Publicado por Imanol Glez-Paradela - 16/04/12 a las 07:04:02 pm
Ya está disponible el documento “ESTADÍSTICAS PYME, EVOLUCIÓN E INDICADORES”, que tiene por objeto facilitar el acceso a los datos que, sobre las empresas españolas, elabora el INE (Instituto Nacional de Estadística).
Este documento, que forma parte de un grupo de trabajos que se realizan en la Subdirección General de Apoyo a las Pyme, tiene como finalidad dar a conocer y difundir las cifras y los indicadores más relevantes que afectan a las pequeñas y medianas empresas. De esta forma, el documento no sólo difunde las estadísticas sino que además las dota de un valor añadido al hacer comparables los datos de los distintos ámbitos de población que se contemplan en el estudio: provincial, autonómico y nacional.
Publicado por Imanol Glez-Paradela - 22/03/12 a las 02:03:49 pm
El pasado día de marzo fue presentado en Madrid el informe “Especial Tecnologías de Movilidad”, una publicación anexa al “Informe ePyme 2011″. Este informe, presentado por Fundetec y DGIPYME (Dirección General de Industria y de la Pyme), analiza la disponibilidad y el uso de las diferentes tecnologías y servicios basados en movilidad por parte de las pyme encuadradas en los sectores de logística, hotelero, turismo rural, comercio minorista, artesanía, agroalimentario, instaladores de telecomunicaciones e ingeniería de consulta.
Según este informe, en 2011 el 48% de las pymes españolas han utilizado tecnologías de movilidad con la intención de mejorar sus procesos empresariales y su competitividad. El informe señala que son los sectores más tecnificados los que presentan un uso más importante de las aplicaciones móviles, siendo el más avanzado el sector logístico con un 95% de empleados que disponen de herramientas de movilidad. Le siguen los sectores agroalimentario, instaladores de telecomunicaciones, y la ingeniería de consulta.
Elegir el nombre de la empresa es una de las tareas más importantes desde el punto de vista de marketing pero también que más cuesta a los emprendedores. No sólo se trata de elegir la denominación de la compañía sino también del registro del nombre comercial, algo que además habrá que hacer con cada uno de los productos que lancemos al mercado.
El proceso de registro de nombres comerciales está regulado por la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y su posterior reglamento, recogido en el Real Decreto 687/2002, de 12 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Marcas. En España el registro de marcas y nombres comerciales no es obligatorio, aunque sí puede resultar recomendable para salvaguardar la marca. Este se realiza en la Oficina Española de Patentes y Marcas y l o primero que debemos tener claro antes de iniciar los trámites es la diferencia entre la marca y el nombre comercial, así como las distintas denominaciones que pueden registrarse. Seguir leyendo Registro de nombres comerciales…
Que emprender en España no es fácil tampoco es algo nuevo que deba sorprendernos. Lo que sí lo hace es que España figure a la cola de la OCDE en lo referente a crear empresas. Esto es precisamente lo que se desprende de un estudio realizado por la consultora UHY acerca de los trámites para poner en marcha una sociedad y del número de empresas creadas en los últimos cuatro años.
El estudio sitúa a España a la cola de la Unión Europea y del G8 en lo que a creación de empresas se refiere. Según los datos de la consultora, que utilizó a la OCDE como fuente de información, en España apaneas se crearon 76.622 empresas en 2010, lo que supone una considerable merma desde las 143.859 que iniciaron su andadura en 2006. El dato positivo es que según cifras provisionales en los onde primeros meses de 2011 el número de empresas creadas habría subido un 6%. Por desgracia, según Informa D&B también han crecido las disoluciones y concursos de acreedores, que han repuntado un 8,5% y un 13% respectivamente.
Publicado por Jose Trecet - 24/11/11 a las 10:11:03 am
¿Qué ventajas aportan los préstamos participativos frente a otro tipo de financiación? ¿Qué organismos y entidades suelen conceder este tipo de préstamos? ¿Cómo están estructurados y cuáles suelen ser sus condiciones? Respondemos a estas y otras preguntas para dejar bien claro qué son los préstamos participativos.
Regulados por el artículo 20 del Real Decreto-Ley 7/1996 del 7 de julio y por la Ley 10/1996 del 18 de diciembre, los préstamos participativos son una interesante opción de financiación, especialmente para las pyme. Básicamente se trata de préstamos, pero mucho más versátiles que los clásicos, ya que se amoldan mejor a las vicisitudes económicas de la empresa. Otra de sus principales características es su larga duración, generalmente entre cinco y diez años con amplios periodos de carencia, y que no exige más garantías adicionales que las que ofrece el propio proyecto empresarial.
Cuando se trata avales en Madrid hay un nombre que sobresale por encima del resto y este es el de AvalMadrid, la principal Sociedad de Garantía Recíproca de la región y todo un clásico en la financiación a pymes y trabajadores autónomos.
Hablar de AvalMadrid es hablar de financiación para pymes. Aunque existen otras sociedades de garantía recíproca que actúan en la Comunidad de Madrid, esta es la más activa, además de ser la que regenta el ejecutivo comunitario. El organismo cuenta con más de 28 de experiencia en el sector y se maneja con un doble objetivo: por un lado el de facilitar acceso a financiación en condiciones preferentes y por otro el de facilitar avales para empresas frente a la banca y las administraciones públicas.
Con esta idiosincrasia, AvalMadrid divide sus líneas de productos en tres áreas: financiación bonificada, financiación general y garantías ante terceros.
Financiación bonificada
En el ámbito de la financiación bonificada para pymes, AvalMadrid dispone de diferentes propuestas en función del sector al que se dirija y el uso que se vaya a hacer del crédito. En líneas generales, las bonificaciones permiten obtener condiciones preferentes y rebajas en el tipo de interés del préstamo. En algunas de las líneas se eliminan los gastos de estudios y el coste del aval, mientras que en otras también afectan a la comisión de apertura e incluso existen bonificaciones adicionales en tipos de interés de Euribor + 1, hasta un máximo de 3 puntos.
Publicado por Jose Trecet - 14/09/11 a las 07:09:26 am
La morosidad es una de las opciones que toda pyme debe contemplar cuando empieza a trabajar con un cliente. Aunque todas las empresas tratan de cubrirse ante los impagos, lo cierto es que estos terminan produciéndose. Se puede decir que es algo inevitable y cuando llega el momento hay que tener claro como gestionarla relación con clientes morosos.
En principio lo ideal es no tener que recurrir al enfrentamiento ni tomar medidas drásticas, pero esto no siempre es posible. Por eso las pyme también deben tener claro cuáles son sus opciones de presión ante clientes morosos. La primera medida y más sencilla es incluir al particular en el ASNEF, uno de los principales registros de morosos de España, o incluir a una empresa en el ASNEF Industrial, un regustro especialmente dirigido a empresas.
El proceso para inscribir a una empresa en ASNEF no es costoso ni demasiado complicado, aunque para poder llevarlo a cabo deben darse ciertas condiciones. Es decir, la empresa morosa tiene que cumplir algunos requisitos que están recogidos en el artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999
La existencia previa de una deuda cierta, vencida y exigible, que haya resultado impagada.
El requerimiento previo de pago a quien corresponda, en su caso, del cumplimiento de la obligación.
Que el acreedor o quien actúe por su cuenta e interés, se asegure de que concurren todos los requisitos exigidos en los apartados anteriores, en el momento de notificar los datos adversos al responsable del fichero común.
A esto hay que añadir un plazo de espera antes de poder incluir a una empresa en ASNEF u otro registro de morosos. En concreto, según la la Agencia Española de Protección de Datos (APD), sólo se podrá incluir a una compañía en estos ficheros a partir del cuarto mes de impago.
Además, el procedimiento de inclusión también debe atenerse a otra serie de formalismos en cuanto a los tiempos para comunicar la inclusión en el fichero de mosoroso y la veracidad de las pruebas documentales aportadas. En este sentido, la empresa debe ser notificada por escrito en un plazo de 30 días sobre su inclusión en ASNEF Industrial. El documento debe incluir el nombre de quien le ha metido en el registro de morosos y la cantidad por la cual lo ha incluido.
¿Cuanto cuesta?
El coste de incluir a una empresa en ASNEF industrial es muy bajo. En primer lugar hay que darse de alta en el registro y pagar una cuota de usuario de 39 euros mensuales, que además dará acceso a su base de datos y permite incluir los impagados anteriores (hasta seis años en el caso de ASNEF). Cada inscripción tiene un coste de 5,9 euros por el coste de la carta que se envía al afectado y cada consulta de 3,9 euros que se suman y si superan los 39 euros mensuales, el usuario deberá pagar la diferencia. Es decir, cada usuario cuenta con 39 euros al mes para poder investigar posibles clientes o para denunciar impagos.
La consulta de los impagados aporta tres series de datos respecto a la empresa morosa. En primer lugar informa sobre el domicilio y datos sociales, después alerta sobre el importe de los impagados, así como si la compañía está efectuando algún pago de la cantidad adeudada recientemente o de forma periódica. Esto sirve sobre todo para saber si, pese a ser una empresa morosa, tiene intención de ir liquidando sus deudas. Por otra parte, la información sobre el capital social estructura del mismo, etc, servirán para saber con qué tipo de compañía se hacen negocios y su solvencia.
Aunque evidentemente incluir a una empresa en ASNEF, RAI u otro registro de morosos no es agradable, puede ser la única solución para presionar a nuestros deudores. De hecho, uno de cada tres acelera el pago sólo con amenazarles.
El llevar adelante la creación de una sociedad limitada es una de las fórmulas que encuentran muchos empresarios emprendedores, y como cualquier otro trámite legal y/ o administrativo, conlleva un papeleo que suele resultar engorroso. Es por ello que antes que nada lo mejor es tener en claro los diferentes pasos y trámites que deben darse para ello y no perderse en medio de la burocracia del papeleo que demanda.
Elegir el Nombre Para la Sociedad Limitada:
Es imprescindible que no esté repetido tanto da se se crea una pyme u una SLU, pues de lo contrario no servirá. El primer documento que se necesita es el Certificado de Denominación Social, que acredita que no existe otra sociedad con el mismo nombre y se obtiene en el Registro Mercantil. Si quiere ahorrarse colas y esperas, la forma más cómoda es hacerlo a través de Internet en la web del Registro. En la solicitud se pueden poner hasta tres opciones diferentes de denominación social. Una vez obtenido el certificado, la denominación elegida queda reservada 15 meses para el solicitante.
Escritura Pública de Constitución:
El segundo documento importante y que marca el nacimiento de la sociedad es la escritura pública de constitución, que se otorga ante notario por todos los socios integrantes de la sociedad. Además del certificado de denominación social, la escritura debe incluir:
La identidad de todos los socios.
La voluntad de los mismos de constituir la sociedad.
La aportación que hace cada uno de ellos y las participaciones asignadas en función de la misma.
El sistema de administración que se haya elegido para la sociedad.
La identidad de la persona que se vaya a encargar, al menos en un principio, administrar y representar a la sociedad.
Los Estatutos Sociales.
El documento que fija los Estatutos Sociales será el marco que fije la naturaleza de la sociedad, su organización y envergadura económica. La elaboración correcta de este documento es imprescindible si se quieren ahorrar problemas y confusiones posteriores entre los socios. Así, se fijarán en este documento:
Pueden ampliar la imagen para visualizar mejor el gráfico
Aspectos a Tener en Cuenta:
La denominación de la sociedad:Al tratarse de una sociedad limitada, deberá terminar siempre con las siglas S.R.L. (Sociedad de Responsabilidad Limitada) o S.L. (Sociedad Limitada).
El objeto social. En este apartado es necesario especificar cuál va a ser la actividad de la empresa; los productos o servicios que va a suministrar.
La fecha en la que cerrará cada ejercicio de la futura sociedad.
El domicilio social en el que estará ubicada la sociedad dentro de España.
El capital social, es el capital con el que se crea la sociedad, con el que nace. Debe incluir las participaciones en las que se divide, el valor nominal de cada una de ellas y su numeración. En caso de que los socios realicen aportaciones dinerarias, tendrán que entregar ante notario un certificado mediante el que se acredite el depósito en una entidad de crédito a nombre de la sociedad de la cantidad aportada por cada socio. Si, por el contrario, los socios hacen aportaciones no dinerarias (inmuebles, por ejemplo), deberán entregar ante notario los títulos de propiedad de los bienes.
Sistema de administración. Explicará de qué forma se va a organizar la sociedad.
Una vez otorgada la escritura pública de constitución ante notario, la sociedad puede comenzar su actividad aunque todavía no se haya inscrito en el Registro Mercantil. Pero para ello habrá que pagar los impuestos correspondientes. Las sociedades limitadas de nueva creación deben abonar el Impuesto de Operaciones Societarias, que equivale al 1% del capital social de la empresa. Este pago es imprescindible para poder inscribirse en el Registro.
Inscripción en el Registro Mercantil Obligatoria:
En ella debe constar la Cifra de Identificación Fiscal (CIF), que será como el carné de identidad de la sociedad. Primero se obtiene un CIF provisional y una vez que se tiene ese número, se presenta la escritura pública de constitución en el Registro para solicitar la inscripción de la sociedad y dotarla así de personalidad jurídica.
Otro paso importante es el dar de alta la sociedad en Hacienda. Para ello, primero se obtiene el CIF definitivo mediante la presentación ante la Agencia Tributaria de un impreso que incluye los datos de la sociedad y la copia de la escritura de constitución.
En segundo lugar, se da de alta a la sociedad en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).También hay que hacer la declaración censal, que es el alta de la empresa a efectos del IVA.
Una vez finalizado todo este proceso, solamente quedarán algunos trámites municipales como pueden ser el permiso de obra en caso de que sea necesario, la licencia de apertura etc.
Desde hace poco más de cinco años los autónomos y emprendedores que lo deseen tienen la posibilidad de crear una sociedad limitada en 24 horas a través del sistema CIRCE del Ministerio de Industria. Para ello deberán dirigirse a los Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT) en los que se les asesorará en todo lo relacionado con la definición de su proyecto empresarial y se le permitirá iniciar los trámites de constitución y puesta en marcha del mismo por medios telemáticos.
El Sistema de Tramitación Telemática (STT) del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) es un sistema informático de tramitación de expedientes electrónicos que, a través del Documento Único Electrónico (DUE), llevará a cabo el intercambio de la documentación necesaria para la creación de empresas.
Publicado por Aldana Mingorance - 13/04/11 a las 03:04:27 pm
Marzo ha demostrado que la caida en la afiliación de autonomos ha cambiado el curso, dado que la tendencia de caida desde junio de 2010 ya era un hecho, pero este mes la realidad demostro otro resultado, por lo que se han contabilizado 7.301 altas netas en el régimen de autónomos, cifra muy pequeña que al menos invierte la destrucción de la afiliación a la Seguridad Social.
Ahora bien, de todos modos, las cifras demuestran que desde el mes de marzo de 2010 se estan perdiendo 45.000 autonomos y 14.660 en el primer trimestre del año 2011. Este crecimiento en la afiliación en autónomos, va en línea con el aumento que se ha contabilizado también en el Régimen General.
Los sectores que más afiliados pierden durante el mes de marzo son:
agricultura con 348 bajas
construcción con 268 e
industria manufacturera con 92 afiliados menos.
Los sectores que más aumentan son comercio con 2.813 altas nuevas:
hostelería con 1.593 y
actividades profesionales y científicas con 1.326 afiliados más.
A pesar de los altos niveles de desempleo que se llego en marzo, esta tendencia deberia consolidarse durante los proximos meses asi como el impacto del autoempleo en la afiliación de autonomos.
Publicado por Imanol Glez-Paradela - 11/04/11 a las 06:04:10 pm
Con el objetivo de propiciar un mayor desarrollo del sector de contenidos digitales, impulsando la creación de nuevas empresas y negocios, la capacitación de profesionales y la internacionalización de la industria, ha sido presentado el Plan de Impulso de la Industria de los Contenidos Digitales. Un sector éste que engloba actividades tan dinámicas como el vídeo, la música, la televisión, el cine, la comunicación, la publicidad, los videojuegos y los contenidos para móviles e Internet.
El objetivo fundamental del Plan de Impulso de la Industria de los Contenidos Digitales es lograr un sector más grande y más capacitado y potente que le permita competir con garantías en un escenario global.
Este Plan, que recoge un compromiso presupuestario para 2011 de más de 205 millones de euros por parte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, establece seis áreas fundamentales de actuación:
.- Impulsar la creación de nuevas empresas y negocios, impulsando el capital-riesgo para inversiones en empresas del sector así como estableciendo un programa de acompañamiento a emprendedores e inversores.
.- Promover la formación y capacitación, tanto para empleados de pymes como para profesionales de los contenidos digitales.
.- Participación en eventos como FICOD, Campus Party Milenio, Mobile World Congress, CeBIT y NAB, que posibiliten una adecuada difusión de la industria de los contenidos digitales.
.- Internacionalización de la industria de contenidos digitales a través de un programa de acompañamiento adaptado al distinto grado de madurez de las empresas beneficiarias.
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