances en la administración electrónica se puede solicitar el paro en las oficinas de SEPE o a través de internet. El proceso es sencillo pero lo primero que hay que tener en cuenta es que existen unos tiempos de espera y máximos para poder reclamar la prestación por desempleo.

En primer lugar hay que tener claro que no se podrá solicitar el paro hasta que no se hayan disfrutado de los días de vacaciones pendientes tras el despido. Aunque la empresa debe comunicar con quince días de antelación la decisión de romper la relación contractual con el empleado, estas dos semanas no tiene por qué ser días festivos y así en muchas ocasiones cuando llega el momento efectivo de abandonar la empresa el trabajador tiene días festivos pendientes de disfrutar. En estos casos, deberá esperar a que terminen esos días festivos antes de iniciar el proceso de solicitar el paro. Si acude antes a las oficinas de SEPE le informarán que, efectivamente, todavía no pueden proceder a inscribirle como demandante de empleo y solicitante de la prestación. Esto se debe a que durante esos días se sigue cotizando a la Seguridad Social.

Del mismo modo, existe un límite legal dentro del cual debe solicitarse la prestación y este es de quince días hábiles (no se incluyen sábados ni domingos) desde que se deja de cotizar a la Seguridad Social. En caso de no hacerlo se corre el riesgo de perder el derecho a la prestación.

Solicitar en paro en las Oficinas de SEPE

Esta es quizás la opción más habitual. SEPE dispone de un apartado de guías que incluye una sobre como solicitar la prestación a nivel contributivo en este enlace. Al igual que hacemos aquí, lo primero que aclara es quienes tienen derecho a percibir el paro y después ya entra directamente en los trámites que deben cumplir. En principio, solicitar la prestación no debería llevarnos más de 10 ó 15 minutos, descontando las colas de espera, que varían enormemente en función de cada Comunidad Autónoma.

Lo más importante es tener claro la documentación que deberemos aportar y que incluye:

  • Solicitud de la prestación en modelo normalizado, que facilita la oficina del Servicio Público de Empleo. El impreso de solicitud incorpora la declaración de los hijos a cargo y sus rentas, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la Agencia Tributaria.
  • Identificación del solicitante y de los hijos que conviven o están a su cargo y que figuren en la solicitud. (Bastará con la exhibición de los documentos).
  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o tarjeta de identidad de extranjero.
  • Libro de Familia, o documento equivalente en el caso de extranjeros.
  • Certificado o certificados de empresa en las que hubiera trabajado en los últimos seis meses.
  • Sólo en aquellas situaciones en el que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo es necesario aportar el otro documento acreditativo que corresponda.
  • En muy pocos casos se puede solicitar una copia de los documentos oficiales de cotización correspondientes a los últimos 180 días cotizados.

Con estos documentos ya sólo habría que inscribirse como demandante de empleo y solicitar la prestación que nos correspondiese en la mesa asignada.

Solicitar el paro online

Gracias a los avances en la administración electrónica ahora también es posible pedir el paro online. El procese es relativamente sencillo, con la ventaja de que puede ahorrar muchas colas y tiempos de espera. De nuevo, SEPE dispone de un manual explicativo sobre como solicitar el paro por internet (es posible hacerlo tanto a nivel contributivo como de subsidio, incluso el pago único y la renta activa de inserción)

Para poder completar acceder a este servicio será necesario contar con alguno de los siguientes elementos:

  • Certificado digital
  • DNI Electrónico
  • o Usuario y contraseña en Red Trabaj@ y/o SEPE

Este último se puede  adquirir en las oficinas de SEPE y sirve para realizar cualquier trámite en línea con los servicios de empleo, como por ejemplo sellar el paro a través de internet.

Con uno de estas acreditaciones podremos empezar el proceso, que consta de 13 pasos. En primer lugar hay que autorizar a SEPE a verificar y cotejar los datos que después se le irán entregando. Los primeros tiene que ver con el tipo de prestación a solicitar tal y como se puede comprobar el en la siguiente captura de pantalla:

El siguiente paso será proporcionar los datos personales como DNI, nombre y apellidos o domicilio, entre otros. Tras cumplimentar esta información habrá que presentar la documentación requerida y que coincide con la descrita para la modalidad presencial.Los documentos se anexarán directamente en el programa de forma muy similar a como se adjunta un documento en una cuenta de correo electrónico, como se puede ver en la siguiente captura de pantalla:

Uno de los últimos paso será confirmar la solicitud, después de lo cual podremos visualizarla como si se tratase de un documento impreso y pedir un resguardo de la tramitación como se ve en las siguientes imágenes.

Bajada Impuestos Autonomos

Como todos sabemos, la crisis economica esta, existe y el objetivo es darle pelea a la misma, por ello es que el Gobierno ha decidido implementar nuevas medidas económicas para superar dicha crisis económica, entre las que se encuentran:

  • El fin de la ayuda de 426 euros a parados de larga duración, según ha avanzado el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, en la sesión de control del Gobierno. El programa de prestaciones de 426 euros para parados sin cobertura dejará de funcionar en febrero, fecha en la que se acaba la última prórroga.
  • Bajada de impuestos a pymes, es decir, un nuevo paquete de medidas económicas liberalizadoras que, en síntesis, buscar bajar los impuestos a las Pequeñas y Medianas Empresas.
  • La reducción del impuesto de sociedades ampliando el número de empresas que puedan acogerse al tipo reducido
  • La generalización de la libertad de amortización
  • La regulación de las agencias privadas de colocación
  • Se eliminará la obligatoriedad a todas las empresas de pagar cuotas a las Cámaras de Comercio

Según el presidente Rodriguez Zapatero, más de 40.000 empresas se favorecerán de este cambio en la tributación. y a pesar de estas medidas, no se modificará el objetivo de déficit presupuestario para 2011, que se encuentra en el 6% del Producto Interior Bruto.

El presidente del Gobierno también ha anunciado que privatizará hasta el 49% de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) y el 30% de Loterías y Apuestas del Estado.

Existen distintas opiniones al respecto, pero enfocandonos en el tema impositivo, la realidad es que la consolidación fiscal es la prioridad “número uno” en estos momentos para el Gobierno.

Prestaciones por accidente de trabajo en autónomos

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Recientemente se han dado a conocer los datos relativos a las prestaciones por accidente de trabajo entre los meses de Enero a Junio, en el que se refleja que cerca de 20.000 trabajadores autónomos más se acogieron a estas prestaciones.

Unos 550.360 trabajadores autónomos afiliados al Régimen Especial de la Seguridad Social cotizan de forma voluntaria con el objetivo de cubrirse de las contingencias por accidente de trabajo y enfermedad profesional en caso de baja laboral, siendo 20.000 autónomos más que los de Diciembre del año pasado.

Más del 30% del total de estos, son de sexo femenino unas (176.809) mujeres, y (373.551) son hombres. Medido por Comunidades Autónomas, la que posee una mayor presencia de autónomos bajo esta cobertura es Andalucía, con (109.954), le sigue Madrid, con (62.360), y Cataluña, con (61.147).

Respecto a este dato, pero en porcentajes, las comunidades o ciudades autónomas que registraron más crecimiento durante el año le corresponde a:
-Ceuta (25,10%)
-Melilla (13,31%)
-Baleares (11,23%.

En tanto que, las que mostraron menos crecimiento o disminuido correspondieron a:
-La Rioja (-0,16%)
-Castilla y León (0,72%)
-Galicia y Aragón (0,77%).

Respecto al total de autónomos extranjeros que se encuentran cubiertos, es de (33.352), llegando a ser un (16,77%) del total de autónomos de nacionalidad extranjera dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. A nivel global solamente están cubiertos el (17,50%) del total del colectivo de autónomos.

ATA integra a autónomos de la Confederación Española de Polígonos Empresariales

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Desde la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) han confirmado que se produce la integración de la Confederación Española de Polígonos Empresariales (CEPE) de esta forma se suman 90.000 nuevos autónomos.

Este convenio se da debido a las prestaciones que aporta ATA ya que les ofrece cobertura en sus diferentes necesidades. Sobre todo por que ATA posibilita una excelente representación además de las garantías que les puede brindar.

A través de este convenio se podrán compartir los servicios de estas organizaciones. Más allá de esto también en un futuro se podrán integrar las de más organizaciones de polígonos de España.

Además para ATA, significa poder consolidarse como una de las organizaciones referentes de este colectivo de autónomos, logrando representar a más de 500.000 trabajadores autónomos.

Seguridad Social Enero 2010

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Más allá de la propuesta por parte del Gobierno de retrasar la edad de jubilación, habría que fijarse en la Seguridad Social y sus cuentas del mes de Enero, donde se puede ver que la contención del gasto en pensiones registra niveles que pueden ser señalados de históricos durante la última década. Igualmente la nómina de Enero ha aumentado en un 5,1%, llegando a 6.655 millones de euros.

Dicha cuantía seguramente hará que se eleven en el coste anual las prestaciones, dándose esto por primera vez en la historia, llegando a ser de casi 100 mil millones de euros.

Todavía se encuentra en discusión la reforma de pensiones, y al conocerse el freno en el gasto, significa una buena noticia, aunque muchos lo atribuyen a la baja inflación lo que termina afectando la cuantía de las pensiones.

Durante los anteriores 9 años, la nómina creció entre un 6,2% de 2000 y el 8,5% de 2008 debido a una serie de factores como:

-La inflación, el aumento de beneficiarios
-Las subidas por encima de la media de las pensiones más bajas
-Además de los cambios en prestaciones de viudedad y en las del SOVI
-El efecto de reemplazo de las pensiones antiguas por nuevas, siempre más altas.

En tanto que la inflación del 0,8% de 2009 repercutió de forma positiva en las arcas de la Seguridad Social. Llegando a ahorrarse el sistema la tradicional paga compensatoria de mediados de Enero debido al desborde de la previsión oficial; y, por la subida de Enero, llegó a ser del 1% respecto al 2% usual, esto debido a que el Gobierno consideró que el IPC no sobrepasará esa cifra en 2010.

Debido a estos datos, generó que la pensión media tuviera un incremento más bajo de la década, siendo del 3,4%, en comparación al 4% o el 6% de anteriores años.

Mientras que, el número de pensionistas de la Seguridad Social llegaba a Enero a 8.614.876 pensionistas. Para 2020 es estima que sean 10,1 millones, si se cumple la previsión del Gobierno, pero se puede dar una leve corrección a la baja en caso de aplicarse desde 2013 el retraso de la jubilación en 67 años.

Plan de choque del Gobierno de Castilla-La Mancha

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El Gobierno de Castilla-La Mancha, ha decidido que el “Plan de Choque contra el Desempleo” se amplíe a 2 meses. De esta manera, los Ayuntamientos, Diputaciones, organismos de la propia Junta de Comunidades y empresas tendrán la opción de contratar a personas desempleadas que hayan agotado sus prestaciones por desempleo hasta el día 1 de Marzo próximo de 2010.

El objeto del Plan de Choque es el de establecer una serie de medidas para paliar los efectos generados por el agotamiento de las prestaciones o subsidios por las personas que se encuentren en paro, ofreciéndoles un contrato de trabajo y un salario, además de esto una orientación laboral y formación.

Personas que se pueden beneficiar del Plan del Choque:
Podrán obtener del Sepecam la Credencial de Empleo y ser contratadas mediante este Plan de Choque, aquellos que se encuentren en las siguientes situaciones:

Demandantes de empleo: no ocupados, que se encuentren inscritos en una Oficina de Empleo de Castilla-La Mancha y, que a partir del 1 de Enero de 2008, se quedarán en situación legal de desempleo, y que desde dicha hayan iniciado una prestación o subsidio por desempleo, siempre y cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias como:

-Haber agotado la prestación por desempleo a nivel contributivo y no contar con derecho al subsidio por desempleo.
-Haber agotado el subsidio por desempleo.
-Trabajadores/as autónomos/as que se encuentren no ocupados e inscritos en una Oficina de Empleo de Castilla-La Mancha, además de haber agotado la ayuda otorgada por la Dirección General de Trabajo e Inmigración regulada en el Capítulo VI del Decreto 344/2008, de 18-11-2008, de manera de regularse las subvenciones para el fomento y el desarrollo del trabajo autónomo en Castilla-La Mancha.

En ambas situaciones, deberán cumplirse requisitos como:
-Encontrarse empadronados en algún municipio de Castilla-La Mancha antes del día 1 de Enero de 2008. Dicho requisito no será exigido en caso de emigrantes que hayan retornado de países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, o con los que no haya convenio sobre protección por desempleo, cuyo domicilio estuviera en algún municipio de Castilla-La Mancha antes de haber emigrado.

-Suscribir, al momento de la entrega de la Credencial de Empleo, un compromiso de disponibilidad para buscar activamente empleo y participar en acciones de motivación, información, orientación, formación, reconversión o inserción profesional para mejorar su empleabilidad.

Personas excluidas:
No podrán participar en este programa:

-No podrán ser participes aquellos mayores de 65 años y menores de 20 años, excepto que tengan responsabilidades familiares.
-Más de un miembro de la misma familia, en el caso de que los ingresos por cada uno de los miembros de la familia lleguen a superar los 468€ mensuales.
-Aquellos que ya hayan participado durante 2008 ó 2009 en programas públicos de subvención de la contratación.
-Los que hubieran rechazado, injustificadamente, desde el 1 de Enero de 2008 participar en algún programa público de empleo subvencionado por el Sepecam, en el que se les hubiera ofrecido una contratación a realizar por las Corporaciones Locales, órganos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o entidades sin ánimo de lucro.

Entidades con permiso de contratación:
-Ayuntamientos, las Diputaciones y los órganos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos adscritos o dependientes que, se hayan adherido al programa, y suscriban antes del 1 de Diciembre de 2009 , un contrato a tiempo parcial, de duración de 6 meses, con una persona titular de la Credencial de Empleo.
-También podrán beneficiarse de las subvenciones de acciones de Formación más Empleo (F+E), las mismas entidades, que suscriban un contrato a tiempo parcial con las personas titulares de la Credencial de Empleo, y realicen con ellas actuaciones formativas tendentes a mejorar la cualificación de los/las trabajadores/as.
-Aquellas empresas y entidades sin ánimo de lucro que contraten antes del 1 de Diciembre, a jornada completa, a una persona titular de la Credencial de Empleo, en cualquiera de los siguientes supuestos:

Cuando el contrato suscrito inicialmente sea de carácter indefinido.

Si, aunque la contratación inicial fuera de carácter temporal, se transforma en indefinida en el plazo máximo de 6 meses.

Gasto en subsidio por desempleo

El gasto total de los servicios públicos de empleo -antiguo Inem- en prestaciones de desempleo llegaron a 2.740 millones de euros, el pasado mes de Noviembre, según lo han dado a conocer el Ministerio de Trabajo e Inmigración, esto significa un aumento del 24,7% respecto a Noviembre de 2008.

El gasto medio mensual por beneficiario, sumando las cotizaciones a la Seguridad Social y sacando de lado el subsidio agrario de Andalucía y Extremadura, se ubicó en 961,4€, esto significa que se redujo en 80,7€ (-7,7%) sobre el mismo mes de 2008. Mientras que, la cuantía media bruta de la prestación contributiva que percibe cada beneficiario llegó en Noviembre los 837,4€, marcando un repunte de 12,4€ sobre 2008 (+1,5%). Estos datos corresponden a Noviembre debido a que el retraso se debe a que los datos de prestaciones siempre van con un mes de atraso frente a las cifras de paro y es por ello que Trabajo ha publicado recientemente estas cifras del gasto en desempleo de Noviembre y los datos de paro de Diciembre.

Siguiendo con los datos, el número de solicitudes de prestaciones han subido en Noviembre un 81,8%, llegando a 1.108.976. Durante Noviembre, en total, se tramitaron 1.010.214 altas, siendo un 53,5% más que en Noviembre de 2008. Respecto al plazo medio de reconocimiento de la prestación ha sido de 5 días, 3 días menos que en Noviembre de 2008.

Mientras que, los beneficiarios de prestaciones por desempleo registrados a finales de Noviembre de 2009 llegaron a los 2. 939,911, esto es un 33,1% más que en Noviembre de 2008, de cuya cantidad, el 14,6% de los perceptores han sido extranjeros. El gasto del Inem en las prestaciones percibidas por los extranjeros llegó en Noviembre a los 324,3 millones de euros, marcando un 26,5% más. Sobre el gasto total, el pago de prestaciones a extranjeros significó el 11,8%.

En cuanto al número de perceptores extranjeros de prestaciones por desempleo, este llego a ser en Octubre de 429.085, lo que refleja un aumento del 51,2% frente a Noviembre de 2008, Dicho incremento es superior entre los que proceden de los países comunitarios (+52,1%). De esta manera los beneficiarios extranjeros significan el 77,83% del total de demandantes de empleo no nacionales.

Cotizaciones 2010

Se acerca el momento en que deben darse a conocer los tipos de cotizaciones a la Seguridad Social para 2010 y desde distintos sectores están solicitando al Gobierno la reducción de algunos puntos como medida para enfrentar la caída del empleo. Por ello, en estos días que escuchamos hablar mucho los cambios impositivos y sobre el sistema de seguridad social español, resulta oportuno repasar algunos conceptos básicos.

El sistema de seguridad social es en todos los países complejo, y difícil de entender para muchos. Pero desde el lugar que ocupemos, sea usted un trabajador, autónomo o empleador, estamos obligados a aportar a este sistema y por ello es importante informarse sobre el mismo.

Hay tres conceptos básicos de los cuales debemos partir:

  • Las cuotas de cotización
  • Los tipos de cotización
  • Las bases de cotización

Cuotas de cotización:

Las cuotas son las cantidades a ingresar a la Seguridad Social, y dentro de la cuota se puede distinguir la cotización por diferentes conceptos:

- Contingencias comunes. Aportación destinada a la cobertura de las situaciones incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social.

- Contingencias profesionales. Cubre los riesgos derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales producidas como consecuencia del trabajo por cuenta ajena. Se dividen en: Cuotas por incapacidad temporal (IT) y Cuotas por Incapacidad permanente, Muerte y Supervivencia (ISM)

– Horas extraordinarias, estructurales o no estructurales.

- Otros conceptos: Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación profesional.

Tipos de cotización:

Es la cuantía por la que se ha de cotizar, es decir los porcentajes establecidos por el Gobierno, y que varían según la contingencia protegida, sobre una cantidad que está determinada por la remuneración del trabajador (base de cotización).

Durante el año 2009, los tipos de cotización en el Régimen General para cada contingencia protegida son los siguientes:

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Bases de cotización:

La base de cotización en el Régimen General, para todas las contingencias, está integrada por la remuneración total, cualquiera que sea su forma y denominación, que mensualmente tenga derecho a percibir el trabajador, o la que realmente perciba, de ser ésta superior, en el mes al que se refiere la cotización.

Remuneración Total: es la totalidad de las percepciones económicas recibidas, en dinero o en especie, ya retribuyan el trabajo efectivo o los períodos de descanso computables como de trabajo, así como los que resulten de exceso respecto de los conceptos excluidos. A ello se añadirá la parte proporcional de las pagas extraordinarias y las demás percepciones de vencimiento superior al mensual o que no tengan carácter periódico y se satisfagan en el ejercicio.

Conceptos excluidos de la base de cotización:

- Las dietas y asignaciones para gastos de viaje, gastos de locomoción, cuando correspondan a desplazamientos del trabajador fuera de su centro habitual de trabajo para realizar el mismo en lugar distinto, así como los pluses de transporte urbano y de distancia por desplazamiento del trabajador desde su domicilio al centro de trabajo habitual, con la cuantía y alcance que reglamentariamente se establezcan.

- Las indemnizaciones por fallecimiento y las correspondientes a traslados, suspensiones y despidos.

- Las cantidades que se abonen en concepto de quebranto de moneda y las indemnizaciones por desgaste de útiles o herramientas y adquisición de prendas de trabajo.

- Los productos en especie concedidos voluntariamente por las empresas.

- Las percepciones por matrimonio.

- Las prestaciones de la Seguridad Social, así como sus mejoras y las asignaciones asistenciales concedidas por las empresas.

- Las horas extraordinarias, salvo para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

Tanto las bases de cotización (mensuales o diarias) mínimas y máximas para las distintas contingencias y categorías profesionales de los trabajadores (grupos de cotización), como los tipos de cotización son establecidos anualmente.

Todos los años, los trabajadores autónomos podrán cambiar de base de cotización, eligiendo otra de las establecidas, siempre que efectúen el cambio antes del 1 de octubre de cada año, surtiendo efecto a partir del 1 de enero del año siguiente.

Imagen: google

Las pymes informáticas entre la crisis económica y los avances tecnológicos

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El sector de las pymes de la informática sufre a consecuencia del canon digital y los problemas de créditos. Hoy por hoy el sector de las pymes de la informática y nuevas tecnologías reúne a unas 10.000 empresas, mientras que en el 2006 este sector contaba con unas 30.000.

Pero debido a los problemas del sector hacia fin de año quedarían unas 5.000. Unos de los problemas que más dolor de cabeza y bolsillo les trajo, fue el haber establecido un canon digital, claro que todo suma, como la actual crisis económica y el problema de financiamiento.

Debido a todos estos factores, las tiendas que tradicionalmente comercializan informática, han visto descender su facturación en más de un 50%.

Increíblemente los bancos y cajas, más algunas grandes superficies tomaron la delantera o tomaron el lugar de los que cerraron, transformándose en los grandes vendedores del sector de la informática, como claro ejemplo La Caixa es la que más vende portátiles. Carrefour es actualmente el líder desde el año pasado en ventas de informática en España. Sustenta este puesto gracias a los precios y facilidades de financiación.

Adicionalmente se estima que las pymes de la informática que puedan sobrevivir serán las que decidan vender a través de Internet, realicen reparaciones o puedan brindar servicios especializados.

Estas tiendas deberán haberse especializado en algún servicio y ser muy profesionales. Dentro de los servicios que se estiman que brinden es la robotización de la vivienda o piso. También ofrecerán máquinas de ciertas características y a usuarios determinados, sin duda deberán diversificarse acompañando los cambios de la tecnología con el paso de los años.

Se han visto desaparecer tiendas de primera línea que estaban ubicadas en las ciudades más importantes y en calles como Sepúlveda en Barcelona, de donde ya han cerrado más de la mitad. Mientras que las que han sobrevivido son las que comercializan sus productos por Internet y que están fuera del país.

Entre las ventajas que encuentra el cliente, de adquirir un producto fuera de España es el ahorro del canon y el pago de IVA.

Por otra parte las tiendas han perdido parte de su clientela por diferentes factores como la actual crisis, o que el cliente antes solía ir a estas tiendas a adquirir algún producto para poder mejorar su ordenador o llevarlo a reparar, pero en muchos casos ya no lo suele hacer. A la hora de elegir llevar a reparar el ordenador, prefieren adquirir uno nuevo y con mejores prestaciones, o bien por sus propios conocimientos muchos de los clientes eligen intentar repararlas ellos mismos.

Bienvenidos a Gestion Pyme. En gestionpyme.com podrás encontrar información relacionada con el mundo de las pequeñas y medianas empresas: Consejos prácticos, información útil... .

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