Publicado por Daniel Ratto - 18/02/10 a las 02:02:18 pm

Falta poco para que se inicie el Salón Miempresa 2010, más precisamente el próximo 9 y 10 de Marzo en el Palacio de Congresos de Madrid. Cuenta con la organización de Creaventure y es patrocinado por BBVA, ICO, Regus y Vodafone, su principal objetivo es el de fomentar desde el espíritu emprendedor, pasando por el desarrollo de las pymes hasta impulsar la competitividad y continuidad de las mismas.
Entre los objetivos con que cuenta el Salón Miempresa 2010, es el de estimular la internacionalización y la inversión en las empresas españolas.
Como actualmente se piensa en diversos sectores, la apertura a nuevos mercados se convierte en imprescindible para la mejora en la competitividad de las pymes españolas, que desean internacionalizarse.
No sólo desde España hacia fuera es el interés, ya que existen muchas las empresas extranjeras que se interesan por el mercado español, siendo como un puente con América latina y Portugal. Siempre es importante la internacionalización, pero en la actual coyuntura se vuelve imprescindible lograr identificar oportunidades de negocio.
Es por ello que, dentro de este Salón Miempresa, habrá diversas actividades respecto a la internacionalización, siendo de acceso gratuito, para los interesados.
Todos aquellos que asistan, tendrán la oportunidad de concertar encuentros de forma individual hispano-franceses. Con la finalidad de que las empresas francesas obtengan información sobre sus procesos de implantación y fomentar contactos entre las pymes españolas y francesas, identificación de proveedores, distribuidores, socios comerciales.
Además de una mesa redonda denominada “Emprender en España. La experiencia francesa: proceso de implantación y consolidación de negocio”, dentro de la cual, expondrán su experiencia y conocimientos, entidades como Arkopharma, La Chambre, Ubifrance, Vente Privée y Promomadrid.
Otra de las novedades, será una sesión de networking que estará dirigida a la internacionalización para directivos de pymes extranjeras, intermediarios expertos en implantación y para empresarios españoles que deseen abrir nuevos mercados y les posibilita compartir experiencias y poder hacer negocios.
Fecha de publicacion: febrero 18, 2010
Categorias: comercio exterior, competitividad, empresarios, Empresas, evento, Formación, internacionalización, Madrid, productos, recursos, seminarios
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Tags: 2010, acceso gratuito, BBVA, Congresos, Contactos, empresa, empresarios, Empresas, empresas francesas, encuentro, encuentros, entidades, España, Formación, Francia, gestion, ico, identificación, implantación, información, internacional, internacionalización, Madrid, Marzo 2010, mercado, Microsoft, Negocio, negocios, networking, nomina, ongreso, procesos de implantación, pyme, pymes, pymes españolas, pymes extranjeras, Vodafone
Publicado por Daniel Ratto - 27/09/09 a las 09:09:09 am

El Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, conjuntamente con unas 18 entidades financieras que operan en la misma región, pusieron en marcha una nueva línea de financiación, la cual presenta préstamos en condiciones preferenciales y que están destinadas a mejorar el acceso a la financiación de las pequeñas y medianas empresas del sector rural.
Las entidades que colaboran con las líneas de financiación son: CCM; Banco Santander; BBVA; Banco Popular; Banco de Sabadell Atlántico; Caja Rural de Toledo; Caja Rural de Ciudad Real; Caja Rural de Albacete y de Cuenca; Caja Campo; Caja Madrid; la Caixa; Caja Sol; Caja Murcia; y Unicaja.
Esta nueva línea que tienen a disposición las pymes agrarias de esta región surge del aval y éxito de otras dos líneas que habían lanzado anteriormente y con las mismas entidades financieras. Esta ayuda se denomina Línea Pyme Finanza,y a la fecha ya se han ejecutado unas 900 operaciones, habiéndose prestado 200 millones de euros.
Además se ha logrado una mejoría en los resultados de la línea ICO-liquidez, por la que el Gobierno regional asume la mitad del riesgo de las diversas operaciones suscritas con las entidades financieras, y en base a esta en 2 meses de funcionamientos ya se han firmado 320 préstamos, mejorando la competitividad de las pymes rurales.
Siendo Castilla-La Mancha una región rural, este tipo de empresas son la razón de la existencia de varios pueblos y es sin dudas una ayuda importante para combatir la crisis que aqueja a las pymes.
Se podrán beneficiar de esta Línea Pyme Desarrollo Rural las personas físicas o jurídicas que cumplan con los correspondientes requisitos de pyme, los que están establecidos en la actual normativa europea, y que estén desarrollando su actividad en el medio rural. Además se financiarán nuevas inversiones en activos fijos materiales y en otros gastos destinados a la expansión o consolidación de la actividad de estas empresas.
En tanto que el proyecto a financiar deberá disponer de al menos un 30 % de recursos propios y con esta líneas se financiarán hasta un máximo del 50 % sobre el total del proyecto, teniendo como límite de financiación los 20.000 euros y los préstamos de 2.000.000 de euros. Mientras que los tipos de interés de la línea de financiación será el Euribor a 3 meses, sin ningún gasto ni comisiones, únicamente las de amortización. La amortización tiene un plazo de 5, 7, ó 10 años y con 1 o 2 años de carencia.
Fecha de publicacion: septiembre 27, 2009
Categorias: Empresa Familiar, Empresas, financiacion, pymes
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Tags: caja madrid, competitividad, crisis, dinero, empresa, Empresas, ere, expansión, finanzas, gastos, gestion, Gobierno, ico, INE, IVA, La Caixa, liquidez, Madrid, nomina, prestamos, pyme, pymes, recursos, TIC, UE
Publicado por Daniel Ratto - 21/09/09 a las 05:09:19 pm

Se acerca el momento en que deben darse a conocer los tipos de cotizaciones a la Seguridad Social para 2010 y desde distintos sectores están solicitando al Gobierno la reducción de algunos puntos como medida para enfrentar la caída del empleo. Por ello, en estos días que escuchamos hablar mucho los cambios impositivos y sobre el sistema de seguridad social español, resulta oportuno repasar algunos conceptos básicos.
El sistema de seguridad social es en todos los países complejo, y difícil de entender para muchos. Pero desde el lugar que ocupemos, sea usted un trabajador, autónomo o empleador, estamos obligados a aportar a este sistema y por ello es importante informarse sobre el mismo.
Hay tres conceptos básicos de los cuales debemos partir:
- Las cuotas de cotización
- Los tipos de cotización
- Las bases de cotización
Cuotas de cotización:
Las cuotas son las cantidades a ingresar a la Seguridad Social, y dentro de la cuota se puede distinguir la cotización por diferentes conceptos:
- Contingencias comunes. Aportación destinada a la cobertura de las situaciones incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Contingencias profesionales. Cubre los riesgos derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales producidas como consecuencia del trabajo por cuenta ajena. Se dividen en: Cuotas por incapacidad temporal (IT) y Cuotas por Incapacidad permanente, Muerte y Supervivencia (ISM)
– Horas extraordinarias, estructurales o no estructurales.
- Otros conceptos: Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación profesional.
Tipos de cotización:
Es la cuantía por la que se ha de cotizar, es decir los porcentajes establecidos por el Gobierno, y que varían según la contingencia protegida, sobre una cantidad que está determinada por la remuneración del trabajador (base de cotización).
Durante el año 2009, los tipos de cotización en el Régimen General para cada contingencia protegida son los siguientes:

Bases de cotización:
La base de cotización en el Régimen General, para todas las contingencias, está integrada por la remuneración total, cualquiera que sea su forma y denominación, que mensualmente tenga derecho a percibir el trabajador, o la que realmente perciba, de ser ésta superior, en el mes al que se refiere la cotización.
Remuneración Total: es la totalidad de las percepciones económicas recibidas, en dinero o en especie, ya retribuyan el trabajo efectivo o los períodos de descanso computables como de trabajo, así como los que resulten de exceso respecto de los conceptos excluidos. A ello se añadirá la parte proporcional de las pagas extraordinarias y las demás percepciones de vencimiento superior al mensual o que no tengan carácter periódico y se satisfagan en el ejercicio.
Conceptos excluidos de la base de cotización:
- Las dietas y asignaciones para gastos de viaje, gastos de locomoción, cuando correspondan a desplazamientos del trabajador fuera de su centro habitual de trabajo para realizar el mismo en lugar distinto, así como los pluses de transporte urbano y de distancia por desplazamiento del trabajador desde su domicilio al centro de trabajo habitual, con la cuantía y alcance que reglamentariamente se establezcan.
- Las indemnizaciones por fallecimiento y las correspondientes a traslados, suspensiones y despidos.
- Las cantidades que se abonen en concepto de quebranto de moneda y las indemnizaciones por desgaste de útiles o herramientas y adquisición de prendas de trabajo.
- Los productos en especie concedidos voluntariamente por las empresas.
- Las percepciones por matrimonio.
- Las prestaciones de la Seguridad Social, así como sus mejoras y las asignaciones asistenciales concedidas por las empresas.
- Las horas extraordinarias, salvo para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Tanto las bases de cotización (mensuales o diarias) mínimas y máximas para las distintas contingencias y categorías profesionales de los trabajadores (grupos de cotización), como los tipos de cotización son establecidos anualmente.
Todos los años, los trabajadores autónomos podrán cambiar de base de cotización, eligiendo otra de las establecidas, siempre que efectúen el cambio antes del 1 de octubre de cada año, surtiendo efecto a partir del 1 de enero del año siguiente.
Imagen: google
Fecha de publicacion: septiembre 21, 2009
Categorias: Autónomos, Contratación de empleados, impuestos, Nóminas, Recursos Humanos
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Tags: Autónomos, cotizaciones, cotizaciones seguridad social, cuotas, cuotas de cotización, desempleo, despido, despidos, desplazamiento, dinero, Empleo, empresa, Empresas, Enfermedades, Enfermedades profesionales, ere, Formación, gastos, gestion, Gobierno, google, ico, impuestos, INE, IVA, nomina, paro, Prestaciones, productos, profesionales, pyme, Seguridad, Seguridad Social, social, tipos de cotización, trabajadores, trabajo, UE
Publicado por admin - 11/08/09 a las 11:08:55 am
Todas las empresas y trabajadores están obligados a cotizar a a la Seguridad Social ciertas cantidades de su salario, que además después se reflejan en la nómina. Estas aportaciones a la Seguridad Social se determinan en función de unas bases de cotización.
Las bases de cotización están regidas por una serie de porcentajes legalmente establecidos y que varían todos los años. Existen diferentes regímenes dentro de la Seguridad y cada uno cuenta con sus bases de cotización.
La tabla de bases de cotización 2009 según aparece en la página web de la Seguridad Social es la siguiente:

También se pueden consultar a través de este enlace.
En el caso de los trabajadores adscritos al Régimen General de la Seguridad Social (el más común, como su propio nombre indica), se tendrán en cuenta para determinar la base de cotización la remuneración total que reciba el trabajador excluyendo, eso sí algunos elementos que no se computarán en la base de cotización como son dietas y asignaciones para gastos de viaje, gastos de locomoción, plus de distancia y plus de transporte urbano, las indemnizaciones por fallecimiento, y las indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones, despidos y ceses; y la cantidades que se abonen en concepto de quebranto de moneda, por desgaste de útiles y herramientas de trabajo y las previstas para la adquisición de prendas de trabajo.
Los elementos que sirven como base de cotización se pueden dividir en:
Contingencias comunes, que suma la remuneración mensual una vez excluídos los conceptos no cotizables y añadido la parte correspondiente al prorrateo de la paga extraordinaria (si se diera el caso).
Contingencias profesional, cubre los riesgos en caso de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y se calcula como las contingencias comunes pero sumando las horas extraordinarias.
Base por desempleo, formación profesional y Fogasa, se calcula según las reglas de las contingencias profesionales.