Es obligación de la empresa calcular las retenciones de IRPF en la nómina de sus empleados y realizar la retención mínima en función del reglamento de IRPF. Como cada ejercicio el cambio de año hace que debamos renovar los datos de los empleados para recalcular sus retenciones, a lo que en 2012 habrá que añadir los efectos de la subida de impuestos aprobada por el Gobierno.
La subida del IRPF de 2012 aprobada conlleva una serie de cambios en las retenciones de IRPF que deberemos aplicar en los alquileres, de forma que durante los ejercicios 2012 y 2013 habrá que proceder a incluir una retención del 21% en lugar del 19% que veníamos aplicando hasta ahora.
La subida de Impuestos en 2012 y 2013 aprobada por el Gobierno mediante el l Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público y su retoque al alza en las tablas del IRPF se ha traducido en un incremento de las retenciones de IRPF que debe practicarse en todos los pagos. Esto incluye los alquileres de locaes comerciales y oficinas.
Mariano Rajoy ha mostrado la hoja de ruta del nuevo gobierno en el debate de investidura. El líder popular a avanzado las medidas que tiene en mente aprobar los próximos meses, algunas en consonancia con su programa y otras nuevas. Analizamos las que afectarán directamente a la actividad empresa de pymes y autónomos.
Ya sabemos qué podemos esperar del nuevo ejecutivo para los próximos meses y cómo piensan recuperar la actividad económica. En el debate de investidura Mariano Rajoy ha presentado con bastante claridad un paquete de medidas de fiscales y de índole laboral que afectarán de lleno, en muchos casos de forma positiva, a la actividad de pymes y trabajadores autónomos.
Ya contamos con la configuración de como será la declaración en el IRPF de aquellos trabajadores autónomos que tributan por el sistema de módulos bajo el método de estimación objetiva y el régimen especial simplificado del IVA. La Orden EHA/3257/2011 determina como quedarán configurados ambos. Os lo explicamos.
El BOE ha publicado la Orden EHA/3257/2011, de 21 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2012 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. El documento viene a regular la forma en la que se aplicará el sistema de módulos el próximo ejercicio y que, en términos generales, mantiene la estructura de 2011.
De esta forma, se mantiene para 2012 la cuantía de los módulos, los índices de rendimiento de las actividades agrícolas y ganadores y sus instrucciones de aplicación. El documento también deja intacta la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos derivada de acuerdos alcanzados en la Mesa del Trabajo Autónomos y lo mismopuede decirse de los módulos e instrucciones para la aplicación del IVA.
La nueva orden estructura la posibilidad de que ante gastos extraordinarios como incendios, inundaciones, hundimientos y otras circunstancias excepciones, así como la incapacidad temporal sin contar con más empleados, se puedan solicitar determinadas reducciones de signos, índices o módulos, en un plazo de 30 días a contar desde la fecha de la circunstancia que los originó. Seguir leyendo Método de estimación objetiva en el IRPF 2012…
Si hace poco hablábamos del renting en esta ocasión vamos a explicar en qué consisten el leasing o alquiler financiero con opción a compra, sus principales características y sus ventajas.
Habitalmente nos referimos alleasing como contrapunto del rentinga la hora de adquirir un producto para la empresa y todo porque ambos son sistemas de alquiler enfocados principalmente a empresas y autónomos. Pero como ya hicimos con el renting empezaremos por lo básico ¿Qué es el leasing? Una definición técnica sería la siguiente: un contrato mediante el cual el arrendador traspasa el derecho a usar un bien a cambio del pago de rentas de arrendamiento durante un plazo determinado, al término del cual el arrendatario tiene la opción de comprar el bien arrendado pagando un precio determinado, devolverlo ó renovar el contrato.
En la propia definición de leasing encontramos la primera diferencia con el renting: tras el periodo de arrendamiento existe la opción de comprar el bien arrendado. Y es que como se apunta al principio, una vez finaliza el contrato de arrendamiento el arrendatario, es decir, quien paga el alquiler, dispone de tres opciones:
Ejercer la opción de compra del bien por el valor residual (diferencia entre el precio de adquisición inicial que tuvo el arrendador más los gastos e intereses, y las cantidades abonadas por el arrendatario).
No ejercer la opción de compra y devolver el bien.
Prorrogar el contrato de arrendamiento, en cuyo caso suelen renegociarse unas cuotas menores.
En los contratos de leasing se establece que la titularidad en todo momento será del arrendador, pero este no tendrá ningún tipo de responsabilidad sobre el bien arrendado, lo que también difiere del renting, en el que el arrendador tiende a hacerse cargo del mantenimiento del bien. Así, por ejemplo, en el caso de un automóvil, la empresa de leasing alquilará el vehículo, pero será responsabilidad del arrendatario su mantenimiento y su devolución en perfectas condiciones tras finalizar el periodo de alquiler pactado. En este sentido, el leasing no difiere de un contrato de alquiler al uso, con la particularidad de que otorga una opción de compra al final del mismo. Seguir leyendo ¿Qué es el leasing?…
Entre las varias preocupaciones y temas a tocar del colectivo de trabajadores autónomos uno de ellos es el IRPF, y como todo tema de este calibre se pretende que estos puedan acceder a algún tipo de beneficio.
Así como sufren de falta de liquidez, morosidad, impagos la parte en lo que toca de la fiscalidad también es un lastre para el colectivo y es por ello que vendría bien que dicha Ley pueda traer algunos beneficios fiscales respecto al tramo autonómico del IRPF para el colectivo de autónomos, que será agradecido por los mismos.
En Castilla-La Mancha se da una característica que no suele darse en otras comunidades, ya que en esta practicamente el 80% del llamado tejido empresarial se trata de trabajadores autónomos y los mismos suelen establecer sus respectivos rendimientos por el Impuesto de la Renta.
Incluir Ayudas:
De verdaderamente incluir algún beneficio, sería también una novedad cuando suele darse beneficios fiscales pero en las personas jurídicas en el Impuesto de Sociedades, e injustamente se deja de lado a los autónomos-personas físicas cuando también estos deben de cumplir con el IRPF y la cosa no es pareja.
Como este aspecto no es el único a mejorar ni el único de los porblemas, otro de los planteamientos se da en cuanto a medidas que mejoren el acceso al crédito esto sin dudas los podrá ayudar a los autónomos de esta región a que puedan seguir con su negocio y hasta poder desarrollar si tienen un proyecto emprendedor, que por justamente inacceso al crédito algo de lo que también sufren las pymes, este es un problema que se extiende a varios colectivos.
Al tratarse de la Ley de Emprendedores y Promoción del Trabajo Autónomo, es dónde se debe poder incluir ayudas directas para los emprendedores ya que muchas en los papeles existen pero a la hora de ofrecerlas la realidad no es la misma.
Mediación para los Trabajadores Autónomos:
Otra de las mejoras que podría incluirse en la Ley es un Consejo del trabajo autónomo que incluso puede a llegar a tratarse de un tribunal de arbitraje, y que en tiempo y forma más rápido de lo que se da para dichos casos resuelva los diferentes problemas como los Trabajadores Económicamente Dependientes (TRADES) y empleadores una problemática que cuando se la lleva a la vía judicial se tarda demasiado en resolverlo.
Además pueden acceder a una guía de artículos relacionados con estos temas:
Nuevamente Economia ha informado la renovacion de los prestamos ICO, es decir, las lineas ICO 2011 ya son un hecho, poniendo a disposicion de familias y empresas su servicio para lograr la recuperacion economica entre todos.
La ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado expresó la renovación del acuerdo de colaboración entre Economía y diez entidades financieras, al tiempo que añadió que en 2010 el Instituto ha concedido 300.000 préstamos a autónomos y empresas por un importe de 19.000 millones de euros, y un dato relevante es que dicho valor es el 30% más que en 2009 y su volumen más alto de financiación.
Es decir, la solicitud de líneas de financiación ha aumentado al mismo tiempo que se buscan alternativas para poder salir de la crisis.
Dentro de los principales objetivos del ICO lo que se planteo fue apoyar y fomentar las inversiones sostenibles y respaldar a las empresas españolas que acometan proyectos en el exterior. El Instituto no tiene un importe predeterminado para conceder prestamos, sino que se ira ajustando en funcion a la demanda segun las necesidades generales.
Por otro lado se mantiene la rebaja del del 5% sobre el rendimiento neto de módulos del IRPF, en cumplimiento de los acuerdos alcanzados en la Mesa del Trabajo Autónomos.
En cuanto a las modificaciones del régimen especial del IVA , la orden adapta los módulos aplicables a los nuevos tipos de este impuesto que entraron en vigor en julio de este año.
Dentro de las malas noticias que suelen recibir las pymes en diferentes materias, esta vez llega una buena, es que aquellas pymes que presenten una reducida dimensión y que cuya cifra de negocio que tributen sea por debajo de los 8 millones de euros, se les permitirá mantener su actual régimen fiscal por el término de 3 años.
Esta novedad fue anunciada en medio de la presentación del proyecto de ley de los Presupuestos Generales del Estado para 2011, aprobado por el Consejo de Ministros.
Por otro lado, las operaciones societarias y las ampliaciones de capital que lleven a cabo dichas pymes que posean como característica un reducido tamaño entre 2011 y 2012 también estarán exentuadas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Como si en 2010 no hubiera habido demasiadas novedades en el área fiscal, al parecer el presupuesto 2011 arremeterá con nuevas medidas impositivas, y por supuesto todo apunta a un nuevo “impuestazo”, mediante el aumento del IRPF.
Nuestros amigos de ImpuestosRenta ya comenzaron a escribir sobre todas estas modificaciones para el año 2011.
Según GESTHA, los trabajadores aragoneses llegaron a declarar 5,5% más en la campaña de la renta 2008, mientras que las pymes lo hicieron en un 9,2%. Es así como los trabajadores aragoneses por cuenta ajena declararon más en ingresos en la Campaña de Renta 2008, más allá de a pesar de de la crisis, la situación de paro, por el lado de los pequeños empresarios aragoneses existe el pensamiento que estos han falseado sus ingresos y que declararon un 9,2% menos debido a la falta de liquidez, créditos y beneficios.
Mientras que, los asalariados y pensionistas de Aragón han reconocido en dicho período un incremento de sus rendimientos netos en 931€, llegando a los 18.546€ anuales, así lo demuestra la II edición del Informe de la Lucha Contra el Fraude Fiscal en la Agencia Tributaria, elaborado por los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) desde la última estadística del IRPF-2008, que ha sido declarada en Junio del año pasado.
Desde GESTHA, señalan que estos rendimientos que son reconocidos por los trabajadores y pensionistas aragoneses difieren de los ingresos declarados en el mismo año por parte de los profesionales liberales y pequeños empresarios, con rentas netas por 14.450€ anuales, y a la vez una caída de ingresos del 9,2%, esto es 1.469€ menos.
La explicación de GESTHA, para esta diferencia es que las declaraciones de Renta de 2008 han sido presentadas durante Junio de 2009, esto fue en medio de la recesión económica, generando que fueran muchos los trabajadores autónomos, que se volcaron a falsear sus declaraciones ocultando sus beneficios de 2008 con la finalidad de poder esquivar sus falta de liquidez además de la fuerte caída de las ventas en 2009.
Mientras que aquellos micro empresarios aragoneses que se encuentran tributando en módulos entre ellos los albañiles, electricistas, fontaneros, no han podido defraudar como si lo han hecho algunos profesionales y pequeños empresarios, que declararon solamente 62 € más de ingresos un +0,6%, debido a que figuran en los módulos no deben pagar impuestos según los beneficios que obtienen, pero si por otros tipos de factores pudiendo ser la dimensión del local, la plantilla de empleados y vehículos, e incluso hasta el consumo de electricidad.
Si se mide y compara por comunidades autónomas, entre 2008 y 2007 refleja a Aragón ubicándola como la séptima comunidad con el mayor incremento de la diferencia entre ingresos declarados por trabajadores y pensionistas y los ingresos que han sido declarados por profesionales y pequeños empresarios esto es en estimación directa, llegando a 2.400€. Por lo que las mayores diferencias se dan en Murcia (3.362€), La Rioja (2.920€), Baleares (2.864€), Comunidad Valenciana (2.844€), Andalucía (2.545€) y Cataluña (2.451€).
En cuanto a aquellas regiones donde dichas diferencias están por debajo de la media nacional corresponden a Madrid con (1.994€), Asturias (1.944€), Castilla y León (1.900€), Extremadura (1.832€), Canarias (1.823€) y Galicia (1.778€).
En cuanto a la evolución de la diferencia en 2008/2007 respecto a los microempresarios -en módulos-para el mismo periodo, las mayores diferencias se registraron en el Principado de Asturias con (1.059€), Murcia (994€), Madrid (980€), Castilla-La Mancha (935€), Baleares (896€), Cataluña (888€), Extremadura (884€) y Aragón (869€).
Mientras que en el lado contrario de estos datos, se ubicaron por debajo de la media nacional, La Rioja (590€), Comunidad Valenciana (649€), Andalucía (691€) Canarias (698€), Cantabria (786€), Galicia (798€) y Castilla y León (807€).
Un dato que sobresale y que preocupa, es el referido a que la diferencia entre los rendimientos que fueron declarados por estos dos colectivos se ha incrementado notablemente durante los últimos 15 años. Esto se da al comparar los datos correspondientes del IRPF de 2008 con los datos de 1993, en el que la diferencia entre las rentas declaradas por empresarios y trabajadores dónde se nota el notable aumento durante los últimos 15 años, llegando incluso a multiplicarse por 5, al compararse los ingresos tributados de los asalariados y pensionistas frente a los ingresos de profesionales y empresarios en estimación directa, y llega a multiplicarse por 3, de compararse con los ingresos declarados por los microempresarios que llegan a tributar en módulos.
Además esta diferencia se nota aún más al presentar la declaración en medio la crisis en Junio de 2009, cuya diferencia llega a ser de 2.324€ al compararse con profesionales y pequeños empresarios, y se ubica en 832€ frente a los ingresos de los microempresarios autónomos.
Por otro lado, los Técnicos del Ministerio de Hacienda, ensayan como explicación para este tipo de diferencias entre los ingresos declarados por trabajadores y empresarios en la existencia de un alto nivel de fraude fiscal.
Además GESTHA, estima que el fraude fiscal del sector empresarial español se deben a las grandes diferencias entre los ingresos declarados por los asalariados y los empresarios, los trabajadores declaran a la Hacienda Pública una media de 7.200€ más que los profesionales y los pequeños empresarios, y 7.600€ más al entrar en comparación con los rendimientos de los microempresarios. Los pequeños empresarios significan el 15% de la defraudación total que se da en España.
A la hora de la declaración de los ingresos a Haciendaen el sector de las pymes y los trabajadores por cuenta ajena, se dieron a conocer sus números, estos declararon un 4,8% más de ingresos respecto a la Campaña de Renta 2008, siendo un dato positivo ya que de por medio los afecta el paro, la falta de crédito y demás pesares, mientras que los pequeños empresarios declararon ingresos que llegaron a ser un 10,6% inferior.
Estos datos forma parte del informe de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) y de la II edición del informe de la lucha contra el fraude fiscal basado en la última estadística del IRPF-2008.
Además el informe refleja que, los trabajadores asalariados y los pensionistas llegaron a declarar a Hacienda de media 7.200€ anuales más respecto a los pequeños y medianos empresarios, y llega a los 7.600€ respecto a los ingresos de los microempresarios. Mientras que, los asalariados y pensionistas han declarado en 2009 de media 19.288€, un 59,5% más que las pymes y profesionales liberales que incluye entre otros a los abogados y ingenieros.
Por el lado de los microempresarios que deben declarar por módulos, y que facturan por de bajo de 450.000€ al año, se encuentran en lo que definen como zona mileurista, ya que declararon 11.567€, un 66% menos respecto a los asalariados y pensionistas.
Una conclusión por parte de los técnicos de Hacienda, ante estos datos es que al parecer es más rentable un trabajador por cuenta ajena y jubilado que un notario, médico o incluso que un microempresario dado los números.
Otro de las conclusiones es que, las declaraciones de Renta de 2008 fueron presentadas en Junio de 2009, en medio de la recesión económica, lo que según estiman es que fueron varios los autónomos que falsearon sus declaraciones además de esconder sus beneficios de 2008.
Si se debe encontrar una causa a la diferencia entre los ingresos declarados por trabajadores y empresarios se debería a los altos niveles de fraude fiscalque se da en España conforme la crisis fue avanzando durante los últimos años, ya que durante los últimos 15 años las diferencias que se han registrado entre lo declarado por dichos colectivos se llegó a multiplicar por 5 creciendo en un notable nivel durante la crisis.
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