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Publicado por Jose Trecet - 23/01/12 a las 12:01:21 pm

Incluso los autónomos más experimentados suelen tener problemas a la hora de emitir facturas, así que no es de extrañar que las preguntas de los profesionales recién llegados a este mundo se multipliquen. El problema es que la legislación no siempre es clara al respecto y, sobre todo, que no siempre es fácil encontrar la información concreta que buscamos.
Existen dos puntos calientes en la facturación y contabilidad de los autónomos: el IVA y las retenciones de IRPF.
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Publicado por admin - 05/01/12 a las 02:01:42 pm
La subida del IRPF de 2012 está llevando a nuestros lectores autónomos a preguntarse por las retenciones que deben practicar en las facturas que emiten. Y es que tras retocar el nuevo Gobierno las tablas de IRPF son dudas que conviene aclarar.
Al igual que cualquier empleado por cuenta ajena, el autónomo debe practicar una serie de retenciones de IRPF. Sin embargo, a diferencia de estos, es el propio trabajador autónomo quien debe incluir esa retención a través de las facturas que emite. Esto no quiere decir que sea libre de establecer las retenciones que considere oportunas, ya que estas vendrán dadas por ley.
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Publicado por admin - 03/01/12 a las 12:01:15 pm
Como consecuencia de las modificaciones introducidas en el Real Decreto 1363/2010 la Agencia Tributaria establece una serie de días de cortesía en las notificaciones electrónicas. Se trata de 30 días a elegir por la empresa en los que no podrá recibir notificaciones de la AEAT en la Dirección Electrónica Habilitada.
La Orden EHA/3552/2011, de 19 de diciembre, establece el marco regulatorio en el que empresas y particulares podrán gestionar los días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada o DEH. Para quienes no estén familiarizados con el término, este hace alusión a la dirección de correo electrónico que toda sociedad limitada y sociedad anónima debe dar a la Agencia Tributaria para que esta pueda enviarles las notificaciones electrónicas obligatorias. Y es que en su proceso de modernización, Hacienda ha decidido prescindir del papel y el correo ordinario como forma de comunicación con las empresas para determinados asuntos.
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Publicado por Daniel Ratto - 27/12/11 a las 09:12:51 am
El presentar la declaración anual del IVA, para la mayoría es igual en varios aspectos pero para los trabajadores autónomos muchas veces les genera dudas en lo fiscal, por eso trataremos de despejarles las dudas en cuanto a las declaraciones y deducciones que debe realizar el colectivo de autónomos anualmente ante Hacienda.
Así los autónomos también tienen obligaciones como es la de liquidar el IVA de su actividad laboral en diferentes partes del año. Por lo que los autónomos deben recurrir para realizar sus gestiones en la Agencia Tributaria durante el año. El calendario fiscal establece que cada mes del año deban cumplir:
Enero:
En el primer mes del año, les toca declarar el IVA de sus operaciones del anterior año, los entendidos del tema lo definen como “autoliquidación anual” existiendo el (modelo 390) para ello, teniendo de plazo el 31 de Enero.
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Publicado por Daniel Ratto - 23/12/11 a las 05:12:01 am
Entre los anuncios del nuevo Gobierno español las pymes también tuvieron su lugar, y en el caso de la Ley Impuesto de Sociedades el sector de la pyme tendrá novedades con las rebajas fiscales dirigidas a el tejido empresarial de la pequeña y mediana empresa. Se estima que en conjunto las pymes podrán ahorrarse anualmente 10.000€ por Sociedades. Así se establece que pase de los 300.000€ a 500.000€ en lo que se refiere al tramo del impuesto sobre sociedades, este tributa al tipo reducido del 25%. Así solamente se beneficiarán las pymes, con el ahorro fiscal del 10.000€ anuales para cada pyme estas son alguna de las medidas fiscales anunciadas por el nuevo Gobierno.
Punto aparte se les hará lugar a las empresas que posean 12 millones de euros para considerarlas como una pyme más, ya que anteriormente eran las de hasta 10 millones de euros para ser consideradas como tales.
Uno de los sectores más afectados por las medidas fiscales anunciadas es el de las pymes con los cambios anunciados beneficiadas aquellas que tributan al 25% mientras que las demás al 30% en lo que respecta el impuesto sobre sociedades.
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Publicado por admin - 20/12/11 a las 02:12:23 pm

Conocer los impuestos vamos a pagar y las deducciones que podemos practicar en el Impuesto de Sociedades son elementos esenciales para cualquier empresa. Conscientes de ello, muchos empresarios optan por delegar estos temas e una asesoría fiscal para que se encargue de las cuestiones y trámites fiscales. Se trata de una buena solución que tampoco nos eximirá de tener que tener que que conocer como funcionan los aspectos fiscales de la empresa.
Al igual que trabajadores autónomos y empleados por cuenta ajena, así como cualquier persona física debe tributar en el IRPF, las empresas rinden cuentas con Hacienda a través del Impuesto sobre Sociedades. A diferencia de la declaración de la renta, este tributo no es progresivo, aunque sí existen diferentes tipos en el Impuesto de Sociedades en función de los ingresos y el tipo de sociedad del que se trate. Así, las pyme tributarán a un tipo más bajo que el resto de las empresas de mayor tamaño para permitirles crecer mediante la reinversión de los beneficios en la propia empresa.
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Publicado por admin - 14/12/11 a las 05:12:19 pm

Que emprender en España no es fácil tampoco es algo nuevo que deba sorprendernos. Lo que sí lo hace es que España figure a la cola de la OCDE en lo referente a crear empresas. Esto es precisamente lo que se desprende de un estudio realizado por la consultora UHY acerca de los trámites para poner en marcha una sociedad y del número de empresas creadas en los últimos cuatro años.
El estudio sitúa a España a la cola de la Unión Europea y del G8 en lo que a creación de empresas se refiere. Según los datos de la consultora, que utilizó a la OCDE como fuente de información, en España apaneas se crearon 76.622 empresas en 2010, lo que supone una considerable merma desde las 143.859 que iniciaron su andadura en 2006. El dato positivo es que según cifras provisionales en los onde primeros meses de 2011 el número de empresas creadas habría subido un 6%. Por desgracia, según Informa D&B también han crecido las disoluciones y concursos de acreedores, que han repuntado un 8,5% y un 13% respectivamente.
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Fecha de publicacion: December 14, 2011
Categorias: crear empresas
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Publicado por admin - 29/11/11 a las 03:11:59 pm

Ya contamos con la configuración de como será la declaración en el IRPF de aquellos trabajadores autónomos que tributan por el sistema de módulos bajo el método de estimación objetiva y el régimen especial simplificado del IVA. La Orden EHA/3257/2011 determina como quedarán configurados ambos. Os lo explicamos.
El BOE ha publicado la Orden EHA/3257/2011, de 21 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2012 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. El documento viene a regular la forma en la que se aplicará el sistema de módulos el próximo ejercicio y que, en términos generales, mantiene la estructura de 2011.
De esta forma, se mantiene para 2012 la cuantía de los módulos, los índices de rendimiento de las actividades agrícolas y ganadores y sus instrucciones de aplicación. El documento también deja intacta la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos derivada de acuerdos alcanzados en la Mesa del Trabajo Autónomos y lo mismopuede decirse de los módulos e instrucciones para la aplicación del IVA.
La nueva orden estructura la posibilidad de que ante gastos extraordinarios como incendios, inundaciones, hundimientos y otras circunstancias excepciones, así como la incapacidad temporal sin contar con más empleados, se puedan solicitar determinadas reducciones de signos, índices o módulos, en un plazo de 30 días a contar desde la fecha de la circunstancia que los originó.
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Publicado por admin - 28/11/11 a las 01:11:44 pm

Una de las primeras cosas que debe aprender un trabajador por cuenta ajena al hacerse autónomo es cuáles son los gastos deducibles en la declaración trimestral de IVA y en IRPF. De ellos dependerá la cuantía de su factura fiscal y, lo que es más importante, evitar posteriores problemas con Hacienda en caso de una inspección fiscal.
¿Cuáles son los gastos deducibles del autónomo? Esta es una de las primeras preguntas que se hacen quienes acaban de aterrizar en el mundo del trabajo por cuenta propia y deben afrontar, por ejemplo, la primera declaración trimestral de IVA o la primera declaración de IRPF tras haberse dado de alta en el RETA.
Como norma general, los gastos deducibles del autónomo deben limitarse a los necesarios para el desarrollo de la actividad económica. El problema de esta definición es que resulta demasiado extensa y puede ser objeto de interpretación como por ejemplo ocurre con el tratamiento fiscal del vehículo del autónomo. ¿Puedo incluirlo si también es el coche de la familia? ¿Existen límites al gasto? En este caso concreto la norma dicta que el vehículo debe estar 100% afecto a la actividad económica para poder deducir el IVA.
En cualquier caso, parece claro que conviene acotar algo más los gastos deducibles del autónomo, que siempre deberán estar convenientemente justificados (la factura es el mejor comprobante) y registrados en el libro de gastos. Para quienes tributen en el sistema de estimación directa estas serían las principales partidas de gastos:
Fecha de publicacion: November 28, 2011
Categorias: contabilidad, impuestos
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Tags: contabilidad, finanzas, fiscalidad, gastos deducibles, IAE, ibi, impuestos, irf, IVA
Publicado por admin - 28/11/11 a las 11:11:48 am

Tanto para emprender como para hacer que la compañía crezca existen dos vías: trabajo interno o adquisiciones. Comprar una empresa puede ser la solución ideal para iniciarse en el mundo empresarial, afianzar la empresa o acceder a nuevos mercados. Desde aquí os ofrecemos las ventajas e inconvenientes de comprar una sociedad y las cuestiones que deberemos tener en cuenta.
Cuando pensamos en emprender o en hacer crecer la empresa la posibilidad de comprar una sociedad no suele ser de las primeras que nos vienen a la mente. Sin embargo, esta es una alternativa a tener en cuenta en ambos casos, ya que puede suponer algunas ventajas adicionales sobre la fórmula tradicional para abrir una sociedad.
En el caso de los nuevos emprendedores, comprar una sociedad en marcha es la forma más sencilla de acceder al mundo empresarial. Eso sí, habrá que tener especial cuidado en el tipo de sociedad a adquirir y estudiar a fondo sus balances para cerciorarnos de que no arrastra pérdidas. Un buen consejo que nos ofrece Enrique Quemada es el de no llevar a cabo el pago de una sola vez y tratar de diferirlo en el tiempo lo máximo posible. Se puede, por ejemplo, plantear la compra de un 10% anual de la empresa, algo que suele funcionar cuando los empresarios cerca de su jubilación deciden vender la empresa a los empleados, aunque son conscientes de que no podrán cobrar todo el dinero de una sola vez.
Otra alternativa diferente es hacerse con una empresa inactiva, algo que básicamente servirá para ahorrarnos algunos trámites y para proteger nuestra identidad. Y es que la identidad de los compradores de una sociedad no es necesario inscribirla en el Registro Mercantil, por lo que sólo aparecería la identidad de los socios fundadores. Desde Inverbanc apuntan a las siguiente dos razones para comprar empresas inactivas:
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Fecha de publicacion: November 28, 2011
Categorias: administracion
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Tags: actividad, ADE, adquisición, ahorrar costes, ahorro, ATA, auditor, Bolsa, caja, capacidad, Capital, CE, CIDE, clientes, cobrar, Competencia, compras, constitucion, contratar, corporacion, corporaciones, coste, costes, costos, crecer, crecimiento, deuda, deudas, diferencia, dinero, Directivos, empleados, emprendedor, Emprendedores, emprender, empresa, empresaria, empresarial, empresario, empresarios, Empresas, EPA, equipos, erc, ere, ERP, ervicio, ese, euros, expandirse, Externalización, factura, FER, Formación, gasto, gastos, grandes empresas, ICE, ICEX, ico, IDEA, impuesto, impuestos, INE, INFO, informa, información, ingresos, integración, internacional, internacionalización, internet, Inversión, IP, IT, IVA, Jubilación, laudo arbitral, limitada, línea ICO, maquinaria, mercado, MIT, mundo, nacional, Negocio, negocios, nuevos mercados, nuevos negocios, ONG, Ono, oportunidades, pagos, patrimonio, pc, Plan, precios, producto, productos, pyme, pymes, rabajador, REC, registro mercantil, renta, RETA, RSE, sector, sectores, servicio, servicios, social, sociedad, sociedad limitada, socios, solución, TIC, tir, trabajador, trabajo, trámites, ubilación, UE, Valor, venta, ventajas, ventas, ymes