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Publicado por Jose Trecet - 04/12/11 a las 11:12:25 am

Los trabajadores autónomos han salido beneficiados en un aspecto tras la reforma de las pensiones, ya que ahora pueden acceder a la jubilación anticipada. En concreto, podrán solicitar la prejubilación como autónomos a los 63 años, al igual que lo habría un trabajador por cuenta ajena.
Con la publicación de en el BOE de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social la jubilación anticipada para autónomos es ya una realidad. Y es que el documento contempla la posibilidad de que la prejubilación de los autónomos a los 63 años en condiciones similares a las del resto de regímenes de la Seguridad Social.
La prejubilación a los 63 años tiene carácter voluntario y debe ser solicitada por el propio trabajador. Sin embargo, para acceder a ella deben cumplirse tres preceptos que aparecen reflejados en el artículo 5 de la citada ley. Esto son:
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Fecha de publicacion: December 4, 2011
Categorias: ATA, Autónomos, Jubilación, UPTA
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Tags: 63 años, ATA, OPA, prejubilación, Prejubilación autónomos 63 años, prejubilarse, reforma de las pensiones, Trabajadores Autónomos, UPTA
Publicado por Daniel Ratto - 08/07/10 a las 08:07:10 pm

Según unos 30.000 autónomos pertenecientes a Castilla y León decidirían prejubilarse si tuvieran la opción mientras que otros 42.000 decidirían hacerlo pero a partir de la rebaja de las prestaciones, así lo refleja el estudio de la Federación de Autónomos de Castilla y León. Los motivos son diversos la caída de su negocio, la crisis en general, la situación familiar provocada por la crisis, la subida del IVA y la situción de paro entre el colectivo.
Si se ven por sectores, el sector de la industria y el comercio se ubican como los de mayor porcentaje, en cuanto a autónomos que pretenden prejubilarse, con casi el 13%, le sigue el de la construcción con 6% y la hostelería con 8%.
Mientras que por edad, los autónomos con más de 50 años captan el 38,40% de los que escogerían la prejubilación sin ninguna duda, respecto al 13,90% de los mayores de 31 años y los menores de 40 años.
Los trabajadores autónomos que tienen su actividad dentro de los núcleos poblacionales que presentan una población de entre 10.000 y 50.000 habitantes, se ubican como los que mayormente pretenden dejar su actividad a través de la jubilación, y aquellos autónomos de poblaciones de más de 50.000 habitantes en cambio reflejan una menor decisión de prejubilarse.
Si se mide por la base cotizada de cada autónomo, solamente el 7% de los trabajadores autónomos de Castilla y León llegan a cotizar el máximo, respecto al 42% que cuenta con una cotización intermedia.
Imagen: Google
Publicado por Daniel Ratto - 23/02/10 a las 05:02:14 am

Vamos a poner en claro de que va la prejubilación, que en estos momentos está tan de moda hablar de ella. Como la definen algunos expertos, no es una figura legal, más bien convencional. Consta de un proceso por el que los mayores de 50 años, pudiendo ser mediante los Expedientes de Regulación de Empleos (ERE) definitivos, o por medio de acuerdos privados, estos se ven apartados de sus empresas con un pacto económico previo.
La forma en que la empresa se porta en este caso, es a través de un pacto con los trabajadores fijando las condiciones de salida. Lo más común es que dichos trabajadores se queden en el paro –aunque seguirán cotizando a la Seguridad Social-, dicho periodo más adelante lo ligarán con su pensión de jubilación.
Mientras que, la sociedad se encarga de aportar los recursos para que puedan mantener el nivel salarial. El subsidio de desempleo o mejor dicho la paga para parados que sean mayores de 52 año posibilita que se extienda el período de tiempo en el que el trabajador queda bajo el amparo del Inem.
La diferencia entre esta y una jubilación anticipada, se da en que la jubilación anticipada es una figura regulada y contempla que la edad ordinaria de retiro se puede rebajar en actividades que sean peligrosas o riesgosas. Dicha opción es regulada en cada sector o o a través de los convenios entre trabajador y Seguridad Social y con la ventaja de que puede implicar un pacto privado para que la empresa pueda complementar la pensión del empleado.
La polémica alrededor de la prejubilación o de su proceso, se da debido a que en los lejana época de los 80´ se utilizó como medio de ajuste de los excedentes de plantillas en especial de los sectores industriales que se encontraban crisis.
No quedó ahí, ya que se lo empezó a utilizar por las grandes empresas para reducir costes a través del personal. Más allá de las quejas, los ERE tan mal vistos fueron previamente negociados con representantes de trabajadores y a la vez aprobados por la Autoridad Laboral.
Según el CES anualmente se llegan a prejubilar unas 50.000 personas. Pero actualmente se calcula que son más de 300.000 los prejubilados en ciernes.
Fecha de publicacion: February 23, 2010
Categorias: Jubilación, Seguridad Social, Sueldos
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Tags: empleados, Empresas, ere, INEM, Jubilación, jubilación anticipada, pacto económico, prejubilación, prejubilado, prejubilados, prejubilarse, Seguridad Social, Sueldos, tarbajadores
Publicado por Daniel Ratto - 14/02/10 a las 12:02:45 pm

En medio de la actual situación de negociaciones respecto a las jubilaciones, que también toca al colectivo de los autónomos, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) pretende que se acorte el número de prejubilaciones, como medida para que la edad real de retiro de los autónomos se acerque a los 65 años, la edad actual legal de la jubilación, previo a optar por ampliar la edad legal de jubilación que se encuentra en discusión.
Sobre todo basándose en la propuesta hecha por el Gobierno de retrasar la edad legal de jubilación de los 65 a los 67 años, desde ATA señalan que siempre que sea para garantizar y lograr una viabilidad del sistema de pensiones.
Como lo han señalado desde ATA, consideran que carece de lógica el hecho de ampliar a 67 años la edad de jubilación mientras la edad real se ubica en los 63 años.
También se han referido al cálculo de la pensión, debe ser importante avanzar hacia el cálculo de toda la vida laboral pudiendo garantizar una equidad entre los años cotizados, lo aportado y la pensión que resulta.
ATA asimismo se muestra contraria a que a quien se prejubila lo penalicen con la reducción de un porcentaje que parte del 8 al 5% anual, según el año de jubilación, y sólo se premie con un 2% por año a aquellos que deciden alargar la vida laboral desde los 65 años.
Imagen: Google
Fecha de publicacion: February 14, 2010
Categorias: ATA, Autónomos, Jubilación
Tags:
Tags: ATA, Autónomos, Jubilación, jubilación autónomos, prejubilación, prejubilaciones, prejubilarse, Seguridad Social, Trabajadores Autónomos
Publicado por Daniel Ratto - 11/08/09 a las 06:08:48 pm

El Ministerio de Trabajo pretende limitar el acceso a la prejubilación no más allá de los 52 años, de modo que la prejubilación a edad temprana corre peligro.
Así se quiere reformar los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), pretendiendo que se introduzca una limitación que acorte el acceso a la prejubilación en los 52 años y otra medida es el de mejorar la prestación por desempleo de los afectados por un ERE.
Por el momento había una norma no escrita según la cual una prejubilación a los 52 años se considerada temprana aunque se aceptaba.
Mientras, hay empresas que están prejubilando a sus empleados con 48, 49 y 50 años. El ministro de Trabajo, Corbacho, se quejó sobre el plan de Telefónica de prejubilar a sus trabajadores a los 48 años.
Desde el Gobierno han preparado una reforma de los Expedientes de Regulación de Empleo que trata de parar el acceso temprano a las prejubilaciones como sistema para ajustar plantillas.
Se planteará una mejora de la protección por desempleo de los afectados por un ERE. Por lo que si un trabajador es afectado por un Expediente de Suspensión Temporal y llega a gastar toda o parte de su prestación por desempleo, luego este expediente pasa a ser definitivo, el contador de la prestación se ponga a cero y llegue a cobrar todo el derecho acumulado.
Como se ve los trabajadores en la prejubilación se verán afectados o beneficiados según lo que se convenga. Habrá que ver como pueden aceptar ciertas condiciones y no verse más afectados, ya que suelen ser la parte más débil y menos considerada.
También se pondrá bajo análisis los colectivos que se queden sin la protección por desempleo y ver de qué forma se los ayuda.
Otra forma de ayuda hacia el trabajo en la prejubilación, es que se prepara una mejora en lo que es la coordinación y gestión de los servicios públicos de empleo, además el salario mínimo llegará a 800 euros durante el 2012.
Uno de los problemas que más acucia son los servicios públicos de empleo en lo que es el trabajo en la prejubilación y el rol que cumplen. Desde estos servicios captan el 7% de los casos, por lo que más se va a trabajar en esto en cuanto a mejorar la intermediación.
Habrá que mejorar muchas cosas en lo que es el trabajo en la prejubilación y los sistemas de empleo, dado que es notable el nivel de desempleo actual cercano al 18%.
Publicado por Daniel Ratto - 05/08/09 a las 08:08:35 am

Una buena noticia para los prejubilados es que podrán trabajar sin llegar a perder los derechos de sus pensiones, según una sentencia del Tribunal Supremo del 12 de mayo de 2009.
De esta forma un prejubilado puede trabajar antes de tener que acogerse a la jubilación anticipada para obtener la totalidad de su pensión sin que Seguridad Social se crea engañada o lance una denuncia de fraude de ley.
Por lo que al contratar de forma temporal a un trabajador no se podrá considerar una forma de burla sobre los efectos del cese voluntario de la empresa, lo que presupone la pérdida en un 8% sobre la pensión por cada año que se anticipe el retiro, por lo que ahora tiene amparo y se les permite el ejercicio legítimo de trabajar.
De esta forma es posible reducir esa minoración de la pensión hasta llegar a obtener la totalidad de lo que le hubiese correspondido al trabajador, si no se acogía a la baja por prejubilación.
La cobertura económica que tiene un prejubilado varía según la mayor o menor participación que tenga la empresa en ella.
Los ingresos de los prejubilados surgen de la combinación de las indemnizaciones, aportaciones empresariales y las prestaciones por desempleo.
El trabajador prejubilado que se acoja al desempleo puede mantener la prestación según el tiempo cotizado, hasta los 2 años de prestación máxima. Al pasar este tiempo de la prestación, si no se llega a alcanzar la edad ordinaria de jubilación de los 65 años, se debe recurrir al subsidio por desempleo para los mayores de 52 años. Esto se percibe hasta la edad en que se deba acoger a la pensión contributiva.